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BOC Nº 078. Lunes 25 de Junio de 1990 - 766

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - C.la Presidencia

766 - ORDEN de 18 de junio de 1990, por la que se convoca concurso de méritos para la provisión de puestos de función inspectora entre funcionarios de Cuerpos y Escalas docentes.

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Por sendas Ordenes de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de 19 de septiembre de 1989 y de 29 de enero de 1990 (B.O.C. nos 130, de 29.9.89 y 14, de 31.1.90), se resolvió la convocatoria de provisión de puestos de trabajo en la Inspección Educativa.

Habiendo quedado vacante sin cubrir en dicha convocatoria, una vez establecidas las reservas correspondientes para su provisión entre funcionarios del Cuerpo de Inspectores al servicio de la Administración Educativa, procede, de conformidad con la Ley 30/1984, de 1 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; la Ley 23/1988, que modifica la anterior, y el Decreto Territorial 130/1988, de 1 de agosto, convocar concurso de méritos para la provisión de los puestos vacantes.

En su virtud, esta Consejería de la Presidencia acuerda convocar la provisión de puestos de trabajo en la Inspección Educativa de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, con sujeción a las siguientes normas:

1. Convocatoria de vacantes

1.1. Se convoca concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo de Inspección Educativa vacantes que figuran en el anexo I de esta Orden, y que tienen asignado un complemento de destino de nivel 24 y un complemento específico de 48,33 puntos.

2. Concursantes

2.1. Podrán optar a los puestos de trabajo especificados en el anexo I los funcionarios de carrera de los Grupos A y B pertenecientes a los Cuerpos y Escalas docentes que prestan servicio en la Comunidad Autónoma de Canarias, que posean titulación superior y que cuenten, al menos, con cinco años de servicio como funcionarios docentes computándose al efecto hasta el 31 de mayo de 1990.

3. Instancias y documentación

3.1. Instancias:

3.1.1. Los participantes en el concurso solicitarán las plazas a que aspiren indicando la localidad y consignándolas por orden de preferencia mediante instancia según modelo que figura en el anexo II de esta Orden.

3.1.2. Las instancias, por duplicado ejemplar (anexo II), así como la documentación a que se alude en el punto 3.2 de esta convocatoria, podrán presentarse en la Consejería de Educación, Cultura y Deportes (calle Carlos J.R. Hamilton, Edificio Mabell, Santa Cruz de Tenerife), en las Direcciones Territoriales de la citada Consejería o en cualesquiera de las dependencias a las que alude el artículo 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo, en el plazo de 15 días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria.

3.1.3. Transcurrido el plazo de presentación de instancias no se podrán añadir ni eliminar puestos a la petición formulada, ni alterar el orden de prelación de los destinos solicitados.

3.2. Documentos: los concursantes deberán aportar junto con la instancia los siguientes documentos:

a) Fotocopia del título académico alegado para el acceso a la función inspectora.

b) En su caso, fotocopia del título administrativo de la especialidad por la que concurse.

c) Acreditación de los servicios prestados, mediante hoja de servicios con la expresión del cómputo total de los servicios prestados, cerrada a la fecha de publicación de la presente convocatoria, o certificación expedida por los centros de Enseñanzas Medias.

d) Memoria sobre la función inspectora ajustada a lo dispuesto en el baremo que figura en el anexo III.

e) Aquellos méritos que los aspirantes aleguen y no acrediten suficientemente no serán tenidos en cuenta.

f) Todas las fotocopias que se remitan, deberán ir acompañadas de las diligencias de compulsa con sus originales, expedidas por los organismos con competencia para ello.

4. Resolución del concurso

4.1. Resolución del concurso: el concurso será resuelto por la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, a propuesta de una Comisión de Evaluación compuesta por los siguientes miembros:

Presidenta: Iltma. Sra. Viceconsejera de Educación o persona en quien delegue.

Vocales: Inspector General de Educación y cuatro Inspectores de Educación; dos de entre los funcionarios del Cuerpo de Inspección Educativa de E.G.B. y dos de entre los funcionarios del Cuerpo de Inspección Educativa de EE.MM.; y un funcionario técnico de los Servicios Jurídicos de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.

