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BOC Nº 060. Lunes 14 de Mayo de 1990 - 524

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - C.Educación, Cultura y Deportes

524 - RESOLUCION de 7 de mayo de 1990, de la Dirección General de Personal, por la que se hace pública la adjudicación definitiva de destinos obtenidos en el concurso general de traslados, restringido y de Preescolar entre el profesorado de Educación General Básica, convocado por Orden de 18 de octubre de 1989.

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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 79 del Estatuto de Magisterio y en la convocatoria del concurso general, restringido y de Preescolar de fecha 18 de octubre de 1989 (B.O.C. nº 142, de 25.10.89).

Esta Dirección General ha dispuesto:

I. Resolución definitiva de los concursos. Elevar a definitivas las adjudicaciones provisionales de destinos de los referidos concursos realizadas por Resolución de 20 de febrero de 1990, de la Dirección General de Personal (B.O.C. nº 29, de 7.3.90), con las modificaciones que dentro de cada concurso se contienen en el anexo I de la presente Resolución, en el que aparecen tanto los nuevos destinos obtenidos por los concursantes, como los anulados a consecuencia de las reclamaciones formuladas.

II. Eliminación e inclusión de vacantes.

Por no proceder su provisión en estos concursos, a causa de supresión, error en el anuncio, etc., se eliminan de los mismos las vacantes que figuran en el anexo II.

III. Reclamaciones.

a) Estimadas. Las reclamaciones que, siendo procedentes, tenía fundamento su formulación, han sido estimadas y tenidas en cuenta, con sus consecuencias en la resolución definitiva de los concursos, figurando por relación alfabética de apellidos en el anexo III.

b) Desestimadas.

Por no existir precepto legal en que apoyarlas, o por falta de fundamento en su pretensión, se desestiman las peticiones formuladas por los concursantes, que por orden alfabético de apellidos figuran en el mismo anexo III.

IV. Nuevas vacantes.

Las vacantes cuya inclusión en estos concursos fue debidamente reclamada, pero que por corresponder a localidades no anunciadas en los mismos no han podido ser tenidas en cuenta en la adjudicación definitiva, se anuncian por la presente en el anexo IV, concediéndose un plazo de quince días naturales, a partir del siguiente al que se publique la presente en el Boletín Oficial de Canarias, para ser solicitadas por quienes tengan interés en las mismas, hayan participado o no en estos concursos o hayan tenido destino o no en los mismos, siempre que reuniesen los requisitos exigidos para participar en los citados concursos.

V. Adscripción a centro.

El destino a centro desde las localidades de censo superior a 10.000 habitantes se obtendrá a través del concursillo, que se celebrará de conformidad con la Resolución de 2 de abril de 1990 (B.O.C. nº 46, de 16.4.90). En las de censo inferior a 10.000 habitantes, en que hubiere vacante a proveer en más de un centro, la adscripción a éstos se obtendrá por elecciones conjuntas ante el órgano correspondiente, de los profesores ya destinados en la localidad que deseen cambiar de centro y los que resulten nombrados para la misma, en virtud de estos concursos, viniendo señalada la preferencia por lo dispuesto en los artículos 70 y 71 del Estatuto de Magisterio, a cuyo efecto, en el plazo de cinco días a contar de la publicación de esta Resolución, podrán formular instancia-declaración, similar a la de participación en el concursillo a plazas de más de 10.000 habitantes, ante la respectiva Dirección Territorial de Educación.

No se calificará servicio alguno, por el apartado a) del artículo 71 antes indicado, a los que por haber obtenido destino en concursos resueltos con posterioridad a 1989 accedan por primera vez a la localidad.

Los profesores de Preescolar tendrán el mismo tratamiento en su puntuación de los de nivel educativo de E.G.B., pero solamente son puntuables los servicios prestados en escuelas de esta especialidad.

VI. Anulación de destinos.

En los casos en que hasta el 31 de agosto del año en curso, resultasen suprimidas unidades escolares previstas en estos concursos, o se hubiesen previsto "resultas inexistentes", se considerarán automáticamente anulados los nombramientos para una u otra; los profesores afectados continuarán al frente de las que venían desempeñando como titulares definitivos, si las tenían y no han sido a su vez previstas en los concursos como "resultas", en cuyo caso obtendrán destino provisional en su provincia de procedencia o en la del destino anulado a su elección; asimismo quedarán automáticamente anulados los destinos erróneamente adjudicados a profesores que no cumplen los requisitos exigidos para la participación en estos concursos o no tengan los méritos suficientes para obtener plaza.

