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Mediante Ordenes de 22 de enero y 8 de marzo de 1990 (B.O.C. nos 13, de 29.1.90 y 34, de 19.3.90, respectivamente), se determinaron las fiestas locales de los municipios de esta Comunidad Autónoma y se rectificaron aquellas respecto a las que varios Ayuntamientos comunicaron que se había padecido error, por su parte, en la transcripción.
El Ayuntamiento de la villa de Adeje ha notificado la existencia de un error en la festividad de Santa Ursula, patrona de la villa, que hace necesaria su rectificación.
En su virtud,
D I S P O N G O:
Artículo único.- Se declaran inhábiles, para el trabajo, retribuidos y no recuperables, con carácter de fiestas locales para 1990, en la villa de Adeje, los siguientes días:
- 27 de febrero: Martes de Carnaval.
- 15 de octubre: Santa Ursula.
DISPOSICION DEROGATORIA
Queda derogado el artículo único de la Orden de 22 de enero de 1990, en lo que hace referencia al municipio de Adeje.
Santa Cruz de Tenerife, a 22 de marzo de 1990.
EL CONSEJERO DE SANIDAD, TRABAJO Y SERVICIOS SOCIALES, Daniel Prats Díaz.
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