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BOC Nº 118. Miércoles 19 de Septiembre de 1990 - 1144

I. DISPOSICIONES GENERALES - C.Hacienda

1144 - DECRETO 158/1990, de 14 de agosto, por el que se modifican los tipos de gravamen de las gasolinas incluidos en la partida 27.10 del Arancel Integrado de Aplicación (TARIC), del Impuesto Especial de la Comunidad Autónoma de Canarias sobre combustibles derivados del petróleo.

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Como consecuencia de oscilaciones producidas en los precios del crudo de petróleo importado en Canarias se hace necesario establecer el ajuste de los tipos de gravamen afectados, de tal manera que manteniendo los precios al consumidor no se produzcan beneficios injustificados a los vendedores mayoristas de combustibles, y sin que tal modificación de tipos supere el 30% a que se refiere la Disposición Adicional Primera de la Ley Territorial 5/1986, de 28 de julio.

En su virtud, en uso de la autorización contenida en la Disposición Adicional Primera de la Ley Territorial 5/1986, de 28 de julio, del Impuesto Especial de la Comunidad Autónoma de Canarias sobre combustibles derivados del petróleo, a propuesta del Consejero de Hacienda, previo dictamen del Consejo Consultivo y deliberación del Gobierno en su reunión del día 14 de agosto de 1990.

D I S P O N G O:

Artículo uno.- El tipo de gravamen de la tarifa primera del Impuesto Especial sobre combustibles derivados del petróleo de la Comunidad Autónoma de Canarias, aplicables a las gasolinas incluidas en el código 27.10 del Arancel Integrado de Aplicación (TARIC), se fija en 23.000 pesetas/m3 para las gasolinas, excepto las gasolinas con bajo contenido en plomo incluidas en el código 27.10.00.33.0.00H, cuyo tipo de gravamen se fija en 18.000 pesetas/m3.

Artículo dos.- Por la Consejería de Hacienda se dictarán las disposiciones sobre desarrollo y ejecución del presente Decreto en orden a los ajustes fiscales y procedimientos de gestión tributaria.

DISPOSICION FINAL

El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Dado en Santa Cruz de Tenerife, a 14 de agosto de 1990. EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO, Lorenzo Olarte Cullen.

EL CONSEJERO DE HACIENDA, José M. González Hernández.

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