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BOC Nº 022. Miércoles 20 de Febrero de 1991 - 186

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - C.la Presidencia

186 - ORDEN de 11 de febrero de 1991, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo Superior de Administradores, Escala de Administradores Generales, de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias.

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En cumplimiento de lo dispuesto por Decreto 63/1990, de 5 de abril (B.O.C. nº 44, de 11.4.90), por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración de esta Comunidad Autónoma para 1990, complementada por Decreto 272/1990, de 27 de diciembre (B.O.C. nº 162, de 31.12.90) de Oferta Adicional de Empleo Público, resulta procedente convocar las plazas comprometidas en la misma correspondientes al Cuerpo Superior de Administradores, Escala de Administradores Generales, realizándose la selección por sistema selectivo de oposición para el turno de acceso libre, en razón al haberse introducido como novedad en esta Administración Pública el integrar dentro del sistema selectivo los cursos de formación o periodos de prácticas que permitirán a los aspirantes seleccionados obtener la necesaria experiencia formando parte del total procedimiento selectivo, mientras que para el de promoción interna previsto en el artº. 2º del mismo Decreto se estima procedente el empleo del sistema selectivo de concurso-oposición, en el que puedan tomarse en consideración otros factores previstos legalmente.

Finalmente, en aplicación de la Disposición Adicional Décima de la Ley 16/1990, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 1991, resulta asimismo procedente reservar, dentro del turno libre, un número de plazas adecuadas, que permita gradualmente hacer efectivo el derecho que pueda asistir al personal a que se refiere la Disposición Adicional Séptima de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, en cuanto establece que el personal laboral fijo al servicio de la Comunidad Autónoma de Canarias, que esté desempeñando funciones de carácter administrativo, podrá aspirar a integrarse en Cuerpos o Escalas de funcionarios según su grado de titulación y la naturaleza de tareas atendidas, mediante la superación de las pruebas y los cursos de adaptación que se convoquen y organicen por un máximo de tres veces.

Vistos los artículos 71 y siguiente de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, el Real Decreto 2.223/1984, de 19 de diciembre, y el Real Decreto 28/1990, de 15 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles del Estado, que resulta de aplicación supletoria; y emitido el correspondiente informe favorable de la Consejería de Hacienda a que se refiere el artº. 19.16 de la Ley 16/1990, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias, esta Consejería de la Presidencia, en uso de las facultades que le atribuye el artº. 6.2.i) de la Ley Territorial 2/1987, de 30 de marzo, resuelve convocar pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo Superior de Administradores, Escala de Administradores Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias, con sujeción a las siguientes

BASES

Primera.- Objeto. a) Se convocan pruebas selectivas para cubrir dieciocho (18) plazas del Cuerpo Superior de Administradores, Escala de Administradores Generales, por los turnos de promoción interna al que corresponden nueve (9) plazas y por turno de acceso libre, al que corresponden las restantes nueve (9) plazas, de entre las cuales una (1) plaza se reserva para aspirantes con minusvalía en los términos de la Ley 13/1982, de 7 de abril, y dos (2) plazas se reservarán para los aspirantes a que hace referencia la Disposición Adicional Séptima de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria. La selección habrá de efectuarse por el sistema de concurso-oposición para el turno de promoción interna y por el sistema de oposición y periodo de prácticas, para el turno de acceso libre en el que se integran la reserva para minusvalías y los aspirantes a los que hace referencia la Disposición Adicional Séptima de la Ley 2/1987, de 30 de marzo.

b) Si el número de aspirantes que superen las pruebas selectivas fuese inferior al de plazas convocadas en alguno de los turnos, el número resultante de vacantes acrecerá al otro turno, salvo las dos plazas que se reservan a los aspirantes a que hace referencia la Disposición Adicional Séptima, respetándose en todo caso el límite máximo del 50% del total de plazas convocadas.

c) Los aspirantes seleccionados por el turno de promoción interna tendrán preferencia sobre los del turno libre para elegir los puestos de trabajo que deban ser cubiertos mediante la presente convocatoria, de acuerdo con lo establecido en el artº. 29.4 de la Ley de la Función Pública Canaria.

d) Los aspirantes sólo podrán participar en un único turno o reserva.

e) Las pruebas selectivas se regirán por la Ley Territorial 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, Real Decreto 2.223/1984, de 19 de diciembre, Real Decreto 28/1990, de 15 de enero, y por las presentes bases.

Segunda.- Requisitos de los candidatos. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

A) De carácter general:

a) Ser español.

b) Tener cumplidos dieciocho años.

c) Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente.

d) No padecer enfermedad o estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.

B) Para la promoción interna. Los aspirantes que concurran por el turno de promoción interna deberán reunir, además, los siguientes requisitos:

a) Pertenecer como funcionario de carrera a cualquier Cuerpo o Escala, del Grupo B, de la Administración de esta Comunidad Autónoma, o venir prestando en ésta servicios con carácter no temporal y pertenecer a Cuerpos o Escalas de otras Administraciones Públicas, clasificados en el Grupo B, y ser tales servicios los propios de dichos Cuerpos o Escalas.

b) Tener una antigüedad de al menos dos años en alguno de dichos Cuerpos o Escalas. Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, en alguno de los Cuerpos o Escalas mencionados, serán computables a los efectos de antigüedad en la presente convocatoria.

C) Para los aspirantes a que se refiere la Disposición Adicional Séptima de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, serán requisitos exigibles, además, los siguientes:

1) Ostentar la condición de personal laboral fijo al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, con anterioridad al 4 de abril de 1987.

2) Encontrarse desempeñando funciones de carácter administrativo en la misma fecha.

3) Hallarse encuadrado en el Grupo-Categoría I del Convenio Colectivo Unico de personal laboral y poseer la titulación exigida para el ingreso en el Grupo A.

D) Para poder acogerse a la reserva para minusválidos a que se refiere la base anterior, los aspirantes a dicha reserva deberán tener reconocidas, por el órgano competente del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social o de la Consejería de Sanidad, Trabajo y Servicios Sociales, la condición de persona con incapacidad igual o superior al 33% y la compatibilidad con las funciones propias del Cuerpo Superior de Administradores, Escala de Administradores Generales.

E) Los requisitos enunciados en el apartado A) anterior deberán cumplirse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, debiendo conservarse hasta el momento de toma de posesión como funcionario de carrera, debiendo cumplirse los demás requisitos el día de la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de la presente convocatoria.

