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BOC Nº 088. Lunes 16 de Julio de 1990 - 862

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - C.Educación, Cultura y Deportes

862 - RESOLUCION de 12 de julio de 1990, de la Dirección General de Personal, por la que se hace pública convocatoria para cubrir, en régimen de comisión de servicio, puestos de trabajo para el curso 1990/91 en el Gabinete para la Reforma de las Enseñanzas.

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De conformidad con lo establecido en el apartado B), subapartado q) del anexo al Real Decreto 2.091/1983, de la Presidencia del Gobierno, de 28 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de educación (B.O.E. de 6 de agosto), y existiendo plazas vacantes en el Gabinete Técnico para la Reforma, esta Dirección General resuelve convocar concurso público para cubrir, en régimen de comisión de servicio, las plazas enumeradas en el anexo I de esta Resolución para el curso 1990/91, con arreglo a las siguientes bases:

I.- REQUISITOS QUE DEBEN REUNIR LOS PARTICIPANTES

Además de los especificados en el anexo I para determinados puestos, tendrán que concurrir las siguientes circunstancias:

1. A la plaza que figura en el apartado 3, punto 3.4, del anexo I, podrán acceder los Profesores Numerarios de Tecnología de centros de Enseñanzas Integradas o de Formación Profesional.

2. Quienes opten a la plaza de coordinador del Bachillerato de Administración y Gestión, según consta en el apartado 7 del anexo I, deberán ser Profesores Numerarios de Tecnología de la rama Administrativa en centros de Enseñanzas Integradas o de Formación Profesional.

3. A la plaza para coordinador del Bachillerato Técnico Industrial que figura en el apartado 8 del anexo I, podrán optar los Profesores Numerarios de Tecnología de centros de Enseñanzas Integradas o de Formación Profesional de aquellas ramas que tengan relación con los contenidos de los Bachilleratos de Tecnología y Técnico Industrial de la nueva propuesta o de la experimentación, respectivamente.

4. Quienes opten a las plazas del apartado 13 del anexo I (tutorías y evaluación), deberán ser Profesores Numerarios de E.G.B. o de EE.MM., que posean el título de Licenciados en Pedagogía o Psicología.

5. Los que opten a la plaza de coordinador de Dibujo y Expresión Plástica, apartado 12 del anexo I, tendrán que ser Profesores Numerarios de Dibujo de EE.MM. II.- FUNCIONES A REALIZAR POR LOS SOLICITANTES EN CASO DE SER NOMBRADOS

1. Los solicitantes seleccionados deberán realizar el diseño del currículum para Canarias, la elaboración de materiales curriculares, la difusión de las enseñanzas del nuevo sistema educativo, su seguimiento y evaluación, la elaboración de los perfiles de las materias o de las áreas correspondientes, la propuesta de acciones de perfeccionamiento en orden a solventar las carencias detectadas en el profesorado, la determinación de los módulos de material que se precisen para desarrollar las diferentes etapas o ciclos, el asesoramiento del profesorado, tanto experimentador como el que se vaya incorporando a la reforma, en aspectos relacionados con su materia o área y, en general, cualquier acción que la Dirección General de Ordenación Educativa programe relativa a la reforma de las enseñanzas. No obstante, la citada Dirección General podrá asignar una determinada acción de las que se han especificado o de las que a lo largo del curso se programen a uno, varios o todos los coordinadores, por un tiempo determinado, incluso con el abandono parcial o total de otras acciones encomendadas con anterioridad.

2. Los coordinadores que opten a las plazas ofertadas en el anexo I, además de las funciones especificadas en el punto anterior de esta base, colaborarán con los Dinamizadores de Formación en la preparación de experiencias que se puedan desarrollar en los seminarios permanentes que tienen o tengan constituidos, en la difusión del diseño o de materiales curriculares, o en acciones tendentes a propiciar una mayor participación del profesorado en temas relacionados con la reforma del sistema educativo.

III.- PLAZAS QUE SE OFERTAN

Las plazas que se ofertan se hallan especificadas en el anexo I de la presente Resolución.

IV.- PRESENTACION DE SOLICITUDES

1. Quienes deseen participar en el presente concurso, deberán cumplimentar un ejemplar fotocopiado de la instancia que se acompaña como anexo II, relacionando, por orden de preferencia, aquellas plazas de su interés.