Por las Direcciones Territoriales a las que afecte la posible supresión o provisión de resulta inexistente se tomarán urgentemente las medidas conducentes a evitar desplazamientos innecesarios y gravosos a los profesores afectados, notificándolo con la máxima diligencia a los mismos si pertenecen a la propia provincia o, en otro caso, a través de la Dirección de origen.

VII. Posesión. La posesión en los destinos obtenidos en estos concursos tendrá lugar ante los organismos correspondientes el día que comience el curso escolar, con efectos del día 1 de septiembre del corriente año, realizándose el cese en los centros de procedencia con efectos del 31 de agosto.

Los profesores que no consuman la plaza obtenida en los concursos tomarán posesión de la misma en la fecha indicada anteriormente, ante la Dirección Territorial en que residen o en que prestan servicios, haciéndose constar en la diligencia la situación especial en que se hallen con respecto a la plaza alcanzada en aquéllos.

Asimismo, cuando coinciden dos nombramientos para un mismo profesor en concursos ordinarios y en plaza de régimen especial, podrán tomar posesión y cese de la primera en la Dirección Territorial donde radique la Escuela de Régimen Especial. Este beneficio se hace extensivo a los profesores que se hallen sirviendo en escuela provisional por consorte en una localidad y que obtengan nueva vacante en localidad distinta.

En ambos casos los interesados deberán remitir, con la mayor urgencia, copia compulsada de la diligencia de posesión y cese en este centro, a la Dirección Territorial de la provincia a que pertenezca la escuela posesionada nominalmente.

Los profesores que voluntariamente han participado en los concursos y alcanzado plaza en los mismos, consumiéndola, cesarán en las escuelas que actualmente sirvan y en las circunstancias profesionales en que se hallen, a excepción de los casos señalados en el párrafo anterior, estando obligados a posesionarse del nuevo destino. VIII. Desplazamientos.

De acuerdo con los principios de economía, celeridad y eficacia, promulgados por el apartado primero del artículo 29 de la Ley de Procedimiento Administrativo, y por razones de agilidad en el servicio, los propietarios provisionales, cualquiera que sea el origen de su nombramiento, así como los interinos, se considerarán desplazados en sus actuales destinos, siempre que los mismos no provean en propiedad definitiva en la resolución de los diversos concursos.

La totalidad de las vacantes resultantes en cada provincia se proveerán por las correspondientes Direcciones Territoriales para el curso 1990-91 con profesores provisionales o interinos, ajustándose a las normas e instrucciones que al efecto dicte la Dirección General de Personal.

IX. Recursos.

Por esta Resolución queda agotada la vía ordinaria para cuantas reclamaciones se refieran a este concurso, y contra la misma podrá interponerse recurso de reposición previo al contencioso-administrativo, ante esta Dirección General de Personal, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, de acuerdo con lo establecido en el artículo 126 de la Ley de Procedimiento Administrativo y en el artículo 53 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Las Palmas de Gran Canaria, a 7 de mayo de 1990.- El Director General de Personal, Fernando Hernández Guarch.

A N E X O II

ELIMINACION DE VACANTES

Provincia de Santa Cruz de Tenerife

CONCURSO GENERAL DE TRASLADOS.

- Localidad de Güímar, Ayuntamiento el mismo, código 3801056, censo 10.665 habitantes, se elimina una vacante a cada turno.

- Localidad de San Andrés, Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, código 3802036, censo 2.744 habitantes, se elimina la vacante anunciada. A N E X O III

