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BOC Nº 030. Viernes 9 de Marzo de 1990 - 276

III. OTRAS RESOLUCIONES - C.la Presidencia

276 - RESOLUCION de 15 de febrero de 1990, de la Dirección General de Justicia e Interior, por la que se reconoce, clasifica e inscribe en el Registro de Fundaciones Privadas de Canarias, la Fundación "Centro de Solidaridad de las Islas Canarias" (C.E.S.I.C.A.).

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Visto el expediente de reconocimiento, clasificación e inscripción en el Registro de Fundaciones Privadas de Canarias, de la Fundación "Centro de Solidaridad de las Islas Canarias" (C.E.S.I.C.A.), con domicilio en la calle 18 de Julio, nº 23, Santa Cruz de Tenerife.

Resultando que, mediante escritura pública de fecha dieciocho de enero de mil novecientos noventa, autorizada por D. Fernando González de Vallejo González, Notario del Ilustre Colegio de Las Palmas, con residencia en esa capital, se procedió por parte de Dña. Carmen Luisa González Expósito, Directora de Cáritas Diocesana, D. Antonio Hernández Hernández, presbítero, D. Pedro García Arribas, comerciante, Dña. Candelaria Pérez García, Asistente Social, D. Miguel Angel Viña Sosa, empleado de Banca, D. Damián López Mederos, Médico, D. Francisco Tabares de Nava y Rodríguez de Azero, promotor, a la constitución de una Fundación denominada "Centro de Solidaridad de las Islas Canarias" (C.E.S.I.C.A.), domiciliada, alternativamente cada tres años, en cada una de las sedes de las Comisiones Ejecutivas Provinciales, en Santa Cruz de Tenerife y Las Palmas comenzando por la primera. En consecuencia, el primer domicilio se establece en la calle 18 de Julio, número 23, Santa Cruz de Tenerife, con ámbito territorial en la Comunidad Autónoma Canaria y de duración indefinida.

Resultando que a la precitada escritura se adjuntan los Estatutos de la Fundación, cuyo tenor literal consta en la certificación, también protocolizada.

Resultando que el objetivo de la Fundación consiste en: el estudio, orientación, prevención, promoción, asistencia y atención integral a las personas marginadas o con carencias sociales, de manera particular a los drogodependientes, implantando, para la consecución de tales fines, el programa "Proyecto hombre".

Resultando que se determina que el capital fundacional está constituido por la suma de tres millones de pesetas, aportadas por Cáritas Diocesana de Tenerife y Cáritas Diocesana de Las Palmas de Gran Canaria, por mitad.

Resultando que se establecen los órganos de gobierno de la Fundación, su composición y las reglas para la designación de sus miembros, la duración de sus cargos y sus atribuciones.

Resultando que se designan miembros del primer patronato a los siguientes señores: Presidente, D. Antonio Hernández Hernández; Vicepresidente Adjunto, D. Rafael Matilla Aranda; Vicepresidente de la Comisión Ejecutiva Provincial de Las Palmas, D. Rafael Matilla Aranda; Vicepresidente de la Comisión Ejecutiva Provincial de Santa Cruz de Tenerife, Dña. Candelaria Pérez García; Tesorero General, Dña. Carmen Luisa González Expósito; Secretario, D. Pedro García Arribas; Vocales, Dña. María del Carmen Martín Nogueira y D. Pedro Nogues Mellado.

Resultando que dichos señores aceptan sus cargos.

Vistos el vigente Reglamento de Fundaciones Privadas de 21 de julio de 1972, el Decreto 462/1985, de 14 de noviembre, la Orden de 9 de abril de 1986, de regulación del Registro de Fundaciones Privadas de Canarias, y la Ley 1/1990, de 29 de enero, de Fundaciones Canarias.

Considerando que es competente el titular de la Dirección General de Justicia e Interior para reconocer, clasificar y disponer la inscripción, en su caso, de las Fundaciones Privadas de Canarias.

Considerando que la carta fundacional y los estatutos reúnen los requisitos exigidos en la legislación citada, considerándose como benéfica y promocional, dado que su objetivo es el estudio, orientación, prevención, promoción, asistencia y atención integral a las personas marginadas o con carencias sociales, de manera particular a los drogodependientes.

Considerando que el domicilio de la Fundación ha quedado constituido en Santa Cruz de Tenerife, calle 18 de Julio, número 23, que los miembros del Patronato aceptan sus cargos, que su capital inicial es de tres millones de pesetas.

Considerando que por los Servicios Jurídicos de la Presidencia del Gobierno se ha emitido el preceptivo dictamen, que prevé el artículo 84.1.k) del Decreto 462/1985, de 14 de noviembre.

En su virtud, y en uso de las facultades que me están conferidas por el artículo 122.3 del Decreto 462/1985, de 14 de noviembre, el artículo 8 de la Orden de 9 de abril y, asimismo, la Orden de 9 de febrero de 1990, por la que se encarga al Secretario General Técnico de esta Consejería el despacho de los asuntos de la Dirección General de Justicia e Interior, R E S U E L V O:

Reconocer y clasificar como Fundación de carácter benéfico y promocional a la Fundación "Centro de Solidaridad de las Islas Canarias" (C.E.S.I.C.A.), domiciliada en la calle 18 de julio, número 23, Santa Cruz de Tenerife, y ordenar su inscripción en el Registro de Fundaciones Privadas de Canarias, con el número 21.

Santa Cruz de Tenerife, a 15 de febrero de 1990.- El Director General de Justicia e Interior (Orden de 9 de febrero de 1990; B.O.C. nº 19, de 12.2.90).- El Secretario General Técnico, Valentín Perera Rodríguez.

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