BOC - 1990/080. Viernes 29 de Junio de 1990 - 793

III. OTRAS RESOLUCIONES - C.Educación, Cultura y Deportes

793 - RESOLUCION de 11 de junio de 1990, de la Dirección General de Ordenación Educativa, por la que se convocan cursos de especialización en Idioma Moderno-Inglés, para profesores de Educación General Básica que impartan este nivel en centros docentes dependientes de esta Consejería, sostenidos con fondos públicos.

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Dentro de los planes establecidos por esta Consejería en materia de perfeccionamiento del profesorado, y entendiendo que la enseñanza de la lengua inglesa exige la correspondiente especialización de las plantillas docentes de los centros escolares de Educación General Básica, dada la importancia que progresivamente están adquiriendo los idiomas extranjeros como factor de formación integral de los alumnos, con el fin de atender a la necesidad apuntada y proporcionar a los profesores la formación necesaria en este área, así como posibilitar nuevas habilitaciones para puestos de trabajo de E.G.B., Filología: Lengua Castellana e Inglés, definidos en el Real Decreto 895/1989, de 14 de julio, una vez establecido el respectivo Convenio de Colaboración con la Universidad de La Laguna,

Esta Dirección General resuelve:

Primero.- Convocar dos cursos de Idioma Moderno-Inglés, preferentemente para profesores de Educación General Básica que impartan esta disciplina en centros docentes sostenidos con fondos públicos, que se encuentren prestando en el momento de la convocatoria servicios docentes en centros dependientes de esta Consejería.

También podrán concurrir a esta convocatoria aquellos profesores que hayan impartido en alguno de los cinco últimos cursos esta disciplina, para el supuesto de que no se puedan cubrir las vacantes con los anteriores que, en todo caso, tendrán preferencia absoluta.

Segundo.- A estos cursos no podrán optar aquellos profesores que posean las siguientes titulaciones o estén en condiciones de obtenerlas finalizados los estudios correspondientes, o bien se hallen comprendidos en alguno de los supuestos o circunstancias que se especifican:

- Diplomado en las Escuelas Universitarias del Profesorado de Educación General Básica, especialidad de Filología: Inglés.

- Licenciado en Filología Inglesa, o tener superados tres cursos completos de esta licenciatura.

- Diplomado en Inglés por las Escuelas Universitarias de Idiomas (traductores e intérpretes).

- Certificado de aptitud en Inglés de la Escuela Oficial de Idiomas. - Haber ingresado en el Cuerpo de Profesores de Educación General Básica por esta especialidad.

- Haber superado los cursos de la especialidad convocados, bien por el Ministerio de Educación y Ciencia o por los órganos correspondientes de las Comunidades Autónomas con competencias plenas en materia de educación, requiriéndose en este caso la homologación por el Ministerio de Educación y Ciencia.

- Profesores que hayan sido habilitados para puestos de trabajo de Educación General Básica, en Filología: Lengua Castellana e Inglés.

Cada uno de estos cursos, que se celebrarán en Tenerife y Gran Canaria y que comenzarán en los lugares y fechas que se especifican en el anexo III, contarán con un total de 45 plazas para cada uno.

Tercero.- Los cursos tendrán una duración de un curso escolar, de acuerdo con la siguiente estructura:

1ª. Fase intensiva de contenidos teóricos y prácticos.

2ª. Fase de seminario permanente de formación, evaluación y seguimiento continuo.

3ª. Fase de experimentación, consistente en la realización de prácticas dirigidas de proyectos curriculares. Esta fase se llevará a cabo en los centros docentes y contará con el asesoramiento de un profesor-tutor.

Cuarto.- Los objetivos, contenidos básicos y orientaciones generales de los cursos, son los que figuran en el anexo I.

Quinto.- Los profesores participantes serán liberados del horario lectivo durante la fase intensiva del curso.

Durante la segunda y tercera fase del curso, los profesores serán liberados de dos horas complementarias de las de obligada permanencia dentro de su horario semanal, con objeto de poder realizar la fase de tutoría y seminarios del curso. Para ello se estará a lo dispuesto en el apartado 3.21 de la Resolución de esta Dirección General, de 15 de julio de 1989 (B.O.C. nº 106, de 7.8.89).

Sexto.- Para el seguimiento de los cursos se creará una Comisión que será designada por la Dirección General de Ordenación Educativa y constituida por:

El Jefe del Servicio de Perfeccionamiento y Reformas Educativas o persona en quien delegue, como Presidente.

Un representante de la Dirección General de Ordenación Educativa.

Un representante del Departamento de Filología Moderna de la Universidad de La Laguna.

Un representante del profesorado que imparta los cursos.

Dos profesores asistentes al curso, uno por cada provincia.

En caso de estimarse necesario se recabará el asesoramiento de dos profesores especialistas en esta materia.

Séptimo.- Serán funciones de esta Comisión:

- Supervisar el desarrollo del programa.

- Realizar el seguimiento de los cursos.

