No teniendo constancia esta Secretaría General Técnica del domicilio de D. John Henry Paul Leopold, y siendo preciso notificarle la Propuesta de Resolución correspondiente al expediente incoado contra el mismo, conforme al artº. 80.3 de la Ley de Procedimiento Administrativo,
R E S U E L V O:
1.- Notificar a D. John Henry Paul Leopold la Propuesta de Resolución recaída en el expediente que ha sido instruido, por infracción de la legislación en materia sanitaria.
El interesado podrá alegar cuanto considere conveniente a su derecho en el plazo de 8 días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Propuesta de Resolución, ante la Dirección Territorial de Salud de Las Palmas.
2.- Remitir al Ayuntamiento de la población que se cita, la presente Propuesta de Resolución para su publicación en el tablón de edictos correspondiente.
Nº EXPTE.: 172/90; TITULAR: D. John Henry Paul Leopold; POBLACION: Las Palmas de Gran Canaria; HECHOS INFRACTORES: suciedad en cocina y almacén; comunicación directa con patio interior; la campana extractora no funciona; no presenta carnet de manipuladores de alimentos el propietario; PRECEPTOS INFRINGIDOS: los artículos 3.1, 4.5 y 6.1 del Real Decreto 2.817/1983, de 13 de octubre, y artº. 3.a) del Real Decreto 2.505/1983, de 4 de agosto, en relación con el artº. 35.A), 1 de la Ley General de Sanidad 14/1986, de 25 de abril; SANCION: leve; CANTIDAD: treinta mil (30.000) pesetas.
Santa Cruz de Tenerife, a 28 de enero de 1991.- El Secretario General Técnico, José M. de la Viuda Pérez.
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