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Para adaptar los centros existentes a las necesidades de la enseñanza y atender la creciente demanda de puestos escolares de Bachillerato en el municipio de Las Palmas de Gran Canaria, procede la creación de un instituto de Bachillerato que sustituya a la extensión de Bachillerato del "Polígono de San Cristóbal" de la misma localidad.
En su virtud, y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 10.11, 16.1 y 17 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, el artículo 34.A).6 de la Ley Orgánica 10/1982, de 10 de agosto, del Estatuto de Autonomía de Canarias y la Ley Orgánica 11/1982, de 10 de agosto, de Transferencias Complementarias a Canarias, a propuesta del Consejero de Educación, Cultura y Deportes y previa deliberación del Gobierno en su reunión del día 30 de enero de 1990,
D I S P O N G O:
Primero.- Crear un instituto de Bachillerato en el municipio de Las Palmas de Gran Canaria, para 600 puestos escolares, por transformación