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Se hace saber a "Playame, S.A.", con N.I.F. nº 38.207.205, titular de la empresa operadora nº 461, que se halla en ignorado paradero, que se ha dictado Propuesta de Resolución en el expediente sancionador incoado por la Dirección General de Justicia e Interior, Consejería de la Presidencia, con el nº 108/90, por infracción a la normativa vigente sobre el juego, proponiéndose una sanción de quinientas mil pesetas por la instalación y funcionamiento de la máquina recreativa tipo "A", TF-A-6579, modelo A-0792, serie A-1024, al carecer del Boletín de Instalación. Asimismo, el local carece del Libro de Reclamaciones y Reglamento del Juego. De acuerdo con lo establecido en el artº. 137.1 de la vigente Ley de Procedimiento Administrativo, se le concede un plazo de 8 días hábiles, a contar del siguiente al de la publicación del presente anuncio, para que pueda alegar cuanto considere en su defensa.
Santa Cruz de Tenerife, a 19 de octubre de 1990.- El Director General de Justicia e Interior, Antonio Cruz Caballero.
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