Secretario: un funcionario de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, que actuará con voz pero sin voto.

La Comisión llamará a los aspirantes para defender la Memoria presentada de acuerdo con lo establecido en el artº. 14 del Decreto 130/1988.

4.2. Los miembros de la Comisión estarán sujetos a las causas de abstención y recusación establecidas en los artículos 20 y 21 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

4.3. La Comisión podrá contar con el asesoramiento de especialistas pertenecientes a las diferentes materias, si lo estimase necesario.

4.4. Los concursantes defenderán la Memoria presentada ante la Comisión de Selección.

4.5. La valoración de los méritos de los aspirantes se efectuará atendiendo al baremo relacionado en el anexo III de esta Orden.

4.6. La puntuación mínima exigida para poder superar el concurso de acceso será de 7 puntos. Aquellos concursantes que no alcancen esta puntuación mínima exigida, quedarán excluidos del concurso.

4.7. Los casos de igualdad en las puntuaciones totales se dirimirán de acuerdo con la puntuación otorgada a los méritos preferentes, en su caso, por la antigüedad, y finalmente por el número obtenido para el ingreso en el Cuerpo o Escala docente a la que pertenezcan.

4.8. La Comisión publicará en las Direcciones Territoriales de Educación la relación de los concursantes que hayan superado la puntuación mínima a que se refiere el punto 4.6 de esta convocatoria con expresión de las puntuaciones obtenidas, sin que, en ningún caso, el número de concursantes preseleccionados pueda exceder del número de plazas convocadas.

5. Curso selectivo de especialización

5.1. Los concursantes seleccionados realizarán un curso teórico-práctico de carácter selectivo, cuya duración no será inferior a 60 horas ni superior a 100 horas. El curso versará sobre el temario recogido en el anexo IV de esta convocatoria.

5.2. La valoración del curso será realizada por una Comisión de Evaluación cuyos miembros serán designados por la Viceconsejera de Educación.

La evaluación del curso se realizará en función de los resultados obtenidos por los concursantes en las pruebas correspondientes.

5.3. La calificación global del curso de especialización sólo podrá ser de "apto" o "no apto".

5.4. Los concursantes seleccionados que no obtengan la calificación de "apto" quedarán excluidos del concurso.

5.5. Los miembros de las Comisiones de Selección del concurso de méritos y del curso selectivo tendrán derecho a percibir las dietas de asistencia establecidas legalmente. 6. Resolución del concurso

6.1. El concurso será resuelto por Orden de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes y contendrá la adjudicación de destinos de los concursantes seleccionados así como la fecha de la toma de posesión de los mismos.

7. Permanencia en la función inspectora e incorporación a la docencia

7.1. La adscripción de los funcionarios de los Cuerpos o Escalas docentes se hará por periodos de tres años susceptibles de renovación por otros tres años. Transcurridos los periodos de tres o seis años de adscripción a la función inspectora, la incorporación a los puestos correspondientes a sus Cuerpos o Escalas se efectuará a través de la participación en los correspondientes concursos, reconociéndoseles un derecho preferente a la localidad de su último destino como docente.

7.2. Transcurridos seis años del ejercicio continuado de la función de Inspección Educativa, la valoración del trabajo realizado, de acuerdo con los criterios y procedimientos que reglamentariamente se determinen, permitirá el desempeño de puestos de la función inspectora por tiempo indefinido, pudiendo, no obstante, reincorporarse voluntariamente a puestos docentes a través de los concursos ordinarios de provisión.

8. Recursos

Contra la presente convocatoria y cuantos actos deriven de ella podrán los interesados interponer recurso de reposición en la forma establecida en la Ley de Procedimiento Administrativo.

Santa Cruz de Tenerife, a 18 de junio de 1990.

EL CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA, Vicente Alvarez Pedreira.

A N E X O I

PUESTOS DE TRABAJO VACANTES DE INSPECCION EDUCATIVA

CENTRO DIRECTIVO: Consejero. UNIDAD: Inspección Educativa. DENOMINACION DEL PUESTO: Inspector Educativo. NIVEL: 24. PUNTOS COMPLEMENTO ESPECIFICO: 48,33. VINCULO: funcionario de carrera. ADMINISTRACION PROCEDENCIA: DOC/CAC. GRUPO: A. ADSCRIPCION CUERPO/ESCALA: CID. ESPECIALIDAD: Lengua y Literatura Española. EXPERIENCIA: 5 años docente B.U.P. JORNADA: especial. LOCALIZACION: Santa Cruz de Tenerife.

