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BOC Nº 125. Viernes 5 de Octubre de 1990 - 1039

VI. ANUNCIOS - Otros anuncios - C.Turismo y Transportes

1039 - RESOLUCION de 3 de septiembre de 1990, de la Dirección General de Transportes, sobre notificación de Resoluciones sancionadoras a titulares de vehículos de ignorado domicilio.

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No teniendo constancia esta Dirección General del domicilio de los titulares de los vehículos que se relacionan, y siendo preciso notificarles la Resolución sancionadora recaída en el expediente incoado con motivo de infracciones a la normativa de transportes por carretera, y haciendo uso de la facultad contemplada en el artº. 80.3 de la Ley de Procedimiento Administrativo,

R E S U E L V O:

1.- Notificar a los titulares de los vehículos que se citan, las Resoluciones que han recaído en los expedientes sancionadores instruidos en esta Dirección General, por infracciones a la legislación de transportes por carretera.

Contra las Resoluciones que por la presente se notifican, podrá interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Turismo y Transportes del Gobierno de Canarias, en el plazo de quince días contados a partir de la publicación de esta Resolución.

2.- Remitir a los Ayuntamientos de las poblaciones que se citan, la presente Resolución para su publicación en el tablón de edictos correspondiente.

1) TITULAR: José Gómez Bermúdez; Nº EXPTE.: GC-90-8-1951-O; POBLACION: Las Palmas de Gran Canaria; MATRICULA: GC-5350-AH; INFRACCION: artº. 90 LOTT, artº. 59 ROT (B.O.E. 12.1.50), Orden Ministerial 16.5.50 (B.O.E. 1.6.50), artº. 140.a) Ley 16/1987, de 30.7; CUANTIA: 250.000 ptas., precintado 3 meses; HECHO INFRACTOR: realizar un transporte discrecional de viajeros sin autorización.

2) TITULAR: José Gómez Bermúdez; Nº EXPTE.: GC-89-7-1966-O; POBLACION: Las Palmas de Gran Canaria; MATRICULA: GC-5350-AH; INFRACCION: artº. 90 LOTT, artº. 59 ROT (B.O.E. 12.1.50), Orden Ministerial 16.5.50 (B.O.E. 1.6.50), artº. 140.a) Ley 16/1987, de 30.7; CUANTIA: 250.000 ptas., precintado 3 meses; HECHO INFRACTOR: realizar un transporte discrecional de viajeros sin autorización.

3) TITULAR: Premezclados Canarios, S.A.; Nº EXPTE.: GC-89-12-2012-O; POBLACION: Las Palmas de Gran Canaria; MATRICULA: GC-8443-AF; INFRACCION: artº. 103 LOTT, artº. 140.h) en relación con el artº. 141.h) Ley 16/1987, de 30.7; CUANTIA: 250.000 ptas.; HECHO INFRACTOR: carecer de la tarjeta de transportes.

4) TITULAR: Mª Martel Sánchez; Nº EXPTE.: GC-90-2-367-O; POBLACION: Agüimes; MATRICULA: GC-9752-AM; INFRACCION: artº. 103 LOTT, artº. 141.b) Ley 16/1987, de 30.7; CUANTIA: 41.000 ptas.; HECHO INFRACTOR: carecer de la tarjeta de transportes en servicio particular.

5) TITULAR: Felipe Segura Segura; Nº EXPTE.: GC-90-3-617-O; POBLACION: Santa Lucía de Tirajana; MATRICULA: GC-6876-AK; INFRACCION: artº. 32 ROT (B.O.E. 12.1.50), Orden Ministerial 16.5.50 (B.O.E. 1.6.50), artº. 142.b) Ley 16/1987, de 30.7; CUANTIA: 5.000 ptas.; HECHO INFRACTOR: no llevar a bordo la tarjeta de transportes.

6) TITULAR: Aniceto Sánchez Robaina; Nº EXPTE.: GC-90-4-881-O; POBLACION: Valsequillo; MATRICULA: GC-5356-Z; INFRACCION: artº. 2.2 Real Decreto 2.025/1984 (B.O.E. 14.11.84), artº. 141.c) Ley 16/1987, de 30.7; CUANTIA: 50.000 ptas.; HECHO INFRACTOR: recoger viajeros fuera del término municipal para el que está autorizado. 7) TITULAR: Francisco Quintana Díaz; Nº EXPTE.: GC-90-5-115-O; POBLACION: Las Palmas de Gran Canaria; MATRICULA: GC-1252-AH; INFRACCION: artº. 2.2 Real Decreto 2.025/1984 (B.O.E. 14.11.84), artº. 141.c) Ley 16/1987, de 30.7; CUANTIA: 50.000 ptas.; HECHO INFRACTOR: recoger viajeros fuera del término municipal para el que está autorizado.

8) TITULAR: Francisco Quintana Díaz; Nº EXPTE.: GC-90-6-1149-O; POBLACION: Las Palmas de Gran Canaria; MATRICULA: GC-1252-AH; INFRACCION: artº. 2.2 Real Decreto 2.025/1984 (B.O.E. 14.11.84), artº. 141.c) Ley 16/1987, de 30.7; CUANTIA: 50.000 ptas.; HECHO INFRACTOR: recoger pasajeros fuera del término municipal para el que está autorizado.

Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de septiembre de 1990.- El Director General de Transportes, Fernando Pérez Navarro.

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