Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 160. Miércoles 26 de Diciembre de 1990 - 1617

III. OTRAS RESOLUCIONES - C.la Presidencia

1617 - RESOLUCION de 10 de diciembre de 1990, de la Dirección General de Justicia e Interior, por la que se reconoce, clasifica e inscribe en el Registro de Fundaciones de Canarias, a la Fundación "Hogar Santa Rita".

Descargar en formato pdf

Visto el expediente de reconocimiento, clasificación e inscripción en el Registro de Fundaciones de Canarias, de la Fundación "Hogar Santa Rita", con domicilio en la calle Bencomo, 3, Punta Brava, Puerto de la Cruz (Tenerife).

Resultando que, mediante escritura pública de 6 de noviembre de 1990, autorizada por D. Jesús Rodilla Rodilla, Notario del Ilustre Colegio de Las Palmas, con residencia en el Puerto de la Cruz, y con el número mil trescientos dos, se procedió por parte de D. Antonio María Hernández Hernández y treinta y nueve personas más, a la constitución de la Fundación "Hogar Santa Rita", domiciliada en la calle Bencomo, 3, Punta Brava, Puerto de la Cruz (Tenerife), con ámbito territorial en la provincia de Santa Cruz de Tenerife y de duración indefinida.

Resultando que a la precitada escritura se adjuntan los Estatutos de la Fundación, cuyo tenor literal consta en la certificación, también protocolizada.

Resultando que el objeto de la Fundación consiste en la acogida en sus instalaciones o el apoyo preciso, a los ancianos que sufran soledad o falta de amor familiar o que vivan en condiciones impropias de un ser humano, en su vivienda o en torno a la misma. También a aquella persona en que se den estas condiciones, con independencia de no ser de edad avanzada.

Resultando que se establecen los órganos de gobierno de la Fundación, su composición y las reglas para la designación de sus miembros, la duración de sus cargos y sus atribuciones.

Resultando que se designan miembros del primer patronato a los siguientes señores: Presidente, D. Antonio María Hernández Hernández; Vicepresidente, D. Antonio González Hernández; Tesorero, D. Pedro Francisco García Amador; Secretaria, Dña. Gabriela Abrante Real; Vocales, Sor Margarita Cardona Zapata, D. Carlos Acosta Rivero, D. Carlos Hernández Sacramento, Dña. Lourdes Rivero Mederos y Dña. Julia Rodríguez Díaz. Resultando que dichos señores aceptan sus cargos.

Vista la Ley 1/1990, de 29 de enero, de Fundaciones Canarias.

Considerando que es competente el titular de la Dirección General de Justicia e Interior para reconocer, clasificar y disponer la inscripción, en su caso, de las Fundaciones Canarias.

Considerando que la carta fundacional y los Estatutos reúnen los requisitos exigidos en la legislación citada, considerándose como benéfico-asistencial, dado que su objetivo es la acogida en sus instalaciones o el apoyo preciso a ancianos que sufran soledad.

Considerando que el domicilio de la Fundación ha quedado establecido en el Puerto de la Cruz, calle Bencomo, 3, de Punta Brava, que los miembros del patronato aceptan sus cargos y que su capital inicial es de cuatrocientas mil pesetas.

Considerando que por los Servicios Jurídicos de la Presidencia del Gobierno se ha emitido el preceptivo dictamen, que prevé el artículo 84.1.k) del Decreto 462/1985, de 14 de noviembre.

En su virtud, y en uso de las facultades que me están conferidas por el artículo 122.3 del Decreto 462/1985, de 14 de noviembre, y el artículo 8 de la Orden de 9 de abril de 1986.

R E S U E L V O:

Reconocer y clasificar como Fundación Benéfico-Asistencial a la Fundación "Hogar Santa Rita", domiciliada en la calle Bencomo, 3, Punta Brava, Puerto de la Cruz (Tenerife), y ordenar su inscripción en el Registro de Fundaciones de Canarias con el número 25.

Santa Cruz de Tenerife, a 10 de diciembre de 1990.- El Director General de Justicia e Interior, Antonio Cruz Caballero.

© Gobierno de Canarias