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R E S U E L V O:
Primero.- Notificar a D. Oscar Rodríguez Molina la Propuesta de Resolución recaída en el expediente que ha sido instruido, por infracción de la legislación en materia sanitaria.
El interesado podrá alegar cuanto considere conveniente a su derecho en el plazo de ocho días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Propuesta de Resolución, ante la Dirección Territorial de Salud de la Consejería de Sanidad, Trabajo y Servicios Sociales.
Segundo.- Remitir al Ayuntamiento de la población que se cita, la presente Propuesta de Resolución para su publicación en el tablón de edictos correspondiente.
Nē EXPTE.: 161/90; TITULAR: D. Oscar Rodríguez Molina; POBLACION: Las Palmas de Gran Canaria; HECHOS INFRACTORES: venta de productos (empanadillas y croquetas) que en el momento de la inspección se encuentran en congelador y se despachan como comidas para llevar precocinadas, sin etiqueta que contenga las fechas preceptivas; PRECEPTOS INFRINGIDOS: el artē. 1ē del Real Decreto 1.122/1988, de 23 de septiembre, en relación con el artē. 35.A).1 de la Ley General de Sanidad 14/1986, de 25 de abril; SANCION: leve; CUANTIA: diez mil (10.000) pesetas.
Santa Cruz de Tenerife, a 12 de diciembre de 1990.- El Secretario General Técnico, José M. de la Viuda Pérez.
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