2. La instancia, acompañada de la documentación acreditativa de los méritos contemplados en el baremo publicado en la base VI de la presente Resolución, junto con una relación de los documentos aportados, deberá presentarse en la Dirección General de Ordenación Educativa, Direcciones Territoriales u Oficinas Insulares de Educación de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, en el plazo de quince días naturales a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

3. Los interesados deberán presentar, además:

a) Si actualmente están en el Gabinete, la Memoria-resumen de los trabajos realizados a lo largo del curso actual, referidos exclusivamente a diseños y materiales curriculares. Los que lo estimen conveniente, podrán añadir el plan de trabajo que siguen para la culminación del diseño curricular de su/s ámbito/s, área/s o disciplina/s. b) Si no han estado este curso en el Gabinete, un proyecto educativo, donde, de forma libre, se pueda apreciar el punto de vista personal relativo al desarrollo de diseños y materiales curriculares relacionados con la materia o área por la que se opta.

V.- VALORACION DE LOS MERITOS

1. Para la selección de los aspirantes se constituirá una Comisión Evaluadora, con sede de actuación en Santa Cruz de Tenerife, integrada por los siguientes miembros:

Presidente:

- El Director General de Ordenación Educativa o persona en quien delegue.

Vocales: - Un representante de la Dirección General de Personal.

- El Jefe de Servicio de Asesoría de la Dirección General de Ordenación Educativa.

- El Jefe de la Sección de Perfeccionamiento del Profesorado de E.G.B. y Preescolar.

- El Jefe de la Sección de la Reforma Educativa, que actuará como Secretario.

A las sesiones de trabajo que programe la Comisión Evaluadora podrá asistir un representante de cada organización sindical de las que integran la Mesa sectorial, debidamente acreditado al efecto, que podrá adjuntar al Acta de la sesión correspondiente cuantas observaciones crea oportunas.

VI. CRITERIOS PARA LA ADJUDICACION DE PLAZAS

1. Experiencia docente en el proceso experimental. 1.1. Por cada año completo de experiencia en el puesto de trabajo al que se opta, 0,5 puntos, hasta una cuantía máxima de 2 puntos.

1.2. Por cada curso completo como asesor de áreas o materias o coordinador de centro de enseñanzas experimentales, 0,25 puntos/curso, hasta un máximo de 1,5 puntos.

1.3. Por haber impartido materias de las enseñanzas experimentales en centros debidamente autorizados para impartirlas, 0,20 puntos/curso, hasta un máximo de 1,4 puntos.

1.4. Los apartados 1.2 y 1.3 son incompatibles para un mismo curso.

1.5. Documentación acreditativa:

Para los puntos 1.1, 1.2 y 1.3, las certificaciones correspondientes.

2. Méritos docentes, actividades y cursos relacionados con la docencia.

2.1. Por la dirección o colaboración en programas educativos de renovación pedagógica, actividades de innovación o investigación, directamente relacionados con el área o materia por la que se opta, hasta un máximo de 2 puntos.

2.1.1. Documentación acreditativa:

Certificaciones de la Dirección General correspondiente.

2.2. Por publicaciones de carácter didáctico o científico, relacionadas con la renovación pedagógica, orientación educativa y profesional que estén vinculadas con las enseñanzas experimentales en la materia o área por la que se opta, hasta un máximo de 1 punto.

2.2.1. Documentación acreditativa:

Los ejemplares correspondientes.

2.3. Por publicaciones de carácter didáctico o científico no vinculadas con las enseñanzas experimentales y relacionadas con la materia o área a la que se opta, hasta un máximo de 1 punto.

2.3.1. Documentación acreditativa:

Los ejemplares correspondientes.

2.4. Por asistencia a cursos de perfeccionamiento, seminarios permanentes, congresos o simposios, que tengan relación con las funciones que desempeñará en el puesto al que opte, hasta un máximo de 2 puntos. 2.4.1. Documentación acreditativa:

Certificaciones correspondientes.

2.5. Por la dirección, coordinación o impartición de cursos de perfeccionamiento, presentación de ponencias o comunicaciones en seminarios, congresos o simposios, que tengan relación en ambos casos con la materia o área por la que se opta, hasta un máximo de 2 puntos.

2.5.1. Documentación acreditativa:

Certificaciones correspondientes.

3. Antigüedad.

3.1. Por cada año de antigüedad, incluyendo los servicios previos reconocidos, en el nivel educativo correspondiente a la plaza por la que se opta, 0,3 puntos. La cuantía máxima será de 3 puntos.

3.1.1. Documentación acreditativa:

Fotocopia compulsada del título Administrativo y hojas de enlace complementarias u hoja de servicios, según corresponda.

4.- Méritos académicos (titulaciones).

4.1. Por titulaciones de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero, que no hayan sido alegadas para su ingreso en el Cuerpo o Escala desde donde se participa, 0,5 puntos por cada título, hasta un máximo de 1,5 puntos.

