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BOC Nº 153. Lunes 10 de Diciembre de 1990 - 1527

III. OTRAS RESOLUCIONES - C.la Presidencia

1527 - DECRETO 221/1990, de 8 de noviembre, por el que se declara urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa iniciada por el Cabildo Insular de Tenerife, con motivo de la realización de la obra incluida en el proyecto "Saneamiento de firme y urbanización de márgenes en la TF-4113, de La Laguna a Llano del Moro, fase II (Tenerife).

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Examinado el expediente tramitado a instancia del Cabildo Insular de Tenerife, para declarar urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa iniciada con motivo de la realización de la obra del proyecto "Saneamiento del firme y urbanización de márgenes en la TF-4113, de La Laguna a Llano del Moro, fase II", y teniendo en cuenta la acreditación que de los requisitos exigidos para aprobar tal declaración se hace en dicho expediente, como son:

1.- La necesidad de la ocupación de los bienes y derechos afectados por su destino al uso público y la urgencia en dotar a dicha carretera de una plataforma adecuada a la condición urbana de la vía, reduciendo el firme y el drenaje y urbanizando los márgenes, mejorando así el alto porcentaje de peligrosidad peatonal existente en la zona.

2.- La definición y situación de los bienes y derechos afectados por las obras resultan idóneas para el objeto pretendido, según se desprende del expediente aportado por el Cabildo.

3.- Se ha oído a los titulares de los bienes y derechos afectados en el periodo de información pública (Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife de 22 de junio de 1990), no habiéndose podido practicar individualmente las notificaciones al desconocerse los domicilios de los afectados, supliéndose tal carencia al haberse realizado la notificación simultáneamente por edicto en el B.O.P. y en el tablón de anuncios de los Ayuntamientos de La Laguna, Santa Cruz de Tenerife y El Rosario, sin que se produjeran reclamaciones ni recursos.

En el ejercicio de la competencia prevista en el apartado B.4.3 del anexo I del Real Decreto 2.613/1982, de 24 de julio, y los artículos 94 y 110 del Decreto 462/1985, de 14 de noviembre, del Gobierno de Canarias, en relación con los artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y 56 de su Reglamento, a propuesta del Consejero de la Presidencia y previa deliberación del Gobierno en su reunión celebrada el día 8 de noviembre de 1990.

SE ACUERDA

Uno.- Declarar, a solicitud del Cabildo Insular de Tenerife, urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa iniciada con motivo de la ejecución de la obra del proyecto "Saneamiento del firme y urbanización de márgenes en la TF-4113, de La Laguna a Llano del Moro, fase II" (Tenerife).

Los bienes y derechos cuya ocupación se declara urgente quedan descritos, de forma individualizada y con indicación de sus titulares en el anexo del presente Decreto.

Dos.- Los interesados podrán formular ante el organismo expropiante y hasta el momento del Levantamiento de las correspondientes Actas Previas, alegaciones a los únicos efectos de subsanar posibles errores materiales en la enumeración o descripción de los bienes o derechos afectados.

Tres.- Contra el presente acto de trámite en el procedimiento de expropiación podrá interponerse recurso de reposición ante el Gobierno en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación. Y contra su desestimación cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la notificación del Acuerdo resolutorio del recurso de reposición, si éste fuera expreso, o de un año desde su interposición, si no lo fuese expresamente.

Dado en Santa Cruz de Tenerife, a 8 de noviembre de 1990.

EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO, Lorenzo Olarte Cullen.

EL CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA, Vicente Alvarez Pedreira.

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