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Visto el expediente relativo a la modificación de las Normas Subsidiarias de La Laguna, zona centro, en las unidades de actuación números 9 y 20.
Resultando que, aprobada la modificación provisionalmente por el Ayuntamiento, la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias emite informe favorable mediante Acuerdo adoptado el 13 de junio de 1990.
Considerando que se han cumplido los trámites legal y reglamentariamente exigibles.
Considerando que es competente esta Consejería para resolver, conforme a lo establecido en el artículo 18.2 del Decreto Territorial 16/1986, de 24 de enero.
En su virtud,
D I S P O N G O:
Primero.- Aprobar definitivamente la modificación de las Normas Subsidiarias de La Laguna, zona centro, en las unidades de actuación números 9 y 20, en los mismos términos de su aprobación provisional.
Segundo.- Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Contra la presente Orden podrá interponerse recurso de reposición en el plazo de un mes ante el titular de la Consejería de Política Territorial.
Santa Cruz de Tenerife, a 16 de julio de 1990.
EL CONSEJERO DE POLITICA TERRITORIAL, Augusto Menvielle Laccourreye.
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