Tercera.- Solicitudes. a) Quienes deseen tomar parte en las pruebas convocadas deberán dirigir solicitud a esta Consejería en instancia según modelo que se inserta como anexo III, que será facilitada gratuitamente en las Oficinas de la Dirección General de la Función Pública, instaladas en el Edificio Hamilton, calle La Marina, 7, 1º, Santa Cruz de Tenerife, y en las Oficinas Centrales de Información y Registro dependientes de esta Consejería y sitas en los Edificios Administrativos de Usos Múltiples, Plaza de los Derechos Humanos, s/n, Las Palmas de Gran Canaria, y Avenida de Anaga, 35, Santa Cruz de Tenerife. Los aspirantes afectados por minusvalías indicarán en la instancia la incapacidad de que están afectados y posibles adaptaciones de tiempo y medios.

b) A las instancias solicitando tomar parte en las pruebas se acompañará, inexcusablemente, el recibo acreditativo del pago de los derechos de examen, cuyo importe se encuentra señalado en el apartado e) siguiente, que se efectuará mediante impreso que se facilitará en las oficinas antes mencionadas.

Además, deberá presentarse:

1.- Los aspirantes que se acojan a la reserva de minusválidos deberán acompañar certificado acreditativo de la minusvalía y de la compatibilidad a que se refiere el apartado D) de la base anterior e indicar en la instancia la incapacidad de que están afectados, así como las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

2.- Los aspirantes por el turno de promoción interna, copia fehaciente del título administrativo, o certificado del nombramiento de funcionario de alguno de los Cuerpos o Escalas mencionadas en la base segunda, B), a) anterior, y, en su caso, certificación acreditativa de venir prestando servicios como funcionarios de dichos Cuerpos o Escalas en la Administración de esta Comunidad Autónoma, así como el acto administrativo de reconocimiento de servicios previos.

3.- Los aspirantes a que hace referencia la Disposición Adicional Séptima de la Ley de la Función Pública Canaria, deberán aportar la documentación acreditativa de los requisitos a que se hace referencia en la base segunda, apartado C).

c) El plazo de presentación de instancias solicitando tomar parte en las pruebas selectivas, será de veinte (20) días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

d) Las instancias, acompañadas de los documentos antes referidos, podrán presentarse en la Dirección General de la Función Pública, en las Oficinas Centrales de Información y Registro dependientes de esta Consejería, sitas en los Edificios Administrativos de Usos Múltiples antes indicados, así como en la forma prevista en el artº. 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo y en el Decreto Territorial 100/1985, de 19 de abril.

c) Los derechos de examen se fijan en dos mil (2.000) pesetas y su ingreso podrá efectuarse en cualquier Banco o Caja de Ahorros que tenga la calificación de entidad colaboradora, a nombre de Consejería de la Presidencia, Dirección General de la Función Pública, “derechos de examen”. También podrán satisfacerse los derechos de examen mediante giro a favor de dicha Dirección General, acompañando resguardo a la instancia.

En todo caso, el pago de la tasa ha de preceder a la solicitud para tomar parte en las pruebas.

Cuarta.- Admisión. Expirado el plazo de presentación de instancias, la Dirección General de la Función Pública dictará Resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha Resolución, que deberá publicarse en el Boletín Oficial de Canarias, se indicarán los lugares en que se encuentran expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación del plazo de subsanación que, en los términos del artº. 71 de la Ley de Procedimiento Administrativo, se concede a los aspirantes excluidos y determinando lugar, fecha y hora del comienzo del primer ejercicio de la oposición. Dichas listas certificadas se pondrán de manifiesto, en todo caso, en la Dirección General de la Función Pública y en las Oficinas Centrales de Información y Registro de los Edificios de Usos Múltiples antes citados durante el plazo de diez días hábiles siguientes a la publicación de dicha Resolución, y transcurrido el mismo, se incorporarán al expediente con diligencia de haber sido expuestas al público durante el indicado plazo.

La publicación en el Boletín Oficial de Canarias de la citada Resolución, contra la que podrá interponerse recurso de reposición, cuando en caso de exclusión, ésta no esté motivada por defectos subsanables, será determinante de los plazos a efectos de recurso.

Quinta.- Tribunal Calificador. Se constituirá de la siguiente forma:

Presidente: titular y suplente: el Iltmo. Sr. Director General de la Función Pública y el Iltmo. Sr. Director General de Justicia e Interior.

Vocales 1º y 2º: titulares y suplentes: funcionarios de carrera adscritos a los Cuerpos Superior de Administradores o de Letrados.

Vocal 3º: titular y suplente: un funcionario de carrera adscrito a los Cuerpos docentes de Universidades, pertenecientes a departamentos jurídicos o económicos.

Secretario: titular y suplente: un funcionario de carrera adscrito a los Cuerpos Superior de Administradores de la Administración.

La designación de los miembros del Tribunal se efectuará por Orden de esta Consejería y se publicará en el Boletín Oficial de Canarias.

En todo caso, al menos tres de los miembros del Tribunal deberán poseer una titulación correspondiente a la misma área de conocimiento que la exigida para el ingreso y, además, la totalidad del Tribunal deberá poseer titulación de igual o superior nivel académico.

En ningún caso el Tribunal podrá estar formado por más de dos funcionarios pertenecientes al mismo Cuerpo o Escala que se selecciona.

La Dirección General de la Función Pública podrá nombrar funcionarios públicos para colaborar en el desarrollo del proceso de selección. Dicho personal limitará su actuación, bajo las instrucciones del Presidente del Tribunal, al desarrollo de tareas de llamamiento de aspirantes, entrega y recogida de documentos y otras análogas.

La relación del personal colaborador se expondrá, por lista certificada, por el Secretario del Tribunal, en el lugar de celebración del ejercicio antes de dicha celebración.

El Tribunal podrá constituirse y actuar válidamente cuando se encuentren presentes al menos tres de sus miembros. Sus acuerdos se adoptarán por mayoría, siendo dirimente, en caso de empate, el voto del Presidente.

Los miembros del Tribunal tendrán derecho a percibir las indemnizaciones o dietas que les correspondan en relación al servicio y a los derechos de asistencia que se atribuyen a los Tribunales de la categoría Primera (Decreto 124/1990, de 29 de junio, sobre indemnizaciones por razón del Servicio, B.O.C. nº 88, de 16.7.90). Asimismo, los colaboradores podrán percibir indemnizaciones o dietas si hubiere lugar a ello. El número máximo de asistencias a devengar por los miembros del Tribunal será de veinticinco.

A estos efectos, el Secretario del Tribunal expedirá certificaciones acreditativas de cada una de las sesiones del Tribunal y de las personas asistentes a las mismas.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurran las circunstancias previstas en el artº. 20 de la Ley de Procedimiento Administrativo, notificándolo a la autoridad convocante. Asimismo, los aspirantes podrán recusarlos.

Los Servicios Jurídicos de la Comunidad Autónoma estarán representados ante el Tribunal de conformidad con lo establecido en el Decreto 145/1990, de 31 de julio.

Tendrán representación ante el Tribunal las centrales sindicales de mayor implantación y representatividad en esta Comunidad Autónoma. Los representantes sindicales, cuyo número no será en ningún caso superior a tres, podrán recabar información del Tribunal y hacer constar, en su caso, cualquier cuestión que afecte al procedimiento de selección.

