BOC - 1991/027. Viernes 1 de Marzo de 1991 - 276

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276 - RESOLUCION de 7 de febrero de 1991, de la Dirección General de Ordenación e Infraestructura Turística, sobre notificación de Pliegos de Cargos a titulares de empresas y actividades turísticas de ignorado domicilio.

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No teniendo constancia esta Dirección General del domicilio de los titulares de los establecimientos y actividades turísticas que se relacionan, y siendo preciso notificarles el oportuno Pliego de Cargos, como consecuencia de las denuncias o Actas de Inspección formuladas contra ellos, a los efectos de que aleguen lo que a su derecho convenga, y conforme al artº. 80.3 de la Ley de Procedimiento Administrativo,

R E S U E L V O:

1.- Notificar a los titulares de los establecimientos y actividades turísticas que se citan, los cargos que se especifican en el expediente que les ha sido instruido en esta Dirección General, por infracción a la legislación en materia turística.

Los interesados disponen de un plazo de ocho días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución, para manifestar por escrito lo que a su derecho o interés convenga, aportando o proponiendo las pruebas de que, en su caso, intenten valerse.

2.- Remitir al Ayuntamiento de la población que se cita, la presente Resolución para su publicación en el tablón de edictos correspondiente.

1) Nº EXPTE.: 421/89; TITULAR: Servapart, S.L.; ESTABLECIMIENTO: apartamentos Ciaboga; POBLACION: San Bartolomé de Tirajana; HECHO INFRACTOR: la no prestación de un servicio según lo convenido entre las partes derivándose perjuicios para el usuario. Continuar la explotación turística del referido establecimiento sin haber comunicado el cambio de titularidad a su favor, a este organismo, en el plazo establecido al efecto; FECHA INFRACCION: 10 de noviembre de 1989 y 24 de octubre de 1989; PRECEPTOS INFRINGIDOS: artículos 13.b) y 14 del Decreto 23/1989, de 15 de febrero, sobre Ordenación de Apartamentos Turísticos. Artº. 2 de la Orden de 23.9.88, por la que se regula el procedimiento para los cambios de titularidad de los establecimientos turísticos; CALIFICACION: grave, en base al artº. 9º.b) en relación con el artº. 8º.Ll) y 8.c) de la Ley 3/1986, de 8 de abril.

Las Palmas de Gran Canaria, a 7 de febrero de 1991.- El Director General de Ordenación e Infraestructura Turística, Pedro J. García Artiles.



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