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Se hace saber a D. Antonio Díaz Marrero, que se halla en ignorado paradero, que se ha dictado Propuesta de Resolución en el expediente sancionador nº 114/88, incoado por la Dirección General de Justicia e Interior, Consejería de la Presidencia, por la que se le impone multa de cien mil (100.000) pesetas, por permitir la instalación y explotación en el bar "Tico-Tico", del que es titular, sito en la calle Fernando Guanarteme, nº 77, en Las Palmas de Gran Canaria, de una máquina recreativa del tipo "B", modelo Baby Bombo, serie 1-17272, GC-6514-88, careciendo del correspondiente Boletín de Instalación, lo que constituye infracción a lo establecido en los artículos 12, 31.1.b), 40.5, 42 y 43 del Decreto 93/1988, por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad Autónoma de Canarias.
En su virtud, se le notifica cuanto antecede a fin de que, en el plazo de ocho días hábiles, pueda alegar cuanto considere en su defensa, de acuerdo con el artículo 43 del Decreto 93/1988.
Las Palmas de Gran Canaria, a 30 de enero de 1990.- El Director General de Justicia e Interior, Antonio Cruz Caballero.
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