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BOC Nº 161. Viernes 28 de Diciembre de 1990 - 1467

VI. ANUNCIOS - Otros anuncios - C.Turismo y Transportes

1467 - RESOLUCION de 19 de octubre de 1990, de la Dirección General de Ordenación e Infraestructura Turística, sobre notificación de Pliegos de Cargos a titulares de empresas y actividades turísticas de ignorado domicilio.

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No teniendo constancia esta Dirección General del domicilio de los titulares de los establecimientos y actividades turísticas que se relacionan, y siendo preciso notificarles la providencia de cambio de Instructor del expediente incoado como consecuencia de denuncias o Actas de Inspección formuladas contra ellos, a los efectos de que aleguen lo que a su derecho convenga, y conforme al artº. 80.3 de la Ley de Procedimiento Administrativo,

R E S U E L V O:

1.- Notificar a los titulares de los establecimientos y actividades turísticas que se citan, los cargos que se especifican en el expediente que les ha sido instruido en esta Dirección General, por infracción a la legislación en materia turística. Los interesados disponen de un plazo de ocho días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución, para manifestar por escrito lo que a su derecho o interés convenga, aportando o proponiendo las pruebas de que, en su caso, intenten valerse.

2.- Remitir a los Ayuntamientos de las poblaciones que se citan, la presente Resolución para su publicación en el tablón de edictos correspondiente.

1) Nº EXPTE.: 253/89; TITULAR: Sunshine Associates, S.A.; ESTABLECIMIENTO: apartamentos “Las Olas”; HECHO INFRACTOR: realizar la actividad de alojamiento, en la modalidad turística de apartamentos, en el establecimiento de referencia, compuesto por 14 unidades alojativas, careciendo de la preceptiva autorización de apertura de este organismo; FECHA INFRACCION: 19 de julio de 1989; PRECEPTOS INFRINGIDOS: artículos 8º y 15º del Decreto 23/1989, de 15 de febrero, sobre Ordenación de Apartamentos Turísticos; CALIFICACION: muy grave.

2) Nº EXPTE.: 284/89; TITULAR: Explotaciones Turísticas Lobomar, S.A.; ESTABLECIMIENTO: apartamentos “San Valentín”; POBLACION: La Oliva-Fuerteventura; HECHO INFRACTOR: realizar la actividad de alojamiento en la modalidad turística de apartamentos, en el establecimiento de referencia, compuesto por 120 unidades alojativas, careciendo de la preceptiva autorización de apertura de este organismo; FECHA INFRACCION: 20 de julio de 1989; PRECEPTOS INFRINGIDOS: artículos 8º y 15º del Decreto 23/1989, de 15 de febrero, sobre Ordenación de Apartamentos Turísticos; CALIFICACION: muy grave.

3) Nº EXPTE.: 292/89; TITULAR: Comunidad de Propietarios “Alvitur, S.A.”; ESTABLECIMIENTO: bungalows “Ataitana Pueblo”; POBLACION: San Bartolomé de Tirajana; HECHO INFRACTOR: continuar la explotación turística del referido establecimiento, sin haber comunicado el cambio de titularidad a su favor a este organismo, en el plazo establecido al efecto; FECHA INFRACCION: 29 de agosto de 1989; PRECEPTOS INFRINGIDOS: artº. 2º de la Orden de 23.9.88, por la que se regula el procedimiento para los cambios de titularidad de los establecimientos turísticos; CALIFICACION: grave.

4) Nº EXPTE.: 405/89; TITULAR: hotel “Folías, S.A.”; ESTABLECIMIENTO: hotel “Folías”; POBLACION: San Bartolomé de Tirajana; HECHO INFRACTOR: realizar la actividad de alojamiento en la modalidad turística de hotel-apartamentos, en el establecimiento de referencia, careciendo de la preceptiva autorización de apertura de este organismo para tal actividad; FECHA INFRACCION: 9 de noviembre de 1989; PRECEPTOS INFRINGIDOS: artº. 4º del Decreto 149/1986, de 9 de octubre, sobre Ordenación de Establecimientos Hoteleros; CALIFICACION: grave.

5) Nº EXPTE.: 70/90; TITULAR: D. Chun Te Wu; ESTABLECIMIENTO: restaurante “Formosa”; POBLACION: Las Palmas de Gran Canaria; HECHO INFRACTOR: no haber dado traslado a este organismo en el plazo establecido al efecto. Muy deficientes condiciones de limpieza en la cocina, afectada por emanaciones de humos y presencia de grasa en las zonas de sus paredes; FECHA INFRACCION: 6 de febrero de 1990; PRECEPTOS INFRINGIDOS: artº. 7º de la Orden de 13.11.86, de la Consejería de Turismo y Transportes del Gobierno de Canarias; CALIFICACION: grave.

6) Nº EXPTE.: 97/90; TITULAR: D. José Gordillo de León; ESTABLECIMIENTO: restaurante “Las Nasas”; POBLACION: Puerto del Carmen-Fuerteventura; HECHO INFRACTOR: realizar la actividad turística de restaurante, en el establecimiento de referencia, careciendo de la preceptiva autorización de apertura de este organismo; FECHA INFRACCION: 29 de marzo de 1990; PRECEPTOS INFRINGIDOS: artº. 6º de la Orden de 17 de marzo de 1965, por la que se aprueba la Ordenación Turística de Restaurantes; CALIFICACION: muy grave.