Sexta.- Sistema selectivo. La selección se realizará por el sistema de concurso-oposición para el turno de promoción interna y por el sistema de oposición y periodo de prácticas para el turno de acceso libre. Para los aspirantes a los que hace referencia la Disposición Adicional Séptima de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, el sistema de selección será de oposición y curso de formación.

El concurso-oposición constará de dos partes: oposición y concurso; solamente quienes superen la primera podrán pasar a la segunda, y la suma de la puntuación obtenida en ambas fases será la que determine el orden final de los aspirantes, quedando seleccionados de entre los mismos, y por dicho orden, un número de aspirantes igual al de plazas convocadas, como máximo.

Los aspirantes admitidos al turno de promoción interna quedarán eximidos de la realización del primer ejercicio de la fase de oposición.

Séptima.- La oposición constará de tres ejercicios obligatorios y eliminatorios para los aspirantes del turno libre; y de dos ejercicios también de carácter obligatorio y eliminatorio para los aspirantes a que se refiere la base segunda, apartado C) de la presente convocatoria, así como los aspirantes del turno de promoción interna.

Primer ejercicio: consistirá en contestar por escrito, en el plazo máximo que el Tribunal señale, un cuestionario tipo “test” de 50 preguntas con respuestas alternativas sobre las materias de Derecho Constitucional y Organización del Estado Español, Derecho de Canarias y Derecho de las Comunidades Europeas, que figuran en el temario que se señala como anexo I en la presente convocatoria.

Para los aspirantes a que se refiere la base segunda, apartado C) de la presente convocatoria, consistirá en contestar por escrito, en el plazo máximo que el Tribunal señale, un cuestionario tipo “test” de respuestas alternativas sobre las materias de Derecho Constitucional y Derecho Administrativo, que figuran en el temario que se señala como anexo II en la presente convocatoria.

Segundo ejercicio: de carácter obligatorio para los aspirantes del turno de promoción interna, así como los que accedan por el turno libre, excepto para aquellos aspirantes a que hace referencia la Disposición Adicional Séptima, que consistirá en exponer oralmente, en un periodo máximo de cuarenta minutos, tres temas extraídos al azar de entre los comprendidos en el programa del anexo I, de entre las siguientes materias: Derecho Administrativo, Hacienda Pública, Derecho Laboral.

La realización de las pruebas será pública.

Se valorarán los conocimientos sobre los temas expuestos. Si el Tribunal apreciara deficiencia notoria en la actuación del aspirante podrá invitar a éste a que desista de continuar el ejercicio.

Tercer ejercicio: de carácter obligatorio para todos los aspirantes, consistirá en resolver por escrito en el plazo máximo de cuatro horas dos supuestos prácticos, elegidos por el aspirante de entre tres que habrá de proponer el Tribunal inmediatamente antes del comienzo del ejercicio y relativos, asimismo, a materias comprendidas en el temario.

Durante el desarrollo de esta prueba, los aspirantes podrán en todo momento hacer uso de los textos legales y repertorios legislativos que no tengan comentarios, anotaciones o exposiciones doctrinales o jurisprudenciales. El Tribunal eliminará de la prueba a los aspirantes que contravengan tal disposición.

La puntuación máxima que se podrá conceder será de tres (3) puntos para el primer ejercicio, de cuatro (4) puntos para el segundo y de tres (3) puntos para el tercero, debiendo obtenerse como mínimo para superar el ejercicio cinco (5) puntos en total. Serán eliminados de la oposición los aspirantes que obtengan cero puntos en cualquier parte del ejercicio.

Octava.- Curso de formación. El Instituto Canario de Administración Pública (I.C.A.P.), impartirá un curso a los aspirantes a que hace referencia la base segunda, en el apartado C) de la presente convocatoria, que versará sobre las siguientes materias:

1.- El Derecho Administrativo. El acto administrativo. El procedimiento. La contratación y la jurisdicción contencioso-administrativo (4 temas).

2.- La Función Pública Autonómica (4 temas).

3.- El Derecho de Canarias (8 temas).

Cada una de las materias impartidas tendrá una duración de cinco días. El profesorado del curso será designado por el Instituto Canario de Administración Pública (I.C.A.P.).

Novena.- Fase de concurso. Turno de promoción interna. A los aspirantes admitidos al turno de promoción interna que superen la fase de oposición les serán valorados los méritos que se indican a continuación, con el límite total de cuatro (4) puntos, conforme al siguiente baremo:

1.- Antigüedad. La antigüedad del funcionario en los Cuerpos, que se mencionan en el apartado B) de la base segunda de esta convocatoria, se valorará hasta un máximo de 1,9 puntos, asignándose 0,05 puntos por mes completo de servicios efectivos (0,6 puntos/año), computándose desde el nombramiento, o fecha a que se retrotraiga el reconocimiento de servicios previos en aquellos Cuerpos en que se hubiere efectuado, de acuerdo con lo previsto en la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, hasta la fecha de publicación de la presente convocatoria.

2.- Puesto de trabajo. Según el nivel del puesto de trabajo que se ocupe, mediante nombramiento que no tenga carácter temporal, el día de publicación en el Boletín Oficial de Canarias de la presente convocatoria, se otorgará la siguiente puntuación:

- Hasta el nivel 16, 1 punto; además por cada unidad de nivel que exceda del nivel 16, 0,1 puntos, hasta un máximo total de 1,9 puntos por este concepto.

- Si el aspirante estuviere en la fecha de publicación desempeñando un puesto de trabajo con carácter temporal y no tuviera reservado un puesto obtenido mediante nombramiento indefinido, se computará el nivel del último desempeñado con este carácter y, en su defecto, el nivel 16.

3.- Cursos. Por haber participado con aprovechamiento en cursos de formación, perfeccionamiento o especialización profesional, dirigidos a funcionarios de Cuerpos o Escalas del Grupo B, sobre Administración Pública o Informática, organizados por el Instituto Canario de Administración Pública, Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, Instituto Nacional de Administración Pública, Instituto de Estudios de Administración Local o cualquier otro centro de formación o perfeccionamiento de funcionarios, se concederá 0,05 puntos cuando tuvieran una valoración igual o superior a 20 horas lectivas, y 0,025 puntos en otro caso, con un máximo total de 0,2 puntos.

Décima.- Comienzo y desarrollo de las pruebas selectivas.

a) Darán comienzo por el primer ejercicio de la oposición en el lugar, fecha y hora señalados en la Resolución prevista en la base cuarta, debiendo transcurrir un plazo no inferior a quince días naturales desde la publicación de la misma hasta la fecha de comienzo del primer ejercicio, que en todo caso no podrá celebrarse antes de transcurridos dos meses desde la publicación de la presente convocatoria.

b) En su caso, y conforme a la Orden de 6 de junio de 1990, el orden de actuación de los aspirantes en los diversos ejercicios se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra “H” y en su defecto, por las letras siguientes.

c) Los aspirantes serán convocados para cada parte del ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y apreciados por el Tribunal.

