Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 088. Lunes 16 de Julio de 1990 - 861

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - C.Educación, Cultura y Deportes

861 - RESOLUCION de 12 de julio de 1990, de la Dirección General de Personal, por la que se hace pública convocatoria para cubrir, en régimen de comisión de servicio mediante concurso de méritos, plazas de Dinamizadores de Formación para el curso 1990/91, dependientes de la Dirección General de Ordenación Educativa.

Descargar en formato pdf

De conformidad con lo establecido en el apartado B), subapartado q) del anexo al Real Decreto 2.091/1983, de la Presidencia del Gobierno, de 28 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de educación (B.O.E. de 6 de agosto), esta Dirección General de Personal, a propuesta de la Dirección General de Ordenación Educativa, ha dispuesto anunciar la provisión de las plazas enumeradas en el anexo I de la presente Resolución, en régimen de comisión de servicio, mediante concurso público de méritos que se ajustará a las siguientes bases:

REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES

Primera.- Podrán solicitar las plazas que se relacionan en el anexo I de esta Resolución, los funcionarios docentes de carrera que pertenezcan a Cuerpos o Escalas de profesores que presten servicios en centros públicos no universitarios.

Segunda.- Los profesores solicitantes deberán reunir en la fecha de publicación de la presente convocatoria las siguientes condiciones:

1. Encontrarse en situación de servicio activo dentro del Cuerpo o Escala a cuya plaza se concursa.

2. Contar con un mínimo de cinco años de experiencia docente en niveles no universitarios y haber impartido enseñanza, al menos tres años, en la especialidad, área, ciclo o materia por la que se concursa.

3. Estar destinado actualmente con carácter definitivo o provisional en la Comunidad Autónoma de Canarias.

FUNCIONES A REALIZAR POR LOS SOLICITANTES SELECCIONADOS

Tercera.- Deberán llevar a cabo acciones de coordinación de los seminarios permanentes que se constituyan, cuya distribución territorial y asignación se realizará posteriormente a la correspondiente convocatoria, con objeto de informar al profesorado y elaborar ejemplificaciones y materiales curriculares, recoger y analizar las necesidades de perfeccionamiento y, en su caso, proponer la realización de cursos de formación y actualización científica y/o didáctica.

Los solicitantes seleccionados colaborarán con los miembros del Gabinete de la Reforma, siguiendo pautas comunes, en la elaboración y aportación de materiales curriculares, perfiles de materias o áreas correspondientes y en la propuesta de acciones de perfeccionamiento en orden a solventar las carencias detectadas en el profesorado experimentador.

En general, deberán realizar cualquier acción que la Dirección General de Ordenación Educativa programe, relativa al perfeccionamiento del profesorado.

SOLICITUDES Y DOCUMENTACION

Cuarta.- Los profesores sólo podrán concursar a una especialidad de las que se relacionan en el anexo I, debiendo cumplimentar la solicitud, según modelo de instancia que figura en el anexo II de esta convocatoria y presentarla en la Dirección General de Ordenación Educativa, Direcciones Territoriales u Oficinas Insulares de Educación de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, en el plazo de quince días naturales a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Quinta.- A la solicitud se acompañarán los siguientes documentos:

1. Hoja de servicios certificada y cerrada a 31 de agosto de 1990; en su defecto, declaración jurada de los servicios prestados hasta la fecha anteriormente mencionada.

2. Currículum vitae y documentos que justifiquen los méritos alegados por el interesado, relacionados con la especialidad, titulación administrativa o experiencia docente exigida por la plaza a que concursa.

3. Proyecto de trabajo como Dinamizador de Formación, con una extensión mínima de cinco y máxima de diez folios a doble espacio.

4. No serán tenidos en cuenta, ni por consiguiente valorados, aquellos méritos que los aspirantes aleguen y no acrediten suficientemente, así como los que se aleguen y justifiquen fuera del plazo de presentación de instancias.

5. Deberá expresarse en la misma, la plaza o relación de plazas a las que se concursa por orden de preferencia.

SELECCION Y VALORACION DE LOS MERITOS

Sexta.- La selección de aspirantes se realizará por una Comisión constituida a tal fin e integrada por:

El Director General de Ordenación Educativa o persona en quien delegue, que actuará como Presidente.

Un representante de la Dirección General de Personal.

El Jefe de la Sección de Reformas Educativas.

El Jefe de la Sección de Perfeccionamiento del Profesorado de EE.MM.

El Jefe de la Sección de Perfeccionamiento del Profesorado de Preescolar y E.G.B., que actuará como Secretario.

A las sesiones de trabajo que programe la Comisión Evaluadora, podrá asistir un representante de cada organización sindical de las que integran la Mesa sectorial, debidamente acreditado al efecto, que podrá adjuntar al Acta de la sesión correspondiente cuantas observaciones crea oportunas.

Séptima.- La Comisión Seleccionadora valorará los siguientes méritos:

1.- Baremación según anexo III.

2.- Se podrán realizar entrevistas personales a los aspirantes con el fin de una mejor valoración del proyecto de trabajo.

3.- El solicitante, para obtener una de las plazas objeto del presente concurso, deberá alcanzar una puntuación mínima de doce puntos. PROCEDIMIENTO PARA LA ADJUDICACION DE PLAZAS

Octava.- La selección provisional de candidatos se hará pública en cada Dirección Territorial y Oficinas Insulares de Educación, dándose un plazo de reclamación de diez días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la lista, con el fin de que puedan alegar cuanto estimen procedente en relación a la misma. En el mismo plazo se podrá renunciar a la participación en la convocatoria.

Una vez estudiadas las reclamaciones presentadas, se hará pública la Resolución de la adjudicación definitiva de las plazas ofertadas, en el Boletín Oficial de Canarias en un plazo no superior a dos meses, contados a partir de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Novena.- Las plazas correspondientes a La Palma, La Gomera y El Hierro, y a Fuerteventura y Lanzarote, se asignarán en orden de puntuación obtenida y de manera excluyente para garantizar en ambos grupos de islas la mayor representación posible de áreas.

Décima.- Caso de no cubrirse alguna de las plazas de la presente convocatoria, éstas podrán ser adjudicadas por libre designación, a propuesta de la Dirección General de Ordenación Educativa.

Undécima.- La Dirección General de Personal, una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos exigidos por parte de los candidatos, expedirá credenciales de concesión de la comisión de servicio a los profesores seleccionados.

Duodécima.- Quienes, por haber participado en más de una convocatoria de comisiones de servicio para el curso 1990/91, hubieran obtenido dos o más plazas diferentes, deberán comunicar a esta Dirección General su opción por una de ellas en el plazo máximo de cinco días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la adjudicación definitiva más reciente.

En caso contrario, se le adjudicará de oficio una de ellas.

Decimotercera.- La Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por necesidades del servicio, podrá revocar la Comisión concedida, sin que ésta tenga carácter sancionador, correspondiendo su propuesta a la Dirección General de Ordenación Educativa. Asimismo, la comisión de servicio podrá ser rescindida en el caso de que el funcionario pase a la situación de activo en otro Cuerpo distinto de aquél por el que obtuvo la plaza, o cuando desaparezca la necesidad de la plaza correspondiente. TOMA DE POSESION Y VIGENCIA DE LA COMISION DE SERVICIO

Decimocuarta.- La fecha de toma de posesión será la que disponga la Consejería de Educación, Cultura y Deportes. El nombramiento de la comisión de servicio será efectivo para el curso 1990/91, no siendo prorrogable, por lo que cesarán en la misma el 31 de agosto de 1991.

REGIMEN DE DEDICACION

Decimoquinta.- A los profesores que obtengan las plazas objeto de esta convocatoria se les asignará un complemento específico correspondiente al de Coordinador tipo B. Estarán obligados a desarrollar su jornada de trabajo de acuerdo con el horario establecido por la Dirección General de Ordenación Educativa.

Decimosexta.- Aquellos candidatos seleccionados que no hayan participado en cursos de Formador de Formadores, deberán superar el curso de formación que se establezca y los que resulten evaluados negativamente cesarán en su comisión de servicio.

INTERPRETACION DE LA PRESENTE RESOLUCION, RECURSOS Y RETIRADA DE DOCUMENTOS

Decimoséptima.- Corresponde a la Dirección General de Personal resolver cualquier duda o reclamación planteada acerca de la interpretación de la presente Resolución, así como la modificación de los plazos fijados en la misma, si fuera necesario.

Decimoctava.- Contra la presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella, los interesados podrán interponer recurso de reposición en los casos y forma establecidos en la Ley de Procedimiento Administrativo, ante la Dirección General de Personal, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Decimonovena.- Pasado un mes desde la publicación de la Resolución del concurso en el B.O.C., se abrirá un plazo de treinta días para que los concursantes puedan retirar su documentación en la Dirección General de Ordenación Educativa.

Vigésima.- Esta Resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 12 de julio de 1990.- El Director General de Personal, Fernando Hernández Guarch. A N E X O I

Provisión de plazas de Dinamizadores de Formación

Especialidad Niveles de Nº de plazas Nº de plazas procedencia Tenerife Gran Canaria

Educación Infantil E.G.B. 1 1 Educación Primaria E.G.B. 1 1

Lengua y Literatura E.G.B. 1 1 EE.MM.

Idioma-Inglés E.G.B. 1 1 EE.MM.

Idioma-Francés E.G.B. 1 1 EE.MM.

Ciencias Sociales E.G.B. 1 1 EE.MM.

Ciencias Artísticas E.G.B. 1 1 EE.MM.

Matemáticas E.G.B. 1 1 EE.MM.

Ciencias Expe- rimentales E.G.B. 1 1 EE.MM.

En las islas de Lanzarote, Fuerteventura, La Palma y La Gomera, se oferta una plaza entre las especialidades de:

Lengua y Literatura; Idiomas-Inglés/Francés; Ciencias Sociales y Artísticas. Y una plaza entre las especialidades de:

Matemáticas y Ciencias Experimentales.

En la isla de El Hierro, se oferta una plaza entre las especialidades de:

Lengua y Literatura; Idioma-Inglés/Francés; Ciencias Sociales; Ciencias Artísticas; Matemáticas y Ciencias Experimentales.

A N E X O II

Modelo de solicitud

PLAZAS DE DINAMIZADORES DE FORMACION

APELLIDOS NOMBRE ............................................. ...................................

Profesor de: E.G.B. EE.MM. ............................................ ..................................

Solicita le sea concedida una plaza de Dinamizador de Formación en la especialidad de ..... .................................................................................................................................................. y en la isla de (1) .................................................................

(1) Relacionar por orden de preferencia.

1.- DATOS PROFESIONALES:

Cuerpo: ............................................, N.R.P.: ..........................., especialidad: .......................... ........................., centro de destino: ..................... ............................................., Dirección del centro: ..............................................., tfno.: ......................, C.P.: ........................., localidad: .................., provincia: ......................................................

2.- DATOS PERSONALES:

Edad: ........., D.N.I. nº: ....................., tfno. part.: ..............., domicilio part.: ..........................., C.P.: ..............., localidad: ......................................, provincia: ....................................................

3.- ¿Ha solicitado alguna otra comisión de servicio para el curso 1990/91?

SI NO

En caso afirmativo especifique cual: ............... ..................................................................................

4.- Relación de documentos que acompaña: ......................................................................................................................

................................. a, ............................. de ....................... de 1990.

Firma del interesado A N E X O III

Baremo de Dinamizadores de Formación

1. Méritos relacionados con la plaza a que concursa con un total máximo de 22,00 puntos.

1.1. Valoración del trabajo.

1.1.1. Experiencia como Dinamizador de Formación en el Servicio de Perfeccionamiento de la Dirección General de Ordenación Educativa:

1,00 punto/curso ... máximo de 2,00 puntos.

1.1.2. Dirección y coordinación de cursos institucionales, excluidos aquellos que coincidan en el tiempo de realización con los alegados en el apartado 1.1.1.

Cursos de más de 30 horas: 0,25 puntos/curso.

Cursos de menos de 30 horas: 0,10 puntos/curso ... máximo de 1,50 punto.

1.1.3. Dirección y organización de actividades de formación del profesorado, excluido el apartado 1.1.1: 0,25 puntos/curso ... máximo de 1,00 punto.

1.1.4. Desempeño de puestos en la Administración Educativa o Coordinación, relacionados con la formación del profesorado y la reforma de las enseñanzas:

0,50 puntos/curso ... máximo de 1,50 puntos.

1.1.5. Desempeño de cargos de Director, Jefe de Estudios o Secretario en centros docentes:

0,25 puntos/curso ... máximo de 1,00 punto.

1.1.6. Participación en programas de innovación e investigación educativa:

0,25 puntos/actividad ... máximo de 1,00 punto. Total de puntos, apartado 1.1 = 8,00 puntos.

1.2. Titulaciones académicas.

1.2.1. Por el título de Doctor: 1,00 punto.

1.2.2. Por el título de Licenciado distinto al exigido para el ingreso en el Cuerpo correspondiente: 0,50 puntos.

1.2.3. Por otros títulos o diplomas distintos al exigido por el Cuerpo a que pertenece: 0,50 puntos.

Total de puntos, apartado 1.2 = 2,00 puntos.

1.3. Asistencia a cursos.

1.3.1. Asistencia a cursos, seminarios permanentes y grupos estables de trabajo relacionados con la actividad docente:

Cursos de más de 30 horas: 0,15 puntos/actividad.

Cursos de menos de 30 horas: 0,10 puntos/actividad ... máximo de 1,50 puntos.

1.3.2. Presentaciones de ponencias o comunicaciones en congresos, seminarios, jornadas, etc., relacionados con la actividad docente:

0,25 puntos/actividad ... máximo de 1,50 puntos.

1.3.3. Publicaciones de carácter pedagógico-didáctico: máximo de 3,00 puntos.

1.3.4. Otras publicaciones de carácter científico: máximo de 3,00 puntos.

Total de puntos, apartado 1.3 = 9,00 puntos.

1.4. Antigüedad.

1.4.1. Por cada año de servicio en el Cuerpo:

0,10 puntos/año ... máximo de 3,00 puntos.

Total de puntos, apartado 1.4 = 3,00 puntos.

2. Otros méritos relacionados con la plaza a que concursa: máximo de 2,00 puntos.

3. Proyectos de trabajo:

a) Si actualmente están realizando trabajos como Dinamizadores de Formación, los interesados deberán presentar una Memoria-resumen de los trabajos realizados a lo largo del curso actual.

b) Si no han realizado en el presente curso trabajos como Dinamizadores de Formación, los interesados deberán presentar un proyecto educativo relacionado con la materia o área por la que se opta: máximo de 6,00 puntos.

Puntuación total máxima = 30,00 puntos.

© Gobierno de Canarias