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Visto lo dispuesto en el artículo 23.j) del Decreto 462/1985, de 14 de noviembre,
D I S P O N G O:
Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de Canarias, a efectos de su ejecución, del Acuerdo adoptado por la Diputación Permanente del Parlamento de Canarias, en sesión celebrada el día 31 de julio de 1990, por el que se autoriza un Crédito Extraordinario por importe de 5.503.500.000 pesetas y un Suplemento de Crédito por importe de 4.196.500.000 pesetas.
Santa Cruz de Tenerife, a 2 de agosto de 1990.
EL PRESIDENTE
DEL GOBIERNO,
Lorenzo Olarte Cullen.
D. Eugenio Cabrera Montelongo, Secretario Primero del Parlamento de Canarias,
Certifica: que la Diputación Permanente, en sesión celebrada el día 31 de julio de 1990, debatió la solicitud del Gobierno de autorización de Crédito Extraordinario por importe de 5.503.500.000 pesetas, y un Suplemento de Crédito por importe de 4.196.500.000 pesetas, y adoptó el siguiente
A C U E R D O
“Uno.- Autorizar un Crédito Extraordinario a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 1990, aprobados por Ley 14/1989, de 26 de diciembre, por un importe de cinco mil quinientos tres millones quinientas mil (5.503.500.000) pesetas, con destino a la financiación de acciones puntuales y urgentes para el fomento de sectores económicos en crisis en el Archipiélago Canario, de acuerdo al detalle del anexo I del presente Acuerdo.
La cobertura del mencionado Crédito Extraordinario será con cargo a Remanentes de Tesorería derivado de la liquidación de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 1989, con la siguiente aplicación económica:
COBERTURA
ESTADO DE INGRESOS
CAPITULO ARTICULO CONCEPTO IMPORTE
8 87 870.00 5.503.500.000
APLICACION
ESTADO DE GASTOS
Según anexo I a este Acuerdo.
Dos.- Autorizar un Suplemento de Crédito a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 1990, aprobados por Ley 14/1989, de 26 de diciembre, por un importe de cuatro mil ciento noventa y seis millones quinientas mil (4.196.500.000) pesetas, con destino a la financiación de las acciones complementarias, que se detallan en el anexo II del presente Acuerdo.
La cobertura del mencionado Suplemento de Crédito será con cargo a Remanentes de Tesorería derivados de la liquidación de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 1989, con la siguiente aplicación económica.
COBERTURA
ESTADO DE INGRESOS
CAPITULO ARTICULO CONCEPTO IMPORTE
8 87 870.00 4. 196.500.000
APLICACION
ESTADO DE GASTOS
Según anexo II a este Acuerdo.”
Y para que conste y surta los efectos oportunos, expido la presente, con el visto bueno del Excmo. Sr. Presidente.
En la Sede del Parlamento, a 31 de julio de 1990.
EL SECRETARIO,
Eugenio Cabrera Montelongo.
Vº. Bº.: EL PRESIDENTE,
Victoriano Ríos Pérez.
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