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No teniendo constancia esta Secretaría General Técnica del domicilio de D. Keum Seo Moon, y siendo preciso notificarle la Resolución correspondiente al expediente incoado contra el mismo, conforme al artº. 80.3 de la Ley de Procedimiento Administrativo, R E S U E L V O:
Primero: notificar a D. Keum Seo Moon la Resolución recaída en el expediente que ha sido instruido, por infracción de la legislación sanitaria.
Contra la Resolución que por la presente se le notifica, podrá interponer recurso de alzada ante la Dirección General de Salud Pública, en el plazo de 15 días, contados a partir de la publicación de esta Resolución.
Segundo: remitir al Ayuntamiento de la población que se cita, la presente Resolución para su publicación en el tablón de anuncios correspondiente.
TITULAR: D. Keum Seo Moon; Nº EXPTE.: 232/89; POBLACION: Las Palmas de Gran Canaria; INFRACCION: artículos 20.3 y 5, 6º.2 y 4º.3, del Real Decreto 2.817/1983, de 13 de octubre, y 2.505/1983, de 4 de agosto, en su artículo 3º.a) en relación con el artículo 35.a.1 de la Ley General de Sanidad 14/1986, de 25 de abril; SANCION: leve; CUANTIA: cuarenta mil (40.000) pesetas. Santa Cruz de Tenerife, a 6 de julio de 1990.- El Secretario General Técnico, José M. de la Viuda Pérez.
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