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BOC Nº 141. Lunes 12 de Noviembre de 1990 - 1372

III. OTRAS RESOLUCIONES - C.Economía y Comercio

1372 - ORDEN de 25 de octubre de 1990, por la que se aprueban las tarifas de agua de abastecimiento a poblaciones, presentadas por el Ayuntamiento de Tacoronte.

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Vista la petición formulada por el Ayuntamiento de Tacoronte, en solicitud de aumento de tarifas de agua de abastecimiento a poblaciones.

R E S U L T A N D O

Que el expediente fue sometido a informe de la Comisión Territorial de Precios de Santa Cruz de Tenerife, que lo emitió en sesión ordinaria celebrada el día 25 de octubre de 1990, en el sentido de dictaminar favorablemente las siguientes tarifas de agua de abastecimiento que suministra el Ayuntamiento de Tacoronte:

USO DOMESTICO

Mínimo al trimestre hasta 14 m3 1.050 ptas. Desde 14 m3 a 75 m3 78 ptas./ m3. Desde 76 m3 a 90 m3 138 ptas./ m3. Más de 90 m3 450 ptas./ m3.

USO INDUSTRIAL

Mínimo al trimestre, según la siguiente escala, para cada calibre de contador:

3/4 de pulgada hasta 27 m3 3.240 ptas. 1 pulgada hasta 40,5 m3 4.866 ptas. 11/2 pulgada hasta 67,5 m3 8.100 ptas. 2 pulgadas hasta 102 m3 12.240 ptas.

Por exceso de los mínimos se cobrará por cada m3 140 ptas. En el caso de que existan piscinas en el domicilio de los abonados que se llenen con aguas municipales, pagarán por cada m3 500 ptas.

C O N S I D E R A N D O

Que el presente expediente ha sido tramitado con sujeción al procedimiento establecido en el Real Decreto 2.695/1977, de 28 de octubre, en relación con el Real Decreto 2.226/1977, de 27 de julio, y la Orden de 30 de septiembre del mismo año.

Vistos la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y el Real Decreto-Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones concordantes de general y especial aplicación,

D I S P O N G O:

Autorizar al Ayuntamiento de Tacoronte las tarifas de agua de abastecimiento a poblaciones solicitadas, las cuales quedarán establecidas en las cuantías anteriormente expresadas a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, y su aplicación se realizará de forma escalonada.

Contra la presente disposición cabrá interponer recurso de reposición previo al contencioso-administrativo, ante el propio órgano que la dictó, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, de acuerdo con lo establecido en el artículo 126 de la Ley de Procedimiento Administrativo y en el artículo 52 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Las Palmas de Gran Canaria, a 25 de octubre de 1990.

EL CONSEJERO DE ECONOMIA Y COMERCIO, PRESIDENTE DE LA COMISION TERRITORIAL DE PRECIOS, Luis Hernández Pérez.

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