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No teniendo constancia esta Secretaría Técnica del domicilio de D. Keum Seo Moon, y siendo preciso notificarle la Propuesta de Resolución correspondiente al expediente incoado contra el mismo, conforme al artº. 80.3 de la Ley de Procedimiento Administrativo,
R E S U E L V O:
1.- Notificar a D. Keum Seo Moon la Propuesta de Resolución recaída en el expediente que ha sido instruido, por infracción de la legislación en materia sanitaria.
El interesado podrá alegar cuanto considere conveniente a su derecho, en el plazo de 8 días contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Propuesta de Resolución, ante la Dirección Territorial de Salud de la Consejería de Sanidad, Trabajo y Servicios Sociales. 2.- Remitir al Ayuntamiento de la población que se cita, la presente Propuesta de Resolución para su publicación en el tablón de edictos correspondiente.
Nº EXPTE.: 232/89; TITULAR: D. Keum Seo Moon; POBLACION: Las Palmas de Gran Canaria; HECHO INFRACTOR: carecen los empleados de carnet de manipuladores de alimentos. No presenta autorización sanitaria. Barreños y útiles de cocina en el suelo. Pared de la cocina desconchada en una dimensión de dos metros y tapada con una plancha; PRECEPTOS INFRINGIDOS: los artículos 20.3 y 5, 6º.2 y 4º.3 del Real Decreto 2.817/1983, de 13 de octubre, y 2.505/1983, de 4 de agosto, en su artículo 3º.a) en relación con el artículo 35.a).1, de la Ley General de Sanidad 14/1986, de 25 de abril; SANCION: leve; CANTIDAD: cuarenta mil (40.000) pesetas.
Santa Cruz de Tenerife, a 28 de mayo de 1990.- El Secretario General Técnico, José M. de la Viuda Pérez.
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