7) Nº EXPTE.: 87/90; TITULAR: “Turiscan, S.A.”; ESTABLECIMIENTO: apartamentos “Los Cactus”; POBLACION: Playa del Inglés; HECHO INFRACTOR: continuar la explotación turística del referido establecimiento, sin haber comunicado el cambio de titularidad a su favor a este organismo, en el plazo establecido al efecto. No haber comunicado anualmente a este organismo los precios que rigen en la prestación de los servicios. No figura el control indicador de los precios, en cada una de las plantas del referido establecimiento; FECHA INFRACCION: 12 de marzo de 1990; PRECEPTOS INFRINGIDOS: artº. 2º de la Orden de 23.9.88, por la que se regula el procedimiento para los cambios de titularidad de los establecimientos turísticos. Artículos 23 y 24.1 del Decreto 23/1989, de 15 de febrero, sobre Ordenación de Apartamentos Turísticos; CALIFICACION: grave.

8) Nº EXPTE.: 93/90; TITULAR: D. Antonio Pérez Rijo; ESTABLECIMIENTO: bar “Porkis”; POBLACION: Las Palmas de Gran Canaria; HECHO INFRACTOR: no haber comunicado a este organismo los precios que rigen en la prestación de los servicios. No disponer en el establecimiento de hojas de reclamaciones para sus clientes. Falta de limpieza en la zona de la puerta del servicio higiénico de caballeros, donde se encuentran depositados bolsas de basuras y desperdicios; FECHA INFRACCION: 23 de marzo de 1990; PRECEPTOS INFRINGIDOS: artº. 30.1 de la Orden Ministerial de 17.3.65, modificado por la Orden Ministerial de 29.6.78, en su artº. 2º y en aplicación del artº. 4º de la Orden Ministerial de 19.6.70. Artº. 1º de la Orden de 13.11.86, de la Consejería de Turismo y Transportes del Gobierno de Canarias. Artº. 9º.d) de la Orden Ministerial de 17.3.65 en su aplicación del artº. 4º de la Orden Ministerial de 19.6.70; CALIFICACION: grave.

9) Nº EXPTE.: 123/89; TITULAR: D. Ren Chun Chui; ESTABLECIMIENTO: restaurante “La Blanca Paloma”; POBLACION: Las Palmas de Gran Canaria; HECHO INFRACTOR: no disponer en el establecimiento de hojas de reclamaciones para sus clientes. No haber comunicado a este organismo los precios que rigen en la prestación de los servicios; FECHA INFRACCION: 30 de abril de 1990; PRECEPTOS INFRINGIDOS: artº. 1º de la Orden de 13.11.86, de la Consejería de Turismo y Transportes del Gobierno de Canarias. Artº. 30.1 de la Orden Ministerial de 17.3.65, modificado por la Orden Ministerial de 29.6.78, en su artº. 2º; CALIFICACION: grave.

10) Nº EXPTE.: 125/90; TITULAR: Dña. Guadalupe Pérez Rodríguez; ESTABLECIMIENTO: bar “Florida”; POBLACION: Las Palmas de Gran Canaria; HECHO INFRACTOR: deficiencias en el funcionamiento y decoro de los servicios sanitarios; FECHA INFRACCION: 30 de abril de 1990; PRECEPTOS INFRINGIDOS: artº. 9º.e) de la Orden Ministerial de 17.3.65, de Ordenación Turística de Restaurantes; CALIFICACION: leve.

11) Nº EXPTE.: 129/90; TITULAR: “Ballena España, S.A.”; ESTABLECIMIENTO: restaurante “Finca Condado Juan Grande”; POBLACION: Las Palmas de Gran Canaria; HECHO INFRACTOR: realizar la actividad turística de restaurante, en el establecimiento de referencia, careciendo de la preceptiva autorización de apertura de este organismo; FECHA INFRACCION: 28 de mayo de 1990; PRECEPTOS INFRINGIDOS: artº. 6º de la Orden de 17 de marzo de 1965, por la que se aprueba la Ordenación Turística de Restaurantes; CALIFICACION: muy grave.

12) Nº EXPTE.: 130/90; TITULAR: “Ballena España, S.A.”; ESTABLECIMIENTO: “Ballena España, S.A.”; POBLACION: Las Palmas de Gran Canaria; HECHO INFRACTOR: tener abierto al público el establecimiento de referencia, careciendo de la preceptiva autorización de la Consejería de Turismo y Transportes del Gobierno de Canarias, para el desempeño de la actividad turística de agencia de viajes; FECHA INFRACCION: 28 de mayo de 1990; PRECEPTOS INFRINGIDOS: artº. 11 del Decreto 231/1987, de 18 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de las Agencias de Viajes de la Comunidad Autónoma de Canarias; CALIFICACION: muy grave.

13) Nº EXPTE.: 144/90; TITULAR: D. Ignacio Reyes Domínguez; ESTABLECIMIENTO: apartamentos “Ignacio”; POBLACION: Las Palmas de Gran Canaria; HECHO INFRACTOR: no disponer de las hojas de reclamaciones ajustadas al modelo oficial en vigor; FECHA INFRACCION: 11 de mayo de 1990; PRECEPTOS INFRINGIDOS: artº. 1º en relación con el artº. 3º.1 de la Orden de 13.11.86, de la Consejería de Turismo y Transportes del Gobierno de Canarias; CALIFICACION: grave.

Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de octubre de 1990.- El Director General de Ordenación e Infraestructura Turística, Pedro J. García Artiles.

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