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En cumplimiento de las funciones en materia de depósito de estatutos de organizaciones profesionales, transferidas a la Comunidad Autónoma de Canarias mediante Real Decreto 661/1984, de 25 de enero, se hace público que, en esta Dirección General de Trabajo, y a las 13 horas y 10 minutos del día 8 de agosto de 1990 se han recibido -remitidos por la Dirección Territorial de Trabajo de Las Palmas, donde fueron presentados a las 11 horas del día 2 de agosto de 1990- los estatutos de la organización profesional denominada "Federación Sindical Canaria".
Asimismo se hace público que, previo requerimiento de esta Dirección General, se ha recibido en este Centro Directivo, el día 24 de agosto de 1990, escrito en que se recoge la redacción de un nuevo artículo, con el número 24, de los estatutos de la citada organización. La documentación anteriormente referida queda en depósito en esta Dirección General.
Los ámbitos territorial y funcional de la Federación Sindical Canaria vienen constituidos respectivamente por la Comunidad Autónoma de Canarias y por los trabajadores asalariados, trabajadores en paro, pensionistas y jubilados, y trabajadores autónomos que no tengan trabajadores asalariados por su cuenta.
Fija su domicilio en la calle Bravo Murillo, 13, 2º, interior derecha, de Las Palmas de Gran Canaria.
Son sus promotores y firmantes del Acta de constitución D. Braulio Romero Molero y D. Miguel Redondo Iribarren.
Santa Cruz de Tenerife, a 29 de agosto de 1990.- El Director General de Trabajo, Luis F. Jara González.
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