A) RECLAMACIONES ESTIMADAS

ABAJO ANGULO, MARIA INMACULADA. PROCEDE RECTIFICAR DATOS ALEMAN GONZALEZ, JOSEFA. CAUSA BAJA EN EL CONCURSO ALMEIDA HERNANDEZ, SABINA T. CAUSA BAJA EN EL CONCURSO ARANEGA LUGO, MARIA DEL PILAR. PROCEDE REVISAR ADJUDICACION ARTILES OJEDA, ENCARNACION. PUNTUACION CORRECTA, 28,95 ASCANIO SANTANA, CARMEN M. CAUSA BAJA EN EL CONCURSO BARRETO BETANCOR, BENJAMIN. CAUSA BAJA EN EL CONCURSO BARRETO REYES, ANTONIO JOAQUIN. CAUSA BAJA (ARTº. 123 L.G.E.) BELOSO MARTINEZ, MARIA DEL CARMEN. CAUSA BAJA EN EL CONCURSO BERRUETE SANCHEZ, MARIA CODES. CAUSA BAJA EN EL CONCURSO CABRERA NARANJO, FLORA MARIA. CAUSA BAJA EN EL CONCURSO CASTELLANO QUINTANA, RUPERTA. CAUSA BAJA EN EL CONCURSO CASTRO RODRIGUEZ, MARIA ELSA. CAUSA BAJA EN EL CONCURSO CRISOSTOMO DELGADO, ROSA MARIA. PROCEDE RECTIFICAR DATOS DE LEON REYEZ, JOSE MANUEL. PROCEDE RECTIFICAR DATOS DENIZ MARRERO, ELIAS RUFINO. CAUSA BAJA EN EL CONCURSO DIAZ CORREA, HIPOLITO MANUEL. PROCEDE RECTIFICAR DATOS DIEZ-TINO DE LA MATA, FERMIN. PROCEDE RECTIFICAR DATOS DORTA PEREZ, GEMA. CAUSA BAJA EN EL CONCURSO ESQUERRO SANCHEZ, ANGEL JAVIER. CAUSA BAJA EN EL CONCURSO FERNANDEZ BETANCOR, INMACULADA. CAUSA BAJA EN EL CONCURSO FERNANDEZ FERNANDEZ, MARIA ELENA. PROCEDE REVISAR ADJUDICACION FERREIRO GOMEZ, CARMEN. PROCEDE REVISAR ADJUDICACION FRANCISCO DIAZ, MARIA CONCEPCION ADELA. CAUSA BAJA EN EL CONCURSO GALINDO MELIAN, MARIA DEL ROSARIO. PROCEDE REVISAR PUNTUACION GARCIA DE SANCHO, MARIA CRISTINA. PROCEDE RECTIFICAR DATOS GARCIA TORRES, CIRA DELIA. CAUSA BAJA EN EL CONCURSO GIL RIOS, CIRILO. CAUSA BAJA EN EL CONCURSO GONZALEZ AFONSO, MARIA ISABEL. CAUSA BAJA EN EL CONCURSO GONZALEZ ARMAS, ARGELIO. PROCEDE RECTIFICAR DATOS GONZALEZ EXPOSITO, MARIA FATIMA. SE ACCEDE A LO SOLICITADO GONZALEZ MARRERO, AMERICA C. PROCEDE RECTIFICAR DATOS GONZALEZ PEREZ, CANDELARIA. PROCEDE REVISAR ADJUDICACION GONZALEZ RAMIREZ, TERESA. SE ACCEDE A LO SOLICITADO GUTIERREZ GONZALEZ, ISABEL MARIA. PROCEDE RECTIFICAR DATOS HERNANDEZ AMADOR, MARIA DEL PILAR. CAUSA BAJA EN EL CONCURSO HERNANDEZ LORENZO, PAULA. PROCEDE REVISAR ADJUDICACION HERNANDEZ MARTIN, JOSE LUIS. PROCEDE RECTIFICAR DATOS HERNANDEZ PEREZ, MARIA DEL CARMEN. ANULACION PARCIAL HERNANDEZ RODRIGUEZ, JUAN PEDRO. CAUSA BAJA EN EL CONCURSO HERNANDEZ VIERA, MARIA DOLORES. PROCEDE ANULAR RESULTA HUARTE GARCIA, JOSE MANUEL. PUNTUACION CORRECTA, 18,61 LABRA DEL DAGO, JOSE. CAUSA BAJA EN EL CONCURSO