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Se hace saber a la empresa operadora "Surilex, S.A.", que se halla en ignorado paradero, que se ha dictado providencia por la que se incoa expediente sancionador nº 101/90, por infracción a la Ley 6/1985, de 30 de diciembre, reguladora de los Juegos y Apuestas en Canarias, y formulado el correspondiente Pliego de Cargos, por encontrarse instalada en el bar Avenida la máquina recreativa tipo "B", modelo B-1802, serie D-1461, permiso GC-B/9625-89, no presentando incorporada el distintivo del pago de la Tasa Fiscal del primer semestre de este año y careciendo el local del Libro de Reclamaciones y del ejemplar del Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad Autónoma de Canarias, lo que constituye una infracción a lo dispuesto en los artos 30.1.d) y 31.1.1 apartados c) y d) del Decreto 93/1988, de 31 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad Autónoma de Canarias, en relación con los artículos 40.4 y 41.3 del mismo.
De acuerdo con el artº. 43, del citado Reglamento, se le concede el plazo de ocho días hábiles, a partir del siguiente al recibo de este escrito, para que pueda formular en su descargo las alegaciones que tuviere por conveniente a la defensa de su derecho.
Las Palmas de Gran Canaria, a 23 de octubre de 1990.- El Director General de Justicia e Interior, Antonio Cruz Caballero.
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