4.1.1. Documentación acreditativa:

Fotocopia compulsada del título o resguardo del abono de los derechos.

4.2. Por el grado de Doctor en la licenciatura alegada para el ingreso en el Cuerpo, 0,6 puntos.

4.2.1. Documentación acreditativa:

Fotocopia compulsada del título o resguardo del abono de los derechos.

5. Otros méritos.

5.1. Por otros méritos no contemplados en este baremo y relacionados directamente con las funciones a realizar, hasta un máximo de 2 puntos.

5.1.1. Documentación acreditativa:

La correspondiente a cada mérito alegado, debidamente acreditada. 6. Proyecto educativo.

6.1. Por la valoración de lo especificado en la base IV, punto 3, apartados a) y b), según proceda, hasta un máximo de 5 puntos.

7. Plazas desiertas.

7.1. Estas plazas ofertadas podrán declararse vacantes por la Comisión Evaluadora, siempre que los aspirantes no hayan alcanzado, como mínimo, un 40% de la puntuación total que figura en este baremo.

VII.- PROCEDIMIENTO PARA LA ADJUDICACION DE PLAZAS

1. Adjudicación provisional:

1.1. Se hará pública la lista de admitidos y excluidos, así como la adjudicación provisional de las plazas ofertadas, en las Direcciones Territoriales y Oficinas Insulares de Educación de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.

2. Plazo de reclamaciones:

2.1. En un plazo de diez días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la adjudicación provisional, se podrán presentar reclamaciones en las dependencias citadas en la base VII, apartado 1.1.

3. Adjudicación definitiva:

3.1. Una vez estudiadas las reclamaciones presentadas, se hará pública la Resolución de la adjudicación definitiva de las plazas ofertadas en el Boletín Oficial de Canarias, en un plazo no superior a dos meses, contados a partir de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

VIII.- INCOMPATIBILIDAD Y RENUNCIA A LA COMISION DE SERVICIO

1. Quienes, por haber participado en más de una convocatoria de comisiones de servicio para el curso 1990/91, hubieran obtenido dos o más plazas diferentes, deberán comunicar a esta Dirección General su opción por una de ellas en el plazo máximo de cinco días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la adjudicación definitiva más reciente. En caso contrario, se le adjudicará de oficio una de ellas.

2. Una vez publicada la adjudicación definitiva de esta Resolución, en ningún caso se aceptará la renuncia a la plaza obtenida, quedando el profesor adscrito en comisión de servicio al Gabinete para la Reforma, salvo que ejercite una de las opciones a las que se alude en el punto anterior o la propia Administración, por razones de servicio, revoque la concesión de la misma.

3. Aquellas plazas que resultaran vacantes, bien por no reunir los participantes los requisitos exigidos o por haber presentado su renuncia según lo dispuesto en los apartados anteriores de esta base, se cubrirán mediante la adscripción por un solo curso del funcionario nombrado por la Dirección General de Personal, a propuesta de la Dirección General de Ordenación Educativa.

4. Por la Dirección General de Personal se trasladará copia de la Resolución concediendo comisión de servicio al interesado, al centro docente de destino y a la correspondiente Dirección Territorial.

IX.- TOMA DE POSESION Y VIGENCIA DE LA COMISION DE SERVICIO

1. La fecha de toma de posesión será la que disponga la Consejería de Educación, Cultura y Deportes en su Orden reguladora de comienzo del curso 1990/91.

2. El nombramiento en comisión de servicio será efectivo para el curso 1990/91.

3. Los seleccionados tendrán un complemento específico de nivel B, cuantificado para este año en 287.244 pesetas anuales.

X.- INTERPRETACION DE LA PRESENTE RESOLUCION

1. Corresponde a la Dirección General de Personal resolver cualquier duda o reclamación planteadas acerca de la interpretación de la presente Resolución, así como la modificación de los plazos fijados en la misma, si fuera necesario.

XI.- RECURSO DE REPOSICION

1. Contra esta Resolución y sus bases podrán los interesados interponer recurso de reposición ante la Dirección General de Personal, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

2. Contra la lista definitiva a que hace alusión el apartado 3 de la base VII, podrá interponerse recurso de reposición ante el Director General de Personal, en el plazo de un mes, a partir de su publicación.

Las Palmas de Gran Canaria, a 12 de julio de 1990.- El Director General de Personal, Fernando Hernández Guarch. A N E X O I

1. Tres plazas para Profesores Numerarios de Educación General Básica que realizarán sus funciones, preferentemente, en la etapa Infantil.

2. Cuatro plazas para Profesores Numerarios de Educación General Básica que realizarán sus funciones, preferentemente, en la etapa Primaria.