LEON LEON, CLARA. PROCEDE RECTIFICAR DATOS LOMBARDIA DIAZ, RAFAEL. CAUSA BAJA EN EL CONCURSO LOPEZ ESPINO, MARIA LIDIA. CAUSA BAJA EN EL CONCURSO LUJAN SUAREZ, MARIA DOLORES. CAUSA BAJA EN EL CONCURSO MACIAS MEJIAS, CONSTANZA. CAUSA BAJA EN EL CONCURSO MARIJUAN MARTINEZ, MARIA DE LAS MERCEDES. CAUSA BAJA EN EL CONCURSO MARRERO TEJERA, SE ACCEDE EN PARTE A LO ANSELMO. S0LICITADO MARTINEZ MARTINEZ, CARLOS. CAUSA BAJA EN EL CONCURSO MARTINEZ RAMOS, ANGEL. CAUSA BAJA EN EL CONCURSO MONZON MARTIN, MARIA LUISA. CAUSA BAJA EN EL CONCURSO MORAN CABRERA, FATIMA. CAUSA BAJA EN EL CONCURSO NAVARRO RAMOS, MARIA DEL PINO. CAUSA BAJA EN EL CONCURSO PELARDA PEÑA, MERCEDES. SE ACCEDE A LO SOLICITADO PEÑA RODRIGUEZ, MARIA LIDIA. CAUSA BAJA EN EL CONCURSO PERDOMO CEBRIAN, JOSE ANTONIO. CAUSA BAJA EN EL CONCURSO PEREZ DE LUCIA SANTAELLA, CANDELARIA. PROCEDE RECTIFICAR DATOS PEREZ MARRERO, JOSE. PROCEDE ANULAR RESULTA PEREZ MENDEZ, CARMEN MARIA. PROCEDE REVISAR ADJUDICACION PEREZ RAMOS, JOSEFINA MATILDE. SE ACCEDE A LO SOLICITADO PEREZ VEGA, FERNANDO. CAUSA BAJA EN EL CONCURSO PRIETO ALVAREZ, LUIS G. PROCEDE RECTIFICAR DATOS RAMOS VELAZQUEZ, JOSE A. SE ACCEDE EN PARTE A LO SOLICITADO RIVERO VEGA, TOMAS JOSE. CAUSA BAJA EN EL CONCURSO RODRIGUEZ MORALES, JOSE M. PROCEDE RECTIFICAR DATOS RODRIGUEZ ORTEGA, ANA NIVES. SE ACCEDE A LO SOLICITADO RODRIGUEZ RODRIGUEZ, ANGELA NIEVES. CAUSA BAJA EN EL CONCURSO RODRIGUEZ SANTANA, JULIA MARIA. SE ACCEDE A LO SOLICITADO RUIZ JIMENEZ, MARIA ANTONIA. CAUSA BAJA EN EL CONCURSO SANCHEZ PERERA, MARIA DEL CARMEN. CAUSA BAJA EN EL CONCURSO SANCHEZ RAMOS, PEDRO ALFONSO. CAUSA BAJA EN EL CONCURSO SANCHEZ SANTANA, MARGARITA DELIA. PROCEDE RECTIFICAR DATOS SANTANA VEGA, GREGORIO. CAUSA BAJA EN EL CONCURSO SANTIAGO GARCIA, SERGIO CARMELO. CAUSA BAJA EN EL CONCURSO SARMIENTO RODRIGUEZ, INMACULADA. SE ACCEDE A LO SOLICITADO SILVA SANCHEZ, JUANA. CAUSA BAJA EN EL CONCURSO SOLANO MUÑOZ, JOSE ANTONIO. SE DEJA SIN EFECTO EL APAR. SOLAZ ANDUJAR, JOSE. CAUSA BAJA EN EL CONCURSO SOSA MARRERO, ANGELICA. CAUSA BAJA EN EL CONCURSO SOTO NUÑEZ, MARIA ANGELA. CAUSA ALTA EN EL CONCURSO TOME SANTOS, CARMEN ROSA. PROCEDE ANULAR RESULTA VALLECILLO SANTANA, NATIVIDAD. CAUSA ALTA EN EL CONCURSO VARGAS MARTIN, PEDRO ESTEBAN. PROCEDE REVISAR ADJUDICACION VERA GOMEZ, CARMEN M. PROCEDE REVISAR ADJUDICACION VILA CAMPOY, MARIA. CAUSA BAJA EN EL CONCURSO ZURITA LOPEZ, ANTONIA. SE ACCEDE A LO SOLICITADO

