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BOC Nº 067. Miércoles 30 de Mayo de 1990 - 629

III. OTRAS RESOLUCIONES - C.Sanidad, Trabajo y Servicios Sociales

629 - ORDEN de 25 de mayo de 1990, por la que se establecen los servicios mínimos a prestar durante la huelga convocada, para los días 1 y 4 de junio de 1990, por el personal laboral de la Residencia de la Tercera Edad de Santa Cruz de La Palma.

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En virtud del Decreto 24/1987, de 13 de marzo, de establecimiento de los servicios mínimos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, se asigna a los titulares de las Consejerías del Gobierno Autónomo de Canarias competencia para la determinación de los servicios mínimos que sean necesarios prestar en días de huelga, así como el personal preciso para su desempeño. Ello, en el ámbito de sus respectivos Departamentos.

La Secretaría Insular de la FTP de CC.OO. de Santa Cruz de La Palma presentó preaviso de huelga que afectaría al personal laboral de la Residencia de la Tercera Edad de Santa Cruz de La Palma, los días 1 y 4 de junio de 1990.

La asistencia que se presta por tal colectivo de personal laboral tiene carácter de servicio público de reconocida e inaplazable necesidad, que de no prestarse podría ocasionar daños de gravedad, por lo que se hace necesario fijar las medidas recogidas en el Decreto 24/1987, de 13 de marzo, con el fin de armonizar el interés general y el derecho constitucional de huelga.

Por tal motivo, y oído el Comité de Huelga

En su virtud,

D I S P O N G O:

Artículo único.- Los servicios mínimos que se han de prestar por el personal laboral adscrito a la Residencia de la Tercera Edad de Santa Cruz de La Palma, en la huelga de los días 1 y 4 de junio de 1990, son los siguientes:

TURNO DE MAÑANA DEL DIA 1 DE JUNIO DE 1990

1 Médico (jornada reducida): D. Miguel E. Socorro Monzón. 1 Gobernanta: Dña. Palmira Bernad Tena. 3 Camareras/Limpiadoras: Dña. Mª Elda Pérez Roche. Dña. Mª Nieves Rodríguez Brito. Dña. Carmen Manuela González Toledo. 1 Cocinero: D. Sixto Leal Monterrey. 1 Ordenanza: Dña. Mª Noly Paiz Hernández. 1 Mantenimiento (localizable): D. Ismael Hernández Ayut. 1 A.T.S.: Dña. Teresa Jorda Ferrer. 1 Auxiliar de Clínica: Dña. Pilar Dorta Pérez.

TURNO DE TARDE DEL DIA 1 DE JUNIO DE 1990

3 Camareras/Limpiadoras: Dña. Juana Elda Santos Ríos. Dña. Mª Delices Sanjuán Brito. Dña. Mª Dolores Valladares Rodríguez. 1 Cocinero: D. Manuel Arocha Averos. 1 Auxiliar de Clínica: Dña. Nolasca Concepción Machín. 1 Ordenanza: D. Eulogio Galiano Martínez.

TURNO DE NOCHE DEL DIA 1 DE JUNIO DE 1990

1 Auxiliar de Clínica: Dña. Carmen Dolores Rodríguez Martín. 1 Ordenanza: D. Miguel Luis Rodríguez Concepción.

TURNO DE MAÑANA DEL DIA 4 DE JUNIO DE 1990

1 Médico (jornada reducida): D. Miguel E. Socorro Monzón. 1 Subgobernanta: Dña. Mª Angeles Cabrera Pérez. 3 Camareras/Limpiadoras: Dña. Rosa Digna Hernández Ayut. Dña. Dolores Esther Pérez Camacho. Dña. Mª Milagrosa Alvarez Brito. 1 Cocinero: D. Serafín Castillo De Paz Abreu. 1 A.T.S.: Dña. Teresa Jorda Ferrer. 1 Auxiliar de Clínica: Dña. Marta Almida Sanjuán Flores. 1 Ordenanza: D. Miguel Luis Rodríguez Concepción. 1 Mantenimiento (localizable): D. José J. Pérez Martín.

TURNO DE TARDE DEL DIA 4 DE JUNIO DE 1990

3 Camareras/Limpiadoras: Dña. Carmen Nieves Martín Pérez. Dña. Mª Nieves Rodríguez Jiménez. Dña. Mª Fernanda Castillo Méndez. 1 Auxiliar de Clínica: Dña. Nieves Gloria Paz Pérez. 1 Cocinero: D. Pedro A. Calderón Pérez. 1 Ordenanza: D. Manuel Francisco Martín.

TURNO DE NOCHE DEL DIA 4 DE JUNIO DE 1990

1 A.T.S.: D. Miguel Lores Iglesias. 1 Ordenanza: D. Juan Evaristo González Cruz.

DISPOSICION FINAL

Contra la presente Orden cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la correspondiente Sala del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, dentro del plazo de diez (10) días siguientes a su notificación expresa, de conformidad con lo previsto en la Ley de Protección Jurisdiccional de los Derechos Fundamentales de la Persona y la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, pudiendo, asimismo, interponerse otro recurso que se estime conveniente.

Lo que comunico para su conocimiento y efectos.

Santa Cruz de Tenerife, a 25 de mayo de 1990.

EL CONSEJERO DE SANIDAD, TRABAJO Y SERVICIOS SOCIALES, Daniel Prats Díaz.

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