El llamamiento para el segundo y tercer ejercicio se efectuará por el Tribunal mediante resolución de su Presidente, que se expondrá al público en los locales donde se haya celebrado el anterior, así como en la Dirección General de la Función Pública y Oficinas Centrales de Información y Registro, con una antelación mínima de 24 horas a la fecha señalada para la práctica del mismo.

d) Los aspirantes deberán concurrir a las diversas partes del ejercicio provistos de su Documento Nacional de Identidad. En cualquier momento los miembros del Tribunal podrán requerir a los aspirantes su exhibición con el fin de acreditar su personalidad.

e) En la práctica de los ejercicios de la oposición, cuando lo permitan las características de los mismos, se adoptarán las medidas necesarias para garantizar que en la corrección y calificación de los mismos, la identidad de los aspirantes sea desconocida por el Tribunal.

f ) La calificación de cada ejercicio se obtendrá dividiendo la suma de los puntos otorgados por cada miembro del Tribunal, por el número de miembros asistentes.

g) El Tribunal velará por el correcto desarrollo del procedimiento selectivo y resolverá mediante decisión motivada las incidencias que pudieran surgir en relación con la interpretación y ejecución de las presentes bases.

h) El Tribunal Calificador adoptará las medidas precisas, en aquellos casos que resulte necesario, de forma que los aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los demás participantes. En este sentido, se establecerán para las personas con minusvalías que lo soliciten, en la forma prevista en la base tercera, las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización.

Undécima.- Las listas de aspirantes presentados a cada ejercicio de la oposición, con la debida separación para cada turno y opción, y con las puntuaciones obtenidas se expondrán debidamente certificadas por el Secretario con el visto bueno del Presidente del Tribunal, en los locales donde se haya celebrado, sin perjuicio de que se hagan públicas en otros lugares, de estimarse conveniente.

Duodécima.- A los aspirantes que superen la fase de oposición les será requerida, mediante resolución del Tribunal que se hará pública al mismo tiempo que la lista de aspirantes que superen el tercer ejercicio, la justificación de los méritos que deseen hacer valer en la fase de concurso.

Los aspirantes del turno de promoción interna deberán acreditar la antigüedad y puesto de trabajo ocupado mediante certificación, ajustada al modelo que se inserta como anexo IV, que será expedida por la Secretaría General Técnica correspondiente, Secretaría General o Jefatura de Personal de la Consejería o Departamento en que vinieren prestando servicios.

Dichos documentos deberán aportarse por los aspirantes mediante instancia dirigida al Director General de la Función Pública, y presentarse en el plazo de diez días hábiles a contar desde la fecha en que se haga pública la antedicha resolución, en las oficinas relacionadas en la base tercera.

Decimotercera.- A la vista de los resultados finales, y aplicado en su caso el acrecimiento de turnos, el Tribunal hará pública en los lugares indicados en la base anterior relación de aspirantes seleccionados por cada turno, por orden de puntuación y, que como máximo será el de plazas convocadas, el cual integrará la propuesta del nombramiento.

Al mismo tiempo, el Tribunal declarará que el resto de los aspirantes, aun cuando hubieran obtenido calificación superior a la mitad de la máxima puntuación posible, no han superado el proceso selectivo y no pueden integrar la lista de aprobados seleccionados.

Decimocuarta.- La propuesta de nombramiento, junto con las Actas del Tribunal y demás documentación de las pruebas, será elevada a esta Consejería a través de la Dirección General de la Función Pública.

Decimoquinta.- Los aspirantes seleccionados y propuestos aportarán ante la Dirección General de la Función Pública, en el plazo de veinte días naturales, mediante la correspondiente instancia, la siguiente documentación:

a) Fotocopia autorizada o compulsada del Documento Nacional de Identidad.

b) Fotocopia autorizada o compulsada del título académico exigido u otro superior, o certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios necesarios para la obtención del título.

c) Certificado médico oficial acreditativo del cumplimiento del requisito establecido en la base segunda de la presente convocatoria. Los aspirantes con minusvalía que en la presente convocatoria hubieren acreditado la compatibilidad con las correspondientes tareas o funciones, solamente vendrán obligados a presentar certificado médico acreditativo de no padecer enfermedades que impidan dichas funciones.

d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.

Los aspirantes seleccionados por el turno de promoción interna y quienes ya tuvieren la condición de funcionarios de carrera solamente deberán presentar la documentación relativa a titulación o estudios académicos.

Decimosexta.- Los aspirantes seleccionados que hubieren presentado en tiempo y forma la documentación exigida en la base anterior y hayan acreditado el cumplimiento de los requisitos exigibles, serán nombrados funcionarios en prácticas de la Escala de Administradores Generales (Cuerpo Superior de Administradores) de la Administración de esta Comunidad Autónoma, adjudicándoles plaza por el orden de puntuación obtenida y según la preferencia en su momento manifestada, respetando la establecida a favor de los seleccionados por promoción interna, mediante resolución de esta Consejería u órgano delegado, que se publicará en el Boletín Oficial de Canarias, debiendo tomar posesión en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la citada publicación. Decaerán de su derecho quienes no tomaran posesión en dicho plazo, salvo que medie solicitud y concesión de prórroga justificada.

Decimoséptima.- Periodo de prácticas. Los aspirantes nombrados funcionarios en prácticas, en número no superior al total de plazas convocadas, verán condicionado su acceso definitivo al Cuerpo Superior de Administradores (Escala de Administradores Generales) a la superación del periodo de prácticas, con una duración de tres meses durante el cual percibirán las retribuciones que fije el Gobierno de Canarias en desarrollo del artículo 19.15 de la Ley 16/1990, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 1991. Al término de dicho periodo los aspirantes habrán de obtener una valoración de apto o no apto, para lo que se tomará como referencia el informe que hayan emitido las correspondientes Secretarías Generales Técnicas o Jefaturas de Personal a que hayan sido adscritos. La declaración de aptitud corresponderá a la misma autoridad que efectúe el nombramiento.

Decimoctava.- Impugnaciones. La presente convocatoria y cuantos actos administrativos deriven de ella, así como de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados en los casos y en las formas establecidos en la Ley de Procedimiento Administrativo.

Santa Cruz de Tenerife, a 11 de febrero de 1991.

EL CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA, Vicente Alvarez Pedreira.

A N E X O I

I) DERECHO CONSTITUCIONAL Y ORGANIZACION DEL ESTADO ESPAÑOL

Tema 1.- La Constitución de 1978: estructura y contenido. Principios fundamentales de la Constitución. Valor normativo de la Constitución. La reforma constitucional.