B) RECLAMACIONES DESESTIMADAS

AFONSO TOLEDO, GRACIANO. NO PROCEDE MODIFICACION ALEIXANDRE CARO, MARIA LUZ. NO PROCEDE MODIFICACION AMARO LUIS, JOSE AGUSTIN. YA HABIA SOLICITADO DICHA PLAZA BARROSO ESPINOSA, LAS PLAZAS QUE SE RECLAMAN SE ADJUDICAN A QUIEN MARIA CANDELARIA. CORRESPONDA BARROSO RAMOS, ANTONIA. NO PROCEDE MODIFICACION BENITEZ GRANDE-CABALLERO, LAUREANO. NO SE ACCEDE A LO SOLICITADO BETANCOR APARICIO, LA PETICION NO SE AJUSTA AL JUANA MARIA GUILLERMI. MODELO DE SOLICITUD CAMACHO QUINTERO, LA PETICION NO SE AJUSTA AL RAMEDIOS. MODELO DE SOLICITUD CANTO GUZMAN, LA PLAZA QUE RECLAMA SE FRANCISCO IGNACIO. ADJUDICA A QUIEN CORRESPONDA DIAZ GONZALEZ, MARIA TERESA. NO PROCEDE MODIFICACION DIAZ RODRIGUEZ, LAS PLAZAS QUE RECLAMA SE FRANCISCO M. ADJUDICAN A QUIEN CORRESPONDA DORTA CHINEA, LAS PLAZAS QUE RECLAMA SE JOSE ELADIO. ADJUDICAN A QUIEN CORRESPONDA ESPINOSA BARROSO, LAS PLAZAS QUE RECLAMA SE MARIA ESPERANZA. ADJUDICAN A QUIEN CORRESPONDA EXPOSITO GONZALEZ, MARIA JOSEFA. NO SE ACCEDE A LO SOLICITADO FELIME HORMIGO, LA PUNTUACION ES MENOR QUE MARIA CONCEPCION. LA PERSONA QUE CITA FERNANDEZ GONZALEZ, BENEDICTA. NO PROCEDE MODIFICACION FERREIRO GOMEZ, NO PROCEDE ACCEDER A LO CARMEN. SOLICITADO GARCIA PEREYRA, BLANCA ROSA. NO PROCEDE MODIFICACION GONZALEZ DARIAS, ISABEL ANTONIA. NO PROCEDE MODIFICACION HERNANDEZ BARROSO, CARMEN ROSA. NO PROCEDE MODIFICACION MACHIN DEL CASTILLO, YA SOLICITO POR EL CONCURSO MAGDALENA C. GENERAL MERINO MARTIN, SU CONYUGE NO ACREDITA LA JULIA. CONDICION DE FUNCIONARIO DE CARRERA EL 1-09-89 MOLINA MOLINA, ALFREDO. SE LE ADJUDICA COMO FORZOSO NOVILLO-FERTRELL LAS PLAZAS QUE RECLAMA SE FERNANDEZ, MARIA CARMEN. ADJUDICAN A QUIEN CORRESPONDA OLIVER CORDOVEZ, LA PUNTUACION ES MENOR QUE MARINA. LA PERSONA QUE CITA PADRON FRAGOSO, LA SOLICITUD SE PRESENTO JUVENAL. FUERA DE PLAZO PELARDA PEÑA, LA PETICION NO SE AJUSTA MARIA MERCEDES. AL MODELO DE SOLICITUD PEREZ RAMOS, ALFONSO. NO SE ACCEDE A LO SOLICITADO RAMON GARCIA, VICTORIA. NO PROCEDE MODIFICACION RAMOS FALERO, LA PETICION NO SE AJUSTA AL ANTONIA DOLORES. MODELO DE SOLICITUD RAMOS GOMEZ, CARMEN. CAUSA BAJA EN EL CONCURSO ROCHA MACHADO, LA PLAZA QUE RECLAMA NO LUIS. SE ANUNCIA EN EL CONCURSO RODRIGUEZ LEMES, ESTA PARTICIPANDO CON LA LUISA M. SOLICITUD ORIGINAL RODRIGUEZ PERERA, CAUSA BAJA EN EL CONCURSO JOSEFINA. (ARTº. 123 L.G.E.) SALVADOR MUÑOZ, ALBERTO. NO PROCEDE MODIFICACION SANTANA RODRIGUEZ, YOLANDA. NO PROCEDE MODIFICACION SUAREZ GONZALEZ, LAS PLAZAS QUE RECLAMA SE CONSOLACION. ADJUDICAN A QUIEN CORRESPONDA VIEIRA BERMUDEZ, LAS PLAZAS QUE RECLAMA SE CANDELARIA A. ADJUDICAN A QUIEN CORRESPONDA

CONCURSO PREESCOLAR.

- Localidad de Barranco Las Lajas, Ayuntamiento de Tacoronte, código 3800234, censo 2.452 habitantes, se elimina la vacante anunciada.

ANEXO IV

San Antonio, Ayuntamiento de La Orotava, código 3802050, censo 1.932 habitantes, una vacante en Preescolar.

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