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BOC Nº 137. Viernes 2 de Noviembre de 1990 - 1319

III. OTRAS RESOLUCIONES - C.Obras Públicas, Vivienda y Aguas

1319 - ORDEN de 4 de octubre de 1990, por la que se dispone el cumplimiento de la Sentencia dictada por la Sala Tercera del Tribunal Supremo, recaída en recurso de apelación nº 1673/88, interpuesto por D. Hilario Torres Yánez.

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En el recurso de apelación nº 1673/88, seguido por D. Hilario Torres Yánez contra la Sentencia dictada en el contencioso-administrativo 381/87 de la Audiencia Territorial de Las Palmas, versando sobre sanción impuesta al recurrente por supuesta infracción del Reglamento de Policía de Aguas y sus cauces, se ha dictado por el Tribunal Supremo, con fecha 26 de julio de 1990, Sentencia cuya dispositiva, literalmente, dice:

"Fallo:

Que estimando en parte y en parte desestimando el recurso de apelación interpuesto por la representación de D. Hilario Torres Yánez, contra la Sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Territorial de Las Palmas que desestimaba el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el expresado apelante contra la Orden Departamental del Consejero de Obras Públicas del Gobierno de Canarias, de 20 de abril de 1987, que confirmaba en reposición la anterior Orden de la misma autoridad de 21 de enero de 1987, confirmatorio a su vez en alzada de la Resolución de la Dirección General del Agua, de 30 de septiembre de 1987, debemos confirmar en parte y en parte revocamos la Sentencia apelada y declaramos conforme a Derecho el pronunciamiento de la última Resolución reseñada, que obliga al apelante a elevar la bomba de extracción de agua del pozo a que este recurso se refiere hasta los 96 metros medidos desde la solera del brocal del pozo, hasta que se resuelva el expediente de rehabilitación con nueva concesión de los 250 metros de pozo declarados clandestinos; y la revocamos declarando nulo el pronunciamiento relativo a la imposición de una sanción de 10.000 pesetas. Sin hacer expresa condena en las costas causadas.

Así, por esta nuestra Sentencia, que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y se insertará en la Colección Legislativa, definitivamente juzgando lo pronunciamos, mandamos y firmamos."

Esta Consejería, de conformidad con lo dispuesto en los artos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la referida Sentencia, por lo que a este Departamento respecta.

Las Palmas de Gran Canaria, a 4 de octubre de 1990.

EL CONSEJERO DE OBRAS PUBLICAS, VIVIENDA Y AGUAS, Ildefonso Chacón Negrín.

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