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Se pone en conocimiento general, en cumplimiento de lo preceptuado en el artº. 10º de la Ley 23/1984, de 25 de junio, de Cultivos Marinos (B.O.E. nº 153, de 27.6.84), que en la Dirección General de Pesca de esta Consejería ha sido presentado un proyecto de instalación de cultivos marinos por Cultivos Marinos Neptuno, S.L., consistiendo el mismo en fondear 80 jaulas flotantes en el mar inmediato a la costa de Igueste y en la ensenada de Zapata, en las aguas del noroeste de la isla de Tenerife, destinadas al engorde de peces (Doradas y Lubinas), para lo cual solicitan una concesión administrativa por diez años en dos superficies marinas de dominio público de 75.000 m2 cada una, delimitándose por las siguientes coordenadas geográficas:
ZONA I (COSTA IGUESTE)
LATITUD LONGITUD
28º 31 7,7 N 16º 9 2,4 W 28º 31 12,4 N 16º 9 1,6 W 28º 31 9,6 N 16º 8 43,1 W 28º 31 4,9 N 16º 8 44,0 W
ZONA 2 (ENSENADA DE ZAPATA)
LATITUD LONGITUD
28º 31 37,0 N 16º 8 7,6 W 28º 31 39,8 N 16º 8 11,8 W 28º 31 53,5 N 16º 8 1,5 W 28º 31 50,4 N 16º 9 1,6 W
Lo cual se hace público a efectos de que todas aquellas entidades y personas (físicas y jurídicas) que lo estimen puedan formular las peticiones y observaciones que crean convenientes, o bien emitir informe respecto al expresado proyecto, a cuyas finalidades se concede un plazo de 30 días naturales, a partir de la fecha de publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de Canarias, encontrándose el proyecto en las dependencias de la Dirección General de Pesca del Gobierno de Canarias (Edificio de Usos Múltiples, 3ª planta, Plaza de los Derechos Humanos, Las Palmas de Gran Canaria), a disposición de quienes tengan interés en examinarlo, así como a efectos de la remisión de informes y escritos al respecto.
Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de octubre de 1990.- El Director General de Pesca, Felipe Perdomo Torres.
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