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No teniendo constancia esta Secretaría General Técnica del domicilio de D. Oscar Rodríguez Molina, y siendo preciso notificarle la Resolución correspondiente al expediente incoado contra el mismo, conforme al artº. 80.3 de la Ley de Procedimiento Administrativo,
R E S U E L V O:
1.- Notificar a D. Oscar Rodríguez Molina la Resolución correspondiente al expediente que ha sido instruido, por infracción de la legislación en materia sanitaria.
Contra la Resolución que por la presente se le notifica, podrá interponer recurso de alzada ante la Dirección General de Salud Pública, en el plazo de 15 días, contados a partir de la publicación de esta Resolución.
2.- Remitir al Ayuntamiento de la población que se cita, la presente Resolución para su publicación en el tablón de anuncios correspondiente.
Nº EXPTE.: 161/90; TITULAR: D. Oscar Rodríguez Molina; POBLACION: Las Palmas de Gran Canaria; INFRACCION: el artículo 1 del Real Decreto 1.122/1988, de 23 de septiembre, en relación con el artículo 35.A), 1 de la Ley General de Sanidad 14/1986, de 25 de abril.
Santa Cruz de Tenerife, a 28 de enero de 1991.- El Secretario General Técnico, José M. de la Viuda Pérez.
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