CENTRO DIRECTIVO: Consejero. UNIDAD: Inspección Educativa. DENOMINACION DEL PUESTO: Inspector Educativo. NIVEL: 24. PUNTOS COMPLEMENTO ESPECIFICO: 48,33. VINCULO: funcionario de carrera. ADMINISTRACION PROCEDENCIA: DOC/CAC. GRUPO: A. ADSCRIPCION CUERPO/ESCALA: CID. ESPECIALIDAD: Ciencias Naturales. EXPERIENCIA: 5 años docente B.U.P. JORNADA: especial. LOCALIZACION: Santa Cruz de Tenerife.

CENTRO DIRECTIVO: Consejero. UNIDAD: Inspección Educativa. DENOMINACION DEL PUESTO: Inspector Educativo. NIVEL: 24. PUNTOS COMPLEMENTO ESPECIFICO: 48,33. VINCULO: funcionario de carrera. ADMINISTRACION PROCEDENCIA: DOC/CAC. GRUPO: A. ADSCRIPCION CUERPO/ESCALA: CID. EXPERIENCIA: 5 años docente EE.MM. JORNADA: especial. LOCALIZACION: Santa Cruz de La Palma.

CENTRO DIRECTIVO: Consejero. UNIDAD: Inspección Educativa. DENOMINACION DEL PUESTO: Inspector Educativo. NIVEL: 24. PUNTOS COMPLEMENTO ESPECIFICO: 48,33. VINCULO: funcionario de carrera. ADMINISTRACION PROCEDENCIA: DOC/CAC. GRUPO: A/B. ADSCRIPCION CUERPO/ESCALA: CID. EXPERIENCIA: 5 años docente E.G.B./EE.MM. JORNADA: especial. LOCALIZACION: Valverde.

CENTRO DIRECTIVO: Consejero. UNIDAD: Inspección Educativa. DENOMINACION DEL PUESTO: Inspector Educativo. NIVEL: 24. PUNTOS COMPLEMENTO ESPECIFICO: 48,33. VINCULO: funcionario de carrera. ADMINISTRACION PROCEDENCIA: DOC/CAC. GRUPO: A. ADSCRIPCION CUERPO/ESCALA: CID. EXPERIENCIA: 5 años docente F.P. JORNADA: especial. LOCALIZACION: Las Palmas de Gran Canaria.

CENTRO DIRECTIVO: Consejero. UNIDAD: Inspección Educativa. DENOMINACION DEL PUESTO: Inspector Educativo. NIVEL: 24. PUNTOS COMPLEMENTO ESPECIFICO: 48,33. VINCULO: funcionario de carrera. ADMINISTRACION PROCEDENCIA: DOC/CAC. GRUPO: A/B. ADSCRIPCION CUERPO/ESCALA: CID. EXPERIENCIA: 5 años docente E.G.B. JORNADA: especial. LOCALIZACION: Las Palmas de Gran Canaria.

CENTRO DIRECTIVO: Consejero. UNIDAD: Inspección Educativa. DENOMINACION DEL PUESTO: Inspector Educativo. NIVEL: 24. PUNTOS COMPLEMENTO ESPECIFICO: 48,33. VINCULO: funcionario de carrera. ADMINISTRACION PROCEDENCIA: DOC/CAC. GRUPO: A/B. ADSCRIPCION CUERPO/ESCALA: CID. EXPERIENCIA: 5 años docente E.G.B. JORNADA: especial. LOCALIZACION: Las Palmas de Gran Canaria.

CENTRO DIRECTIVO: Consejero. UNIDAD: Inspección Educativa. DENOMINACION DEL PUESTO: Inspector Educativo. NIVEL: 24. PUNTOS COMPLEMENTO ESPECIFICO: 48,33. VINCULO: funcionario de carrera. ADMINISTRACION PROCEDENCIA: DOC/CAC. GRUPO: A/B. ADSCRIPCION CUERPO/ESCALA: CID. EXPERIENCIA: 5 años docente E.G.B. JORNADA: especial. LOCALIZACION: Las Palmas de Gran Canaria.

CENTRO DIRECTIVO: Consejero. UNIDAD: Inspección Educativa. DENOMINACION DEL PUESTO: Inspector Educativo. NIVEL: 24. PUNTOS COMPLEMENTO ESPECIFICO: 48,33. VINCULO: funcionario de carrera. ADMINISTRACION PROCEDENCIA: DOC/CAC. GRUPO: A/B. ADSCRIPCION CUERPO/ESCALA: CID. EXPERIENCIA: 5 años docente E.G.B./EE.MM. JORNADA: especial. LOCALIZACION: Puerto del Rosario.

CENTRO DIRECTIVO: Consejero. UNIDAD: Inspección Educativa. DENOMINACION DEL PUESTO: Inspector Educativo. NIVEL: 24. PUNTOS COMPLEMENTO ESPECIFICO: 48,33. VINCULO: funcionario de carrera. ADMINISTRACION PROCEDENCIA: DOC/CAC. GRUPO: A/B. ADSCRIPCION CUERPO/ESCALA: CID. EXPERIENCIA: 5 años docente E.G.B. JORNADA: especial. LOCALIZACION: Arrecife. 1.- La Constitución de 1978, estructura y contenido, especial referencia al Título VIII. Estatuto de Autonomía de Canarias y Ley Orgánica de Transferencias Complementarias.

2.- Atribuciones y delimitación de competencias del Estado y de las Comunidades Autónomas.

3.- La Administración Pública. El Derecho Administrativo y sus fuentes: la Ley, Leyes Orgánicas, Leyes Ordinarias, Decretos-Leyes y Decretos Legislativos. Normas inferiores a la Ley: Decretos, Ordenes y otras disposiciones.

4.- El acto administrativo: concepto y clases. Elementos del acto administrativo: sujeto, causa, fin y forma. Los actos políticos. Eficacia y validez del acto administrativo. Procedimiento de ejecución. Nulidad de pleno derecho, anulabilidad y revocación de los actos administrativos.

5.- El procedimiento administrativo: concepto y clases. La Ley de Procedimiento Administrativo: ámbito de aplicación y principios generales. Iniciación, ordenación, instrucción y terminación del procedimiento administrativo. Especial referencia a los informes. Los procedimientos especiales.

6.- Los recursos administrativos: concepto y clases. Recursos y reclamaciones. Requisitos generales de los recursos administrativos. Estudio de los recursos de alzada, reposición y revisión.

7.- Estructura orgánica de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes. La Inspección Técnica de Educación en la Administración educativa española. Decreto de Ordenación de la Inspección de Educación en la Comunidad Autónoma de Canarias.

8.- La Ley Orgánica del Derecho a la Educación. Decretos que la desarrollan.

9.- Ordenación de las enseñanzas en los niveles educativos no universitarios. El proyecto para la Reforma de la Enseñanza no Universitaria.

10.- Régimen jurídico de los centros docentes públicos y privados. El Registro de Centros.

11.- Conciertos educativos. 12.- El profesorado: régimen administrativo en el marco de la Función Pública. Formación y perfeccionamiento.

13.- Derechos y deberes de los alumnos.

14.- Organización administrativa de los centros docentes. Documentación y normativa de funcionamiento.

15.- Regulación de la organización y funcionamiento de las actividades docentes en los centros. Programación general anual del centro y Memoria de fin de curso. Los seminarios didácticos. Programación de seminarios. Coordinaciones. Los equipos docentes.

16.- La evaluación del sistema educativo. Normativa general sobre evaluación.

17.- Régimen económico de los centros. Financiación. Gastos de funcionamiento. Procedimiento de contabilidad.

18.- La participación de los distintos sectores de la comunidad educativa en los centros docentes.

19.- Servicios de apoyo docentes. Servicios complementarios. Los proyectos de innovación.

20.- El plan de actividades de la Inspección. La visita de inspección. Elaboración y emisión de informes.

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