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BOC Nº 002. Viernes 4 de Enero de 1991 - 14

VI. ANUNCIOS - Otros anuncios - C.Turismo y Transportes

14 - RESOLUCION de 3 de diciembre de 1990, de la Dirección General de Transportes, sobre notificación de Resoluciones sancionadoras a titulares de vehículos de ignorado domicilio.

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No teniendo constancia esta Dirección General del domicilio de los titulares de los vehículos que se relacionan y siendo preciso notificarles la Resolución sancionadora recaída en el expediente incoado con motivo de infracciones a la normativa de transportes por carretera, y haciendo uso de la facultad contemplada en el artº. 80.3 de la Ley de Procedimiento Administrativo,

R E S U E L V O:

1.- Notificar a los titulares de los vehículos que se citan, las Resoluciones que han recaído en los expedientes sancionadores instruidos en esta Dirección General por infracciones a la legislación de transportes por carretera.

Contra las Resoluciones que por la presente se notifican, podrá interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Turismo y Transportes del Gobierno de Canarias, en el plazo de quince días contados a partir de la publicación de esta Resolución.

2.- Remitir a los Ayuntamientos de las poblaciones que se citan, la presente Resolución para su publicación en el tablón de edictos correspondiente. 1) TITULAR: Francisco Santana Sánchez; Nº EXPTE.: GC-90-4-537-I; POBLACION: Telde; MATRICULA: GC-0322-AC; INFRACCION: artº. 2.2 Real Decreto 2.025/1984 (B.O.E. 14.11.84), artº. 141.c) Ley 16/1987, de 30.7; CUANTIA: 50.000 ptas.; HECHO INFRACTOR: recoger pasajeros fuera del término municipal para el que está autorizado.

2) TITULAR: Francisco Santana Sánchez; Nº EXPTE.: GC-90-3-557-O; POBLACION: Telde; MATRICULA: GC-0322-AC; INFRACCION: artº. 2.2 Real Decreto 2.025/1984 (B.O.E. 14.11.84), artº. 141.c) Ley 16/1987, de 30.7; CUANTIA: 50.000 ptas.; HECHO INFRACTOR: recoger pasajeros fuera del término municipal para el que está autorizado.

3) TITULAR: Francisco Santana Sánchez; Nº EXPTE.: GC-90-5-784-I; POBLACION: Telde; MATRICULA: GC-0322-AC; INFRACCION: artº. 2.2 Real Decreto 2.025/1984 (B.O.E. 14.11.84), artº. 141.c) Ley 16/1987, de 30.7; CUANTIA: 50.000 ptas.; HECHO INFRACTOR: recoger pasajeros fuera del término para el que está autorizado.

Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de diciembre de 1990.- El Director General de Transportes, Fernando Pérez Navarro.

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