No teniendo constancia esta Dirección General del domicilio de los titulares de los establecimientos y actividades turísticas que se relacionan, y siendo preciso notificarles el oportuno Pliego de Cargos como consecuencia de las denuncias o Actas de Inspección formuladas contra ellos, a los efectos de que aleguen lo que a su derecho convenga, y conforme al artº. 80.3 de la Ley de Procedimiento Administrativo,
R E S U E L V O:
1.- Notificar a los titulares de los establecimientos y actividades turísticas que se citan, los cargos que se especifican en el expediente que les ha sido instruido en esta Dirección General, por infracción a la legislación en materia turística.
Los interesados disponen de un plazo de ocho días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución, para manifestar por escrito lo que a su derecho o interés convenga, aportando o proponiendo las pruebas de que, en su caso, intenten valerse.
2.- Remitir al Ayuntamiento de las poblaciones que se citan, la presente Resolución para su publicación en el tablón de edictos correspondiente.
1) Nº EXPTE.: 267/89; TITULAR: D. Peter Legenstein; ESTABLECIMIENTO: apartamentos "Maravilla"; POBLACION: La Oliva-Fuerteventura; HECHO INFRACTOR: realizar la actividad de alojamiento, en la modalidad turística de apartamento en el establecimiento de referencia, compuesto por 3 unidades alojativas, careciendo de la preceptiva autorización de este organismo; FECHA INFRACCION: 10 de julio de 1989; PRECEPTOS INFRINGIDOS: artº. 8 y 12.1 del Decreto 23/1989, de 15 de febrero, sobre Ordenación de Apartamentos Turísticos; CALIFICACION: muy grave.
2) Nº EXPTE.: 290/89; TITULAR: D. Gregorio Martínez Tomás; ESTABLECIMIENTO: apartamentos "Paz"; POBLACION: Mogán; HECHO INFRACTOR: realizar la actividad de alojamiento, en la modalidad turística de apartamento en el establecimiento de referencia, compuesto por 7 unidades alojativas, careciendo de la preceptiva autorización de apertura de este organismo; FECHA INFRACCION: 8 de agosto de 1989; PRECEPTOS INFRINGIDOS: artº. 12.1 del Decreto 23/1989, de 15 de febrero, sobre Ordenación de Apartamentos Turísticos; CALIFICACION: muy grave. Las Palmas de Gran Canaria, a 17 de septiembre de 1990.- El Director General de Ordenación e Infraestructura Turística, Pedro J. García Artiles.
© Gobierno de Canarias