Tema 2.- Derechos fundamentales y libertades públicas. Derechos y deberes de los ciudadanos. Principios rectores de la política social y económica.

Tema 3.- La protección jurisdiccional de los derechos fundamentales. La vía judicial preferente y sumaria. El Habeas Corpus. El recurso de amparo constitucional. Instituciones internacionales de garantía.

Tema 4.- La forma de Estado en la Constitución. Nación, nacionalidades y regiones. El territorio: su división. El poder del Estado: caracteres y limitaciones.

Tema 5.- La Corona. El Rey: su posición constitucional. El orden de sucesión. El refrendo: sus formas.

Tema 6.- Las Cortes Generales. El Congreso de Diputados. El Senado. Relaciones entre las Cámaras.

Tema 7.- Organos dependientes de las Cortes Generales. El Tribunal de Cuentas. El Defensor del Pueblo.

Tema 8.- El funcionamiento de las Cámaras. Sus órganos. Procedimiento de elaboración, debate y aprobación de las leyes. Procedimientos especiales.

Tema 9.- La función de control del Ejecutivo. Preguntas, interpelaciones y mociones. Las Comisiones de Investigación. La cuestión de confianza. El voto de censura.

Tema 10.- El Gobierno: su composición. El Presidente del Gobierno. Los Ministros. El Gobierno y la Administración. Las funciones del Gobierno. Función política. Función administrativa.

Tema 11.- El Poder Judicial. El Consejo General del Poder Judicial. Otros órganos.

Tema 12.- La defensa jurídica de la Constitución: sistemas. El Tribunal Constitucional: naturaleza, composición y competencias.

Tema 13.- Procesos de declaración de inconstitucionalidad. Efectos de las sentencias. Conflictos constitucionales. Conflictos positivos y negativos con las Comunidades Autónomas. Impugnación de disposiciones y resoluciones de las Comunidades Autónomas.

Tema 14.- La Administración Pública: principios Constitucionales informadores. La Administración del Estado. Organos Superiores de la Administración Central.

Tema 15.- Organización periférica de la Administración del Estado. Delegados del Gobierno. Gobernadores Civiles. Otros órganos periféricos.

Tema 16.- La Administración Institucional: regulación. Entes públicos y sociedades estatales.

Tema 17.- La Administración Consultiva. En especial, el Consejo de Estado.

Tema 18.- Las Comunidades Autónomas. El proceso de formación de las Comunidades Autónomas en España. La organización política y la administración de las Comunidades Autónomas.

Tema 19.- Funciones y competencias del Estado y las Comunidades Autónomas. Normas estatales de delimitación de competencias. La Función Pública de las Comunidades Autónomas.

Tema 20.- La Administración Local: regulación constitucional. Entidades que integran la Administración Local. Las competencias del municipio y de la provincia. Los regímenes municipales y provinciales especiales. Los Cabildos Insulares. Las relaciones entre la Administración Local y Autonómica.

Tema 21.- Los partidos políticos: regulación jurídica. Evolución histórica de su legislación.

Tema 22.- El sufragio y sus clases. Evolución histórica. El sistema electoral español vigente: régimen jurídico.

Tema 23.- El procedimiento de integración de España en Organizaciones Internacionales Supranacionales. Aplicabilidad de sus disposiciones en el ordenamiento jurídico interno.

II) DERECHO ADMINISTRATIVO

Tema 1.- Fuentes del Derecho. El ordenamiento jurídico y sus principios ordenadores. La jerarquía y la competencia. Las fuentes escritas y no escritas en el ordenamiento jurídico español.

Tema 2.- La Ley: teoría general. Tipos de leyes. Reserva de ley. Disposiciones del Ejecutivo con fuerza de ley: Decretos-Leyes y Decretos Legislativos.

Tema 3.- El Reglamento: concepto. Clasificación de los reglamentos. Organos con potestad reglamentaria. Límites de la potestad reglamentaria. La impugnación de los reglamentos en la doctrina y en nuestro Derecho positivo. Las circulares e instrucciones.

Tema 4.- El ordenamiento autonómico. Los Estatutos de Autonomía. Normas autonómicas: sus clases. La articulación de ordenamientos.

Tema 5.- Los principios de reserva de ley, de jerarquía normativa y de competencia. Nulidad de pleno derecho de las disposiciones administrativas por infracción de tales principios. La inderogabilidad singular de las disposiciones de carácter general.

Tema 6.- El Derecho Administrativo: concepto y contenido. Tipos históricos del Derecho Administrativo. Sistemas contemporáneos del Derecho Administrativo.

Tema 7.- La Administración Pública y el Derecho. El principio de legalidad. Las potestades administrativas. Formas de atribución de la potestad. El principio de legalidad y sus manifestaciones. La actividad administrativa discrecional y sus límites. Control de la discrecionalidad: la desviación de poder.

Tema 8.- Teoría de la relación jurídico-administrativa. Los sujetos en Derecho Administrativo y su capacidad. Situaciones jurídicas subjetivas.

Tema 9.- Relaciones de los particulares con la Administración. Clases de relación y sus causas modificativas. La participación en las Administraciones Públicas.

Tema 10.- El acto administrativo: delimitación conceptual y elementos esenciales. Clasificación de los actos administrativos.

Tema 11.- Validez e invalidez de los actos. Nulidad y anulabilidad. Irregularidades no invalidantes. Convalidación, conservación y conversión de los actos administrativos.

Tema 12.- Eficacia, notificación y publicación. Ejecutoriedad. La ejecución forzosa. La suspensión del acto administrativo. Teoría del silencio administrativo.

Tema 13.- La revisión de oficio. Declaración de nulidad y anulación. La revocación. Rectificación de errores.

Tema 14.- El procedimiento administrativo: concepto. La Ley de Procedimiento Administrativo de 17 de julio de 1958: contenido, ámbito de aplicación y principios informadores.

Tema 15.- Los interesados en el procedimiento administrativo. Fases del procedimiento administrativo: iniciación, ordenación, instrucción y terminación. Estudio especial de los informes. Términos y plazos. El escrito de queja.

Tema 16.- Los procedimientos especiales en la Ley de Procedimiento Administrativo. Procedimiento para la elaboración de disposiciones de carácter general. Procedimiento sancionador.

Tema 17.- Los recursos administrativos: concepto, clases y principios generales de su regulación. Recursos y reclamaciones.

Tema 18.- El recurso de alzada. El recurso de súplica. El recurso de reposición. El recurso de revisión.

Tema 19.- La reclamación económico-administrativa. Las reclamaciones administrativas previas al ejercicio de acciones civiles y laborales.

Tema 20.- La jurisdicción contencioso-administrativa: naturaleza, extensión y límites. El objeto: actos impugnables. Los sujetos del proceso: legitimación.

