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Visto el testimonio de la Sentencia, declarada firme, dictada el 9 de julio de 1990 por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en Santa Cruz de Tenerife, en el recurso nº 37/89 interpuesto por la Confederación Sindical Independiente de Funcionarios (CSIF) contra el Decreto 170/1988, de 10 de noviembre, que modificó la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
"Fallamos:
Desestimar el recurso, por ajustarse a Derecho el acto impugnado, sin expresa condena en costas." Vistos los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y demás normas de general aplicación.
El Consejero de la Presidencia, en uso de las facultades que tiene legalmente reconocidas.
R E S U E L V E:
Cumplir en sus propios términos la referida Sentencia, lo que se hará público en el Boletín Oficial de Canarias para general conocimiento.
Santa Cruz de Tenerife, a 31 de agosto de 1990.
EL CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA, Vicente Alvarez Pedreira.
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