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Resultando que, en las correspondientes propuestas del Servicio de Inspección Educativa y de las Direcciones Territoriales de Educación de Santa Cruz de Tenerife y de Las Palmas, se justifica la necesidad de adaptar la composición de los centros docentes a las unidades de Preescolar, Educación General Básica y Pedagogía Terapéutica que han de funcionar en el curso 1990/91, publicadas en la Orden de 1 de junio de 1990 (B.O.C. nš 70, de 6.6.90).
Esta Consejería de Educación, Cultura y Deportes ha dispuesto:
Modificar la composición de los colegios de Educación General Básica y Preescolar que figuran en el anexo.
Santa Cruz de Tenerife, a 17 de agosto de 1990.
EL CONSEJERO DE EDUCACION,
CULTURA Y DEPORTES,
Juan M. García Ramos.
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