Tema 21.- El proceso contencioso-administrativo: fases. Recursos contra providencias, autos y sentencias. La ejecución de sentencias.

Tema 22.- Los contratos administrativos: delimitación. Concepto y clases. Contratos administrativos y contratos privados de la Administración. Principios informadores de la relación contractual. Las prerrogativas de la Administración y las garantías del contratista.

Tema 23.- Régimen jurídico de la contratación administrativa. Modalidades. Procedimiento de contratación.

Tema 24.- El servicio público: concepto y modos de gestión. Las concesiones: clases y naturaleza jurídica. El régimen jurídico de las concesiones. Modificación, novación y transmisión de concesiones. Extinción.

Tema 25.- El régimen jurídico de la responsabilidad patrimonial en el Derecho español.

Tema 26.- La expropiación forzosa. Evolución histórica. Legislación vigente. Sujetos y objeto de la expropiación. Procedimiento general. Peculiaridades del procedimiento de urgencia.

Tema 27.- Procedimientos especiales de expropiación. Reversión de bienes expropiados. Garantías jurisdiccionales: estudio especial de la impugnación por la Administración de los acuerdos de los Jurados. Limitaciones administrativas de la propiedad privada y servidumbres administrativas.

Tema 28.- La responsabilidad extracontractual de la Administración. Principales teorías. La responsabilidad de la Administración en la legislación española: antecedentes, regulación actual, causas de exoneración. La responsabilidad de las autoridades y funcionarios. Responsabilidad de la Administración por actos de sus concesionarios y contratistas.

Tema 29.- El dominio público: concepto y naturaleza jurídica. Clasificaciones: en especial, el “demanio natural”. Los elementos del dominio público: sujetos, objeto y destino. Afectación, desafectación y mutaciones demaniales.

Tema 30.- Régimen jurídico del dominio público: inalienabilidad, inembargabilidad. Los bienes demaniales y el Registro de la Propiedad.

Tema 31.- Régimen jurídico del dominio público. La imprescriptibilidad en la doctrina y en nuestro Derecho positivo. Deslinde administrativo. Recuperación de oficio. Potestad sancionadora de la Administración.

Tema 32.- La utilización del dominio público. Uso común: general y especial. Uso privativo. Autorizaciones y concesiones demaniales: el problema de su máxima duración temporal. Las reservas demaniales.

Tema 33.- El patrimonio privado de las entidades públicas. Régimen jurídico. Potestades de la Administración y régimen de adquisición y enajenación.

Tema 34.- El personal al servicio de la Administración Pública: sus clases. La Función Pública: naturaleza jurídica y contenido de la relación jurídica funcionarial. Los funcionarios de carrera: Principios, adquisición y pérdida de tal condición. Sistemas selectivos. Situaciones.

Tema 35.- Movilidad funcionarial: principios. El sistema de concurso: principales características. La provisión de puestos de trabajo por sistema de libre designación.

Tema 36.- Derechos, deberes e incompatibilidades de los funcionarios públicos. Derechos económicos. Derechos de sindicación y huelga. Deberes. Régimen disciplinario. Incompatibilidades: actividades públicas y privadas. La Inspección General de Servicios.

Tema 37.- Las formas de acción administrativa: evolución histórica, clases y caracteres.

Tema 38.- Sanidad y consumo. Acción administrativa en la materia.

Tema 39.- La protección del medio ambiente. Espacios naturales protegidos. Evaluación del impacto ambiental.

Tema 40.- La Administración y la enseñanza. Sistema educativo. Régimen jurídico general de los centros docentes del profesorado y de los estudiantes. La autonomía universitaria.

Tema 41.- Agricultura. Acción administrativa en la materia. Su relación con la política agrícola comunitaria. Aprovechamiento, conservación y mejora de los montes públicos y particulares. Incendios forestales.

Tema 42.- Actuación administrativa sobre el dominio público marítimo. Especial referencia a la Ley de Costas.

Tema 43.- Las aguas terrestres: regulación jurídica general. Los montes: su régimen jurídico. Las minas. Régimen jurídico general. Permisos de exploración y explotación. Concesiones de explotación.

Tema 44.- Régimen jurídico de la propiedad intelectual. Régimen jurídico de la propiedad industrial.

Tema 45.- Obras públicas: concepto y clasificación. Idea general de las concesiones de obras públicas y sus principales modalidades. Régimen jurídico de los puertos.

Tema 46.- Actuación administrativa en materia de industria.

Tema 47.- Derecho Urbanístico. Evolución histórica. Régimen urbanístico del suelo. Los planes de ordenación. Clases y régimen jurídico.

Tema 48.- La ejecución de los planes de ordenación: sistemas. La edificación: las licencias urbanísticas. La disciplina urbanística. El registro municipal de solares.

Tema 49.- Vivienda: financiación de actuaciones protegibles. Rehabilitación del patrimonio residencial y urbano. Policía de la vivienda.

Tema 50.- El patrimonio histórico español. Regulación jurídica.

Tema 51.- Medios de comunicación social. Las ayudas a la prensa. El régimen jurídico de la radiodifusión, televisión. La televisión privada. El derecho de rectificación.

Tema 52.- Administración Corporativa. Colegios profesionales. Cámaras Agrarias, Cámaras de Comercio, Industria y Navegación. Cofradías de pescadores.

III) HACIENDA PUBLICA

Tema 1.- Derecho Financiero y Derecho Tributario. La Ley General Presupuestaria. Principios generales y privilegios de la Hacienda Pública. Régimen de la Hacienda Pública: derechos económicos y obligaciones exigibles.

Tema 2.- El presupuesto español: fuentes de su ordenación jurídica, contenido y principios básicos de su estructura. Régimen jurídico de la elaboración, aprobación, modificación, ejecución y liquidación de los Presupuestos Generales del Estado y de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma.

Tema 3.- La Intervención de la Administración Autonómica: formulación y tramitación de reparos. El Tesoro Público: avales del Tesoro. Principios básicos de la contabilidad pública: la Cuenta General.

Tema 4.- El gasto público: concepto y clasificaciones. Principios constitucionales en la materia.

Tema 5.- Los ingresos públicos: concepto y clasificación. El sistema tributario español. Tasas y precios públicos.

Tema 6.- El Patrimonio de la Comunidad Autónoma y bienes que lo integran. Normas generales. Adquisición de bienes y derechos por la Comunidad Autónoma de Canarias. Competencia de la Consejería de Hacienda en relación con el dominio público.

Tema 7.- Los tributos: concepto, naturaleza y clases. Estudio especial del impuesto. Su concepto y fundamento. Clasificación de los impuestos.

Tema 8.- La relación jurídica tributaria: concepto, naturaleza y elementos. El hecho imponible: concepto y clases. El sujeto pasivo. La base imponible: concepto. La base liquidable. El tipo de gravamen y la deuda tributaria: elementos que integran esta última. El pago de la deuda tributaria. La prescripción.

