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Vistos el expediente y propuesta elevada por el Claustro de Profesores del instituto de Formación Profesional de Cruce de Arinaga y Ayuntamiento de Agüimes (Gran Canaria), en los que se pone de manifiesto la conveniencia de establecer como denominación específica del centro la de "Cruce de Arinaga", y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (B.O.E. de 4 de julio), y el artículo 3 del Real Decreto 264/1977, de 21 de enero (B.O.E. de 28 de febrero).
Esta Consejería ha dispuesto:
Conceder al instituto de Formación Profesional de Cruce de Arinaga de Agüimes (Gran Canaria) la denominación de "Cruce de Arinaga".
Santa Cruz de Tenerife, a 6 de marzo de 1990.
EL CONSEJERO DE EDUCACION, CULTURA Y DEPORTES, Juan M. García Ramos.
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