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BOC Nº 153. Lunes 10 de Diciembre de 1990 - 1382

VI. ANUNCIOS - Otros anuncios - C.Obras Públicas, Vivienda y Aguas

1382 - RESOLUCION de 12 de noviembre de 1990, de la Dirección General de Vivienda, por la que se hace público Acuerdo de la Comisión de Vivienda, que aprueba la "Relación definitiva de adjudicatarios" y "Relación para posibles vacantes", para las 10 viviendas en Arico (Tenerife), expediente TF-88/090.

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Visto el Acuerdo de la Comisión de Vivienda de 9 de noviembre de 1990.

Considerando que el artº. 14.1 del Decreto 63/1989, de 25 de abril, de adjudicación de viviendas de promoción pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, establece que la "Lista definitiva" por cupos, junto con la "Relación para posibles vacantes", sean publicadas en el Boletín Oficial de Canarias.

Visto el precepto citado y demás en general y especial aplicación.

R E S U E L V O:

Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de Canarias, del Acuerdo de la Comisión de Vivienda, por el que se aprueba la "Relación definitiva de adjudicatarios" y "Relación para posibles vacantes", correspondientes a las 10 viviendas en Arico, expediente TF-88/090, cuyo texto figura como anexo.

Santa Cruz de Tenerife, a 12 de noviembre de 1990.- El Director General de Vivienda, Pte. en funciones de la Comisión, Rafael L. Pedrero Manchado.

A N E X O

La Comisión de Vivienda, reunida en sesión de 9 de noviembre de 1990, de conformidad con lo establecido en los artículos 13.3 y 14.2 del Decreto 63/1989, de 25 de abril, que dispone la adjudicación de viviendas de promoción pública, acordó aprobar la "Relación definitiva de adjudicatarios" y "Relación para posibles vacantes", correspondientes a las 10 viviendas en la Villa de Arico, expediente TF-88/090.

El presente Acuerdo pone fin a la vía administrativa y frente al mismo podrá interponerse, previa y preceptivamente recurso de reposición ante la Comision de Vivienda en el plazo de un mes a partir de su publicación en el B.O.C., y contra el Acuerdo resolutorio del recurso de reposición cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la notificación de dicho Acuerdo resolutorio si es expreso, y si no lo fuere, el plazo será de un año a contar desde la fecha de interposición del recurso de reposición, según lo establecido en el artículo 58 y concordantes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1957.

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