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Dicha documentación queda en depósito en esta Dirección General.
El ámbito territorial de la Federación viene constituido por las Islas Canarias; y su ámbito funcional, por los Sindicatos y Asociaciones Sindicales que coincidan funcionalmente con las actividades de la Federación Autónoma de Trabajadores de los Puertos de Canarias (F.A.T.P.) y actúen en las Islas Canarias, así como por todos los trabajadores cuya actividad se desarrolle en cualquiera de las zonas portuarias o áreas anexas a las mismas, o en actividades directa o indirectamente relacionadas con el tráfico portuario.
Fija su domicilio en la isla de Tenerife, Carretera General Santa Cruz-La Laguna, 250, término municipal de La Laguna. Asimismo, serán domicilios de la Federación Autónoma de Trabajadores de los Puertos de Canarias (F.A.T.P.) los propios de cada uno de los sindicatos que la integran en cada una de las Islas Canarias.
Son los firmantes del Acta de constitución D. Francisco Ramos Vargas en representación del Sindicato Obrero Unitario de Estibadores Portuarios Tinerfeños, y D. Julián Francisco González Acosta en representación del Sindicato Obrero de Estibadores Portuarios de Santa Cruz de La Palma.
Santa Cruz de Tenerife, a 14 de diciembre de 1990.- El Director General de Trabajo, Luis F. Jara González.
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