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Por Orden de este Departamento, de 26 de marzo de 1990 (B.O.C. nº 41, de 4.4.90), se convocaron solicitudes de subvenciones para alumbrados públicos municipales, y por Orden de 5 de junio de 1990 fueron ampliados los créditos de la anterior Orden, estableciéndose en su artículo 1º que existía crédito para ello con cargo a las partidas 90.15.04.731A.750.00, P.I.: 89.7154.01 y 90.22.01.731A.750.00, P.I.: 90.7154.02; y en su artículo 2º que el importe total de los créditos disponibles para atender las peticiones de los Ayuntamientos ascendía a doscientos cincuenta y cinco millones (255.000.000) de pesetas.
Ante la posibilidad de incrementar dichos créditos y a la vista de las solicitudes presentadas, se considera conveniente aumentar la dotación de los créditos previstos para este fin.
En su virtud, a propuesta del Director General de Política Energética,
D I S P O N G O:
Artículo único.- Se modifica el artículo 2º de la citada Orden de 5 de junio de 1990, estableciéndose el importe total de los créditos disponibles para atender las peticiones de los Ayuntamientos en doscientos setenta millones (270.000.000) de pesetas.
Santa Cruz de Tenerife, a 20 de septiembre de 1990.
EL CONSEJERO DE INDUSTRIA Y ENERGIA, Antonio Doreste Armas.
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