Tema 9.- Las infracciones tributarias: concepto, naturaleza y clases. Sanciones. La condonación de las sanciones. El delito fiscal.

Tema 10.- La gestión tributaria. Organos administrativos: su competencia. Inspección de los tributos. Recaudación de los tributos.

Tema 11.- Procedimiento de recaudación en periodo voluntario. Procedimiento de recaudación en vía de apremio. Embargo de bienes: orden a observar en el mismo; bienes inembargables: limitaciones.

Tema 12.- La Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas: significación, naturaleza y estructura. Principios generales de la Ley. La potestad tributaria de las Comunidades Autónomas: sus límites. Tributos cedidos por el Estado.

IV) DERECHO LABORAL

Tema 1.- El Derecho del Trabajo. Su especialidad y caracteres. Las fuentes del Derecho del Trabajo. El principio de jerarquía normativa.

Tema 2.- Los Convenios Colectivos de Trabajo: concepto y naturaleza. Régimen jurídico. Procedimiento. Contenido.

Tema 3.- Conflictos colectivos. La huelga. El cierre patronal.

Tema 4.- El contrato de trabajo. Conceptos. Naturaleza. Sujetos. Forma. Contenido y régimen jurídico.

Tema 5.- Modificación, suspensión y extinción del contrato de trabajo.

Tema 6.- Modalidades del contrato de trabajo. Contrato de trabajo para la formación. Contrato de trabajo en prácticas. Contrato de trabajo a tiempo parcial. Otras modalidades de contratación.

Tema 7.- La contratación laboral en la Administración Pública. Régimen jurídico. Modalidades de contratación.

Tema 8.- Condiciones de trabajo. Jornadas, descanso y régimen retributivo.

Tema 9.- El salario: su regulación jurídica, concepto, estructura. Clases de salarios. Deducciones del salario. Garantías del salario. El Fondo de Garantía Salarial.

Tema 10.- Régimen de representación del personal: órganos de representación del personal.

Tema 11.- Infracciones laborales: concepto y clases. Las sanciones: su clasificación. Organos competentes. La Jurisdicción Laboral.

Tema 12.- La seguridad e higiene en el trabajo. Su regulación jurídica. Organos de control de las medidas de seguridad e higiene en el trabajo. Responsabilidades y sanciones.

Tema 13.- La Seguridad Social. Régimen general. Afiliación y cotización. Acción protectora: contingencias y prestaciones. Regímenes especiales de la Seguridad Social.

V) DERECHO DE CANARIAS

Tema 1.- El Estatuto de Autonomía de Canarias: estructura, contenido y naturaleza jurídica. La posición del Estatuto en el sistema de fuentes. Defensa de la integridad del Estatuto de Autonomía. La Ley Orgánica de Transferencias Complementarias para Canarias.

Tema 2.- La distribución de competencias legislativas entre el Estado y la Comunidad Autónoma de Canarias. Naturaleza de las Leyes Canarias, requisitos, límites. El principio de prevalencia del Derecho Canario. La supletoriedad del Derecho Estatal.

Tema 3.- Las competencias ejecutivas. El reparto de competencias ejecutivas entre el Estado y la Comunidad Autónoma de Canarias. La delegación y las fórmulas participativas de gestión como técnicas complementarias para la articulación de las competencias ejecutivas.

Tema 4.- El control de la actividad de los órganos de la Comunidad Autónoma de Canarias. La vigilancia y la aplicación de la coacción estatal. La ampliación extraestatutaria de las competencias de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Tema 5.- El Parlamento de Canarias I: naturaleza y régimen jurídico. Organización y funcionamiento. Composición y sistema de elección de los Diputados regionales. Los grupos parlamentarios. Estatuto de los Diputados regionales.

Tema 6.- El Parlamento de Canarias II. Funciones: la función legislativa. Las funciones económicas. Las funciones de control político: de control-fiscalización y control-responsabilidad. Otras funciones.

Tema 7.- El Diputado del Común: concepto y naturaleza. Régimen jurídico. Organización. Funciones. El Diputado de Común y el Defensor del Pueblo.

Tema 8.- El Presidente de la Comunidad Autónoma de Canarias. Funciones representativas. Funciones en relación con el Parlamento de Canarias. Funciones como Jefe del Gobierno de Canarias. Otras funciones.

Tema 9.- El Gobierno de Canarias I: concepto. Régimen jurídico. Número y carácter de los Consejeros. Nombramiento y cese del Gobierno. El funcionamiento del Gobierno.

Tema 10.- El Gobierno de Canarias II: el Gobierno y la Administración Autonómica. Funciones del artº. 14 del Estatuto de Autonomía. Las funciones del Gobierno en relación con el Parlamento de Canarias.

Tema 11.- El Consejo Consultivo de Canarias: concepto y naturaleza. Régimen jurídico. Organización y funcionamiento. Funciones.

Tema 12.- La organización administrativa de Canarias. El Consejo de Gobierno: consideración administrativa y atribuciones. Las Comisiones de Gobierno. Consejerías: las Viceconsejerías. Las Secretarías Generales Técnicas. Los Directores Generales.

Tema 13.- La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias: estructura y contenido. Los Cabildos como entes públicos territoriales y como instituciones de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Tema 14.- El Cabildo Insular: concepto. Régimen jurídico. La Comisión de Gobierno: composición y funciones. Los municipios: régimen jurídico. Organos de Gobierno. Los Organismos autónomos de la Comunidad Autónoma. Las empresas públicas de la Comunidad Autónoma.

Tema 15.- La Ley Territorial reguladora de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias. Estructura y contenido. Organos superiores en materia de personal.

Tema 16.- La financiación de la Comunidad Autónoma de Canarias: principios constitucionales, estatutarios y legales. Recursos que integran la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Canarias. La posición de la Hacienda Pública Canaria en relación con la Hacienda Estatal.

Tema 17.- El régimen económico fiscal de Canarias desde la perspectiva constitucional y estatutaria.

VI) DERECHO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS

Tema 1.- La Europa comunitaria. Evolución. Idea general sobre su naturaleza y significado económico, jurídico y político. La C.E.E.

Tema 2.- Las instituciones de la Comunidad Económica Europea. Organos ejecutivos y sus poderes. El Consejo de Ministros. La Comisión. Los Organos Consultivos. La Administración.

Tema 3.- El Parlamento Europeo. Orígenes, naturaleza y función. Composición, organización y funcionamiento.

Tema 4.- El Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas. Organización. Competencias: su jurisprudencia.

Tema 5.- El régimen jurídico económico de la C.E.E. Las libertades de circulación. El Derecho comunitario. Naturaleza. Derecho comunitario. Derechos nacionales y Derecho internacional. Caracteres: aplicabilidad directa y efecto directo, primacía sobre el Derecho interno.