2.1. Un coordinador de Conocimiento del Medio.

2.2. Un coordinador de Lengua y Literatura Española.

2.3. Un coordinador de Inglés. 2.4. Un coordinador de Matemáticas.

3. Siete plazas para Profesores Numerarios de Enseñanzas Medias que realizarán sus funciones, preferentemente, en la etapa Secundaria Obligatoria.

3.1. Un coordinador de Lengua y Literatura Española.

3.2. Un coordinador de Matemáticas.

3.3. Un coordinador de Geografía, Historia y Ciencias Sociales.

3.4. Un coordinador de Tecnología.

3.5. Un coordinador de Ciencias Naturales. 3.6. Un coordinador de Física y Química.

3.7. Un coordinador de Inglés.

4. Seis plazas para Profesores Numerarios de Enseñanzas Medias que realizarán sus funciones, preferentemente, en la etapa Secundaria Postobligatoria.

4.1. Un coordinador de Lengua y Literatura.

4.2. Un coordinador de Matemáticas e Informática.

4.3. Un coordinador de Historia y Geografía de España e Historia del Arte.

4.4. Un coordinador de Ciencias Naturales.

4.5. Un coordinador de Física y Química.

4.6. Un coordinador de Inglés.

5. Una plaza para Profesores Numerarios de Enseñanzas Medias que desarrollará, como función principal, la coordinación y diseño de las Lenguas Clásicas en la Secundaria Postobligatoria, así como lo relacionado con la Cultura Clásica en la Secundaria Obligatoria.

6. Una plaza para Profesores Numerarios de Enseñanzas Medias que, como función preferente, coordinará las materias de Filosofía y de Educación para la Convivencia en los Bachilleratos Experimentales o los que se implanten con el nuevo sistema educativo.

7. Una plaza para Profesores Numerarios de Enseñanzas Medias que tendrá, preferentemente, que coordinar el Bachillerato de Administración y Gestión, y esta modalidad dentro del Bachillerato de Ciencias Humanas y Sociales.

8. Una plaza para Profesores Numerarios de Enseñanzas Medias que será responsable, preferentemente, del Bachillerato Técnico Industrial. Además, se ocupará del diseño de la Tecnología, el Dibujo Técnico e Introducción al Diseño del Bachillerato de Tecnología en el nuevo sistema educativo y, en general, de todos los aspectos relacionados con este Bachillerato.

9. Una plaza para Profesores Numerarios de Enseñanzas Medias que tendrá como función principal la coordinación del idioma Francés en los diferentes niveles de la experimentación, y de esta materia en el nuevo sistema educativo.

10. Una plaza para Profesores Numerarios de Enseñanzas Medias que tendrá como función principal la coordinación y potenciación de la Música en los diferentes niveles de las enseñanzas experimentales y en el nuevo sistema educativo.

11. Una plaza para Profesor Numerario de Enseñanzas Medias que tendrá como función principal la coordinación y potenciación de la Educación Física en los diferentes niveles de la experimentación y en el nuevo sistema educativo.

12. Una plaza para Profesores Numerarios de Enseñanzas Medias que tendrá como función principal la coordinación de Dibujo y la Expresión Plástica en los diferentes niveles de la experimentación y en el nuevo sistema educativo.

13. Dos plazas para Profesores Numerarios de Educación General Básica o de Enseñanzas Medias que, preferentemente, se responsabilizarán de la evaluación y tutorías en los diferentes niveles de las enseñanzas experimentales y del nuevo sistema educativo. A N E X O II

MODELO DE SOLICITUD

CONVOCATORIA...............................................

Apellidos .............................................., nombre ....................................., D.N.I. nº ......................, Cuerpo al que pertenece ......................................, fecha de nombramiento como funcionario de carrera ............................., N.R.P. ......................, asignatura ..........................................., centro de destino definitivo para el curso 1989/90 ............... ........................................................., centro en el que presta sus servicios actualmente .................. ........................................................., centro de destino definitivo para el curso 1990/91 ............. .................. ............................................ .

El que suscribe declara la veracidad de los datos contenidos en la presente instancia y solicita las siguientes plazas por orden de preferencia:

1. ...................................................................

2. ...................................................................

3. ...................................................................

4. ...................................................................

5. ...................................................................

6. ...................................................................

7. ...................................................................

..................................................., a ................ de ............................. de 1990.

(Firma).

ILTMO. SR. DIRECTOR GENERAL DE PERSONAL DE LA CONSEJERIA DE EDUCACION, CULTURA Y DEPORTES DEL GOBIERNO DE CANARIAS.

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