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BOC Nº 046. Lunes 16 de Abril de 1990 - 430

III. OTRAS RESOLUCIONES - C.Educación, Cultura y Deportes

430 - ORDEN de 2 de abril de 1990, por la que se convoca concurso para la adjudicación de Bolsas de Viaje para la asistencia a Congresos y Reuniones Científicas.

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El fomento de las relaciones de nuestra comunidad científica con investigadores y grupos de investigación nacionales y extranjeros ha venido siendo un objetivo prioritario de la política científica del Gobierno de Canarias.

Continuando el programa de Bolsas de Viaje para la asistencia a Congresos y Reuniones Científicas que se celebran en otras Comunidades Autónomas y en el extranjero, y al objeto de facilitar los desplazamientos desde Canarias a dichos eventos científicos a los investigadores de las Universidades y otros centros de investigación de nuestra Comunidad Autónoma, esta Consejería ha dispuesto:

Primero.- Convocar concurso para la adjudicación de Bolsas de Viaje para la asistencia a Congresos y Reuniones Científicas, de carácter nacional o internacional, que se celebren en otras Comunidades Autónomas y en el extranjero durante el año 1990, con arreglo a las normas que se establecen en el anexo de la presente Orden.

Segundo.- Autorizar a la Dirección General de Universidades e Investigación para que adopte las medidas que den cumplimiento a la presente Orden.

Tercero.- Contra la presente Orden podrán interponer los interesados recurso de reposición, ante el Consejero de Educación, Cultura y Deportes, en el plazo de un mes a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 2 de abril de 1990.

EL CONSEJERO DE EDUCACION, CULTURA Y DEPORTES, Juan M. García Ramos.

A N E X O

1.- Queda abierto el plazo de presentación de solicitudes para la presente convocatoria el día de la publicación de esta Orden en el B.O.C., cerrándose el plazo de presentación de solicitudes en las siguientes fechas:

a) Congresos celebrados entre el 1 de enero y el 30 de abril, el 30 de abril.

b) Entre el 1 de mayo y el 31 de agosto, el 31 de agosto.

c) Entre el 1 de septiembre y el 31 de diciembre, el 9 de noviembre.

2.- Podrán optar a estas Bolsas los investigadores de las Universidades y Centros de Investigación de la Comunidad Autónoma Canaria que presenten y tengan aceptada comunicación o ponencia por la entidad organizadora del Congreso o Reunión Científica para cuya asistencia se solicita la ayuda.

3.- Las cuantías de estas ayudas se fijarán teniendo en cuenta el lugar de celebración y estarán comprendidas entre:

- 50.000 y 65.000 pesetas para Congresos y Reuniones Científicas que se celebren en España. - 65.000 y 170.000 pesetas para Congresos y Reuniones Científicas que se celebren en el extranjero.

4.- a) En las comunicaciones o ponencias con más de un autor, sólo se podrá solicitar una ayuda para el investigador que figure como ponente. Si existiere duda sobre el ponente, se concederá la ayuda a la persona que figura como primer autor.

b) Un mismo investigador no podrá solicitar más de una ayuda para la asistencia a un Congreso o reunión independientemente del número de comunicaciones o ponencias que tenga aceptadas.

5.- La solicitud se digirirá a la Dirección General de Universidades e Investigación, calle Carlos J.R. Hamilton, Edificio Mabell, Santa Cruz de Tenerife, en el correspondiente impreso normalizado, acompañado de la siguiente documentación:

a) Fotocopia de toda la comunicación o ponencia.

b) Documentación de aceptación por parte de la entidad científica organizadora de la comunicación o ponencia.

c) Fotocopia del recibo acreditativo de haber satisfecho la cuota de inscripción. Si los derechos de asistencia, exposición de la comunicación (oral o mediante panel) y publicación de la misma en el libro de resúmenes son gratuitos, deberá acreditarse tal circunstancia documentalmente.

d) Declaración expresa del solicitante donde haga constar que, en caso de extravío del billete original, renuncia al importe de la ayuda concedida.

El impreso de solicitud normalizado se encuentra a disposición de los interesados en la Dirección General de Universidades e Investigación, en la Dirección Territorial de Las Palmas de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, calle León y Castillo, 226, 2ª planta, Las Palmas de Gran Canaria, y en los Vicerrectorados de las Universidades Canarias.

6.- a) La selección de solicitudes se realizará por una Comisión nombrada por la Dirección General de Universidades e Investigación.

b) La Dirección General de Universidades e Investigación resolverá las propuestas de la Comisión cuatrimestralmente en las siguientes fechas:

30 de abril: Congresos con fecha de iniciación entre el 1 de enero y el 30 de abril.

31 de agosto: Congresos con fecha de iniciación entre el 1 de mayo y el 31 de agosto.

9 de noviembre: Congresos con fecha de iniciación entre el 1 de septiembre y el 31 de diciembre.

c) El crédito anual destinado a este programa debe distribuirse equilibradamente entre las tres resoluciones en función del número de solicitudes y de la densidad de celebración de Congresos y Reuniones Científicas en cada cuatrimestre, sin que en ningún caso pueda sobrepasar el importe del crédito presupuestado.

7.- Los requisitos para la obtención de la ayuda son los establecidos en la Orden de convocatoria, y únicamente podrá denegarse la ayuda por no presentar la documentación prevista en las cláusulas anteriores.

8.- El abono de las ayudas se realizará contra la inexcusable presentación de la siguiente documentación:

a) Billete de ida y vuelta original utilizado por el beneficiario para la asistencia al correspondiente Congreso o Reunión Científica.

b) Declaración expresa del beneficiario en la que conste no haber recibido financiación alguna por parte de otra entidad para la asistencia al Congreso o Reunión Científica en cuestión, realizada en impreso normalizado.

9.- Se declara la compatibilidad de estas ayudas con cualquier otra de las convocadas por la Dirección General de Universidades e Investigación.

10.- El pago deberá realizarse con cargo a la aplicación presupuestaria 18.07.422F.480.00 L.A. 90482L02.

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