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De conformidad con lo establecido en el Real Decreto 3.523/1981, de 18 de diciembre; en la Ley Orgánica 10/1982, de 10 de agosto, y en el artículo 11 del Decreto 26/1984, de 27 de enero, de la Presidencia del Gobierno de Canarias, la Dirección General de Transportes ha resuelto adjudicar definitivamente la concesión del Servicio Público Regular Interurbano de Transportes de Viajeros por Carretera entre el Cruce de Lomo Blanco y el Cruce del Seminario, como hijuela-desviación de la concesión V-3071: GC-22, perteneciente a la empresa "Unión de Transportes Insulares, S.A.", con arreglo a la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, Ley 16/1987, de 30 de julio (B.O.E. 31 de julio de 1987), y Reglamento de Ordenación de los Transportes vigente, y, entre otras, a las siguientes condiciones:
ITINERARIO
Longitud: 0,8 kms. En su itinerario no se colocarán paradas.
EXPEDICIONES
Seis (6): tres (3) de ida y tres (3) de vuelta.
Se realizarán con el calendario escolar, de octubre a julio de cada año, y de lunes a viernes en la semana.
Las tres (3) expediciones de ida saldrán de Las Palmas de Gran Canaria a las 7 horas 30 minutos, 12 horas 30 minutos y 19 horas 30 minutos.
Las tres (3) expediciones de vuelta tendrán su salida del campus universitario a las 8 horas, 13 horas y a las 20 horas.
Las Palmas de Gran Canaria, a 25 de abril de 1990.- El Director General de Transportes, Fernando Pérez Navarro.
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