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BOC Nº 075. Lunes 18 de Junio de 1990 - 622

VI. ANUNCIOS - Otros anuncios - C.Turismo y Transportes

622 - RESOLUCION de 29 de mayo de 1990, de la Dirección General de Ordenación e Infraestructura Turística, sobre notificaciones de Resoluciones a titulares de empresas y actividades turísticas de ignorado domicilio.

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No teniendo constancia esta Dirección General del domicilio de los titulares de los establecimientos y actividades turísticas que se relacionan, y siendo preciso notificarles la Resolución recaída en el expediente incoado contra los mismos, por infracción a la normativa turística, y conforme al artº. 80.3 de la Ley de Procedimiento Administrativo,

R E S U E L V O:

1.- Notificar a los titulares de los establecimientos y actividades turísticas que se citan, la Resolución recaída en el expediente que les ha sido instruido por esta Dirección General, por infracción a la legislación en materia turística.

Los interesados podrán interponer recurso de alzada, en el plazo de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución, ante el Excmo. Sr. Consejero de Turismo y Transportes del Gobierno de Canarias.

2.- Remitir a los Ayuntamientos de las poblaciones que se citan, la presente Resolución para su publicación en el tablón de edictos correspondiente.

1) Nº EXPTE.: 38/89; TITULAR: Juan Rafael Lorenzo Pérez; ESTABLECIMIENTO: Restaurante Sorrentino; POBLACION: San Bartolomé de Tirajana; HECHO INFRACTOR: realizar la actividad turística de restaurante, en el establecimiento de referencia, careciendo de la preceptiva autorización de apertura de este organismo; PRECEPTOS INFRINGIDOS: artº. 6º de la Orden Ministerial de 17.3.1965, de Ordenación Turística de Restaurantes; CALIFICACION: grave, en base al artº. 9º.b), en relación con el artº. 8º.LL), de la Ley 3/1986, de 8 de abril; SANCION: 100.001 ptas.

2) Nº EXPTE.: 41/89; TITULAR: Hans Ludwing Wernery; ESTABLECIMIENTO: Restaurante Scheneizer Tessiner Stuben; POBLACION: San Bartolomé de Tirajana; HECHO INFRACTOR: haber cambiado la denominación del establecimiento turístico referenciado sin haberlo comunicado previa y preceptivamente a este organismo. Haber modificado el contenido de las cartas, tanto en los platos como en los precios, sin haberlo notificado a este organismo. No dar publicidad de las relaciones de servicios y precios en español; PRECEPTOS INFRINGIDOS: artº. 3º de la Orden de 19.10.1988, de la Consejería de Turismo y Transportes del Gobierno de Canarias. Artº. 30 de la Orden Ministerial de 17.3.1965, modificado por la Orden Ministerial de 29.6.1978, en su artº. 2º. Artº 10.3 de la Orden Ministerial de 17.3.1965, modificado por la Orden Ministerial de 29.6.1978, en su artº. 1º; CALIFICACION: leve, en base al artº. 8º.d), en relación con el artº. 7º.d), de la Ley 3/1986, de 8 de abril; SANCION: 75.000 ptas.

3) Nº EXPTE.: 42/89; TITULAR: Casupra, S.L.; ESTABLECIMIENTO: Bar Relax; POBLACION: San Bartolomé de Tirajana; HECHO INFRACTOR: no haber notificado a este organismo la relación de servicios con los precios que rigen en la prestación de los mismos. No disponer de hojas de reclamaciones; PRECEPTOS INFRINGIDOS: artº. 30 de la Orden Ministerial de 17.3.1965, modificado por la Orden Ministerial de 29.6.1978, en su artº. 2º, y en aplicación del artº. 4º de la Orden Ministerial 19.6.1970. Artº. 1º de la Orden de 13.11.1986, de la Consejería de Turismo y Transportes del Gobierno de Canarias; CALIFICACION: leve, en base al artº. 8º.d), f), en relación con el artº. 7º.d), de la Ley 3/1986, de 8 de abril; SANCION: 25.000 ptas.

4) Nº EXPTE.: 47/89; TITULAR: Heinz Dieter Vennedey; ESTABLECIMIENTO: Bar Restaurante Movie; POBLACION: San Bartolomé de Tirajana; HECHO INFRACTOR: realizar la actividad turística de restaurante, en el establecimiento de referencia, careciendo de la preceptiva autorización de apertura de este organismo; PRECEPTOS INFRINGIDOS: artº. 6º de la Orden Ministerial de 17.3.1965, de Ordenación Turística de Restaurantes; CALIFICACION: grave, en base al artº. 9º.b), en relación con el artº. 8º.LL), de la Ley 3/1986, de 8 de abril; SANCION: 125.000 ptas.

5) Nº EXPTE.: 60/89; TITULAR: Alfonso Triviño Silva; ESTABLECIMIENTO: Restaurante Los Amigos; POBLACION: San Bartolomé de Tirajana; HECHO INFRACTOR: realizar la actividad turística de restaurante, en el establecimiento de referencia, careciendo de la preceptiva autorización de apertura de este organismo, que le habilita para el legal funcionamiento y apertura del local; PRECEPTOS INFRINGIDOS: artº. 6º de la Orden Ministerial de 17.3.1965, de Ordenación Turística de Restaurantes; CALIFICACION: grave, en base al artº. 9º.b), en relación con el artº. 8º.LL), de la Ley 3/1986, de 8 de abril; SANCION: 150.000 ptas.

Las Palmas de Gran Canaria, a 29 de mayo de 1990.- El Director General de Ordenación e Infraestructura Turística, Pedro J. García Artiles.

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