Tema 6.- Las fuentes del Derecho comunitario. El Derecho comunitario primario. Los tratados. La adhesión.

Tema 7.- El tratado de integración de España. El Protocolo respecto a Canarias. El Ordenamiento constitucional, el Estatuto de Canarias y el Derecho comunitario.

Tema 8.- El Derecho comunitario derivado. Las directrices comunitarias y su aplicabilidad directa.

A N E X O II

I) DERECHO CONSTITUCIONAL

Tema 1.- La Constitución.- Contenido y clases.- La Constitución de 1978: sistemática y estructura.

Tema 2.- Los principios fundamentales de la Constitución.- La soberanía nacional.- La división de poderes.

Tema 3.- La forma del Estado en la Constitución.- Nación, nacionalidades y regiones.- El territorio: su división.- El poder del Estado: caracteres y limitaciones.

Tema 4.- El Gobierno: su composición.- El Presidente del Gobierno.- Los Ministros.- El Gobierno.- El Gobierno y la Administración.- Las funciones del Gobierno.- La función política.- La función administrativa.

Tema 5.- Las Cortes Generales.- El Congreso de Diputados.- El Senado.- Relaciones entre las dos Cámaras.

Tema 6.- El Poder Judicial.- El Consejo General del Poder Judicial.- Otros órganos.

Tema 7.- Derechos y libertades públicas.- Clasificación.- Deberes constitucionales.- El Defensor del Pueblo.- La suspensión de los derechos.

II) DERECHO ADMINISTRATIVO

Tema 1.- Las fuentes del Derecho Administrativo y su jerarquía.- La Constitución.- Tratados Internacionales.- La Ley.- Sus clases: leyes orgánicas y ordinarias.- Disposiciones del Gobierno con valor de ley: Decretos-Leyes y Decretos-Legislativos.

Tema 2.- El Reglamento: concepto.- Clasificación de los reglamentos.- Organos con potestad reglamentaria.- La impugnación de los reglamentos en la doctrina y en nuestro Derecho positivo.- Las circulares e instrucciones.

Tema 3.- Los principios de reserva de ley, de jerarquía normativa y de competencia.- Nulidad de pleno derecho de las disposiciones administrativas por infracción de tales principios.- La inderogabilidad singular de las disposiciones generales.

Tema 4.- Los sujetos en el Derecho Administrativo.- El administrado.- Derechos públicos, subjetivos e intereses legítimos: concepto y diferencia.- Clasificación de los derechos públicos subjetivos.- Situaciones jurídicas pasivas.

Tema 5.- Las potestades administrativas.- El principio de legalidad y sus manifestaciones.- La actividad administrativa discrecional y sus límites.- Control de la discrecionalidad: en especial, la desviación de poder.

Tema 6.- Los actos jurídicos de la Administración: públicos y privados.- El acto administrativo: concepto y elementos.- La forma de los actos administrativos: la motivación, la notificación y la publicación.- El silencio administrativo: naturaleza y régimen jurídico.- Los actos tácitos.

Tema 7.- Clasificación de los actos administrativos.- Los actos políticos: naturaleza y régimen de impugnación en nuestro Derecho positivo.- La eficacia de los actos administrativos: comienzo, suspensión y retroactividad.

Tema 8.- La ejecutividad de los actos administrativos: fundamento y naturaleza.- La ejecución forzosa por la Administración de los actos administrativos: medios en nuestro Derecho.- La teoría de la “vía de hecho”.

Tema 9.- La invalidez de los actos administrativos: nulidad de pleno derecho y anulabilidad.- Los actos administrativos irregulares.- La convalidación, conservación y conversión de los actos administrativos.- Los errores materiales.

Tema 10.- Los contratos de la Administración: criterios de distinción entre los contratos administrativos y demás contratos del Estado.- Legislación vigente.- Organismos competentes para su celebración.- Incapacidades.- Prerrogativas de Derecho público.- Doctrina de los actos separables.- Clases de contratos administrativos.

Tema 11.- El procedimiento administrativo: su naturaleza y fines.- Regulación legal: ámbito de aplicación de la Ley de Procedimiento Administrativo.- Principales procedimientos especiales vigentes conforme al Decreto de 9 de octubre de 1958.- Los principios generales del procedimiento administrativo.

Tema 12.- Los interesados en el procedimiento administrativo.- El procedimiento general: iniciación, ordenación, instrucción y terminación.- Estudio especial de los informes.- Términos y plazos.- El escrito de queja.

Tema 13.- Los recursos administrativos: concepto, clases y principios generales de su regulación.- Recursos y reclamaciones.- La “reformatio in peius”: ámbito de su admisión en nuestro Derecho.- Recurso de alzada: el llamado recurso jerárquico impropio.- Recursos de reposición.- Recursos de revisión.

Tema 14.- La responsabilidad extracontractual de la Administración.- Principales teorías.- La responsabilidad de la Administración en la legislación española: antecedentes, regulación actual, causas de exoneración.- La responsabilidad de las autoridades y funcionarios.- Responsabilidad de la Administración por actos de sus concesionarios y contratistas.

Tema 15.- El personal al servicio de la Administración Pública: sus clases.- La Función Pública.- Naturaleza y contenido de la relación jurídica funcionarial.- Principios, adquisición y pérdida de tal condición.- Provisión de puestos.- Situaciones.

Tema 16.- Derechos y deberes de incompatibilidades de los funcionarios de carrera.- Derecho de sindicación y huelga en la función pública.- Régimen disciplinario.- Los derechos económicos: normas vigentes para la retribución de los mismos.- Funcionarios de empleo personal contratado en régimen administrativo y en régimen laboral.

III) DERECHO LABORAL

Tema 1.- El Derecho del Trabajo. Su especialidad y caracteres. Las fuentes del Derecho del Trabajo.

Tema 2.- Los Convenios Colectivos: concepto, naturaleza. Partes negociadoras del Convenio Colectivo: requisitos, elaboración. Comisión negociadora, validez e interpretación.

Tema 3.- El contrato de trabajo. Naturaleza. Sujetos. Forma. Contenido y régimen jurídico.

Tema 4.- Modalidades del contrato de trabajo. Contrato de trabajo para la formación. Contrato de trabajo en prácticas. Contrato de trabajo a tiempo parcial. Contratos de trabajo temporales. Otros contratos de trabajo.

Tema 5.- Condiciones de trabajo: jornada, descanso y régimen retributivo.

Tema 6.- Novación, suspensión y extinción del contrato de trabajo.

Tema 7.- Régimen disciplinario laboral. Jurisdicción Social y Administración Laboral.

Tema 8.- Concepto de libertad sindical. Régimen jurídico de la representación sindical.

Tema 9.- Conflictos colectivos y procedimientos de solución. La huelga.

Tema 10.- La Seguridad Social. Régimen general. Aplicación y cotización. Acción protectora: contingencias y prestaciones.

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