Octavo.- La calificación de los profesores-alumnos se hará a través de evaluaciones parciales de cada una de las fases del curso y materias que lo componen. Se tendrán en cuenta tanto la asimilación de los aspectos teóricos como la realización individual de los trabajos prácticos.

Noveno.- La asistencia de cada cursillista deberá ser al menos del 90% del tiempo de duración de cada fase; en caso contrario será dado de baja del curso, previo informe del Director del mismo.

Las faltas de asistencia a alguna de las fases del curso deberán justificarse a efectos administrativos como si de horario lectivo se tratara. A estos efectos, el Director del curso remitirá a los Directores Territoriales de Educación correspondientes el parte de faltas pertinente.

Décimo.- Para poder optar a estos cursos se han de reunir los siguientes requisitos:

a) Estar impartiendo el área de Idioma Moderno-Inglés en centros de E.G.B. dependientes de esta Consejería, o bien haber impartido el área conforme se especifica en el punto primero de la presente Resolución, lo que se acreditará por medio de certificación del Director del centro de procedencia.

b) Ratificación de continuidad impartiendo este área, un mínimo de tres horas semanales en el ciclo superior de la E.G.B., durante el curso 1990/91, acreditándolo mediante certificación del Director del centro. Documentación que se aportará antes del quince de septiembre del presente año.

c) Declaración jurada de cumplir el requisito establecido en el punto segundo de esta Resolución.

Undécimo.- Los profesores interesados presentarán, dentro de un plazo de quince días naturales contados a partir de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, la siguiente documentación:

- La solicitud según anexo II.

- La documentación acreditativa de los méritos alegados mediante fotocopia compulsada, cuyo baremo se inserta como anexo IV, no siendo valorados aquellos que no estén debidamente acreditados.

Duodécimo.- La selección y adjudicación de las plazas corresponderá a la Comisión constituida a tal fin e integrada por:

El Jefe del Servicio de Perfeccionamiento y Reformas Educativas o persona en quien delegue, que actuará como Presidente.

Un representante de la Dirección General de Ordenación Educativa.

Un representante del Departamento de Filología Moderna de la Universidad de La Laguna.

El Director de los cursos.

Dos profesores especialistas en Idioma Moderno-Inglés, designados por la Dirección General de Ordenación Educativa.

Decimotercero.- Se seleccionarán cuarenta y cinco profesores por cada curso y otros diez de reserva que cubrirán, en su caso, las bajas o renuncias que pudieran producirse entre los seleccionados. De las cuarenta y cinco plazas de cada curso, cuarenta corresponderán a funcionarios docentes y cinco a profesores de centros docentes privados concertados. La distribución de los profesores que queden en reserva será siete para funcionarios y tres para profesores de centros privados concertados.

Decimocuarto.- La relación provisional de seleccionados se hará pública en las Direcciones Territoriales y Oficinas Insulares de Educación. Se dispondrá de un plazo de cinco días naturales para la presentación de reclamaciones, que se dirigirán a la Dirección General de Ordenación Educativa, calle J.R. Hamilton, Edificio Mabell, 3ª planta, Urbanización Anaga, Santa Cruz de Tenerife (C.P. 38001), y que resolverá la Comisión Seleccionadora.

Decimoquinto.- Una vez resueltas las reclamaciones, se publicará la lista definitiva de seleccionados en las dependencias anteriormente citadas.

Decimosexto.- La matrícula del curso será gratuita. La solicitud de otro tipo de ayuda se realizará por los cauces reglamentarios habituales.

Decimoséptimo.- Todos los profesores que superen el curso obtendrán el Diploma de Idioma Moderno-Inglés, el cual será expedido por la Universidad de La Laguna y homologado por el Ministerio de Educación y Ciencia.

Decimoctavo.- Esta Resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 11 de junio de 1990.- El Director General de Ordenación Educativa, Angel Marrero Alayón.

A N E X O I

Objetivos generales:

- Obtener la especialidad en Filología Moderna: Inglés como lengua extranjera.

- Profundizar en los aspectos lingüísticos y didácticos del Inglés.

- Facilitar, por parte de la Universidad de La Laguna, el Diploma de Especialización en Filología Moderna: Inglés.

Objetivos específicos:

Al finalizar la primera fase, los participantes serán capaces de:

- Comprender un texto hablado por nativos a velocidad natural.

- Conversar con corrección y propiedad sobre temas de la vida diaria.

- Interpretar textos auténticos escritos, no especializados.

- Escribir correctamente mensajes necesarios en la comunicación cotidiana.

- Aplicar estos contenidos en la enseñanza del Inglés como lengua extranjera. Al finalizar la segunda y tercera fase, los participantes serán capaces de:

- Aplicar en clases de Inglés en E.G.B. los conocimientos teórico-prácticos adquiridos en la primera fase y experimentados durante la segunda y tercera.

Estructura y contenidos de los cursos:

Primera fase.- Curso intensivo que comenzará en el tercer cuatrimestre del presente año, con un total de cuatrocientas horas, desarrollado en jornada de mañana y tarde, con una dedicación mínima de seis horas diarias.

Consta de las siguientes partes:

CONTENIDOS LINGÜISTICOS

- Un curso de "language awareness" que incluya:

a) Fonética práctica (dificultades de los hispanohablantes).

b) Gramática práctica (with language practice and functional use).

c) Aspectos semánticos de la lengua inglesa: léxico, contexto y actos de habla.

d) Un conocimiento a nivel intermedio de las cuatro destrezas: "listening, speaking, reading, writing", donde se apliquen los conocimientos de los contenidos anteriores.

CONTENIDOS DIDACTICOS

- Los conocimientos didácticos se organizarán de forma que los aspectos teóricos conduzcan a los prácticos y no primen sobre los mismos. Se organizarán en torno a los siguientes núcleos:

a) La enseñanza de la lengua extranjera en la E.G.B.: aspectos teórico-prácticos.

b) Aportación de las ciencias de la educación y de las ciencias del lenguaje a la enseñanza del Inglés como segunda lengua.

c) Planificación y experimentación de una programación de E.G.B. Confección de una unidad. Desarrollo de una clase de Inglés. Técnicas de evaluación del aprendizaje.

d) Técnicas de observación participativa y microenseñanza.

Segunda fase.- Seminario permanente coordinado por el Director del curso. Tercera fase.- Fase de experimentación mediante prácticas con una duración de un curso académico.

El desarrollo de la segunda y tercera fase consistirá en:

- Seguimiento.

a) Elaboración de un proyecto de Memoria anual.

b) Reuniones periódicas de los grupos de trabajo con los tutores.

- Puesta en común y acto de clausura.

A N E X O II

Modelo de instancia para solicitar el curso:

Iltmo. Sr.

El profesor de E.G.B. cuyos datos figuran a continuación:

Datos personales:

Apellidos ......................................, nombre ..................................., edad ............., D.N.I. nº ....................., domicilio particular......................... ........................................., nº ........, teléfono ..................., localidad ............................., C.P. .................., provincia ............................

Datos profesionales:

Nº de Registro de Personal ........................., situación administrativa ........................................, nombre del centro en que ejerce ....................... ........................................, dirección ........................ ............................., localidad ..........................., C.P. .................., provincia ..............................., teléfono ..................., nivel: E.G.B. ...... Preescolar ......., curso ................., área ....................

Datos académicos:

Títulos que posee ............................................... ..................................................................................

Cursos de Filología-Inglés impartidos ............... ..................................................................................

Actividades de perfeccionamiento ..................... ..................................................................................

Otros ......................................................... .................................................................................................................................................................... Solicita a V.I. participar en el curso de Filología Moderna-Inglés a celebrar en ..........................., convocado por Resolución de 11 de junio de 1990, de la Dirección General de Ordenación Educativa.

En ........................., a ....... de ................... 1990.

(Firma).

ILTMO. SR. DIRECTOR GENERAL DE ORDENACION EDUCATIVA.

A N E X O III

Los cursos comenzarán en los lugares y fechas que a continuación se especifican:

1º.- Centro de Profesores de La Laguna, calle La Isa, Cercado Mesa, La Laguna, Tenerife.

- Día 20 de septiembre de 1990, a las 9 horas.

Seleccionados de la provincia de Santa Cruz de Tenerife.

2º.- Centro de Profesores de Las Palmas de Gran Canaria, calle Carvajal, 52, Las Palmas de Gran Canaria.

- Día 21 de septiembre de 1990, a las 9 horas.

Seleccionados de la provincia de Las Palmas.

A N E X O IV

Baremo:

a) Por participación en experiencias de Innovación o Reforma en el área de Filología Moderna-Inglés, aprobadas por el Ministerio de Educación y Ciencia u órganos competentes de las Comunidades Autónomas.

Hasta un máximo de 2 puntos.

b) Por participación en proyectos anuales de Renovación Pedagógica y Formación del Profesorado, oficialmente reconocidos por la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.

1 punto por año, hasta un máximo de 5 puntos.

c) Por publicaciones relativas a cuestiones didácticas o metodológicas del área de Filología Moderna-Inglés.

Hasta un máximo de 2 puntos. d) Por otras publicaciones referidas al área.

Hasta un máximo de 1 punto.

e) Por la participación en cursos, seminarios o jornadas relativas a la Filología Moderna-Inglés, en cualquiera de sus facetas.

Hasta un máximo de 3 puntos.

f) Por titulaciones superiores distintas a las alegadas para su ingreso en el Cuerpo de Profesores de E.G.B.

Hasta un máximo de 2 puntos.

g) Por años de servicio docente prestado, que se acreditarán mediante hoja de servicios, en el caso de los funcionarios, y certificado del Director del centro, en el caso de profesores de centros privados concertados, ambos cerrados a fecha 31 de agosto de 1990.

0,10 puntos por año, hasta un máximo de 3 puntos.

h) Por haber impartido Filología Moderna-Inglés en un centro de E.G.B.

0,25 puntos por año, hasta un máximo de 5 puntos.

i) Por otros méritos relacionados con la Filología Moderna-Inglés en sus distintas facetas, no contemplados en los apartados anteriores.

Hasta un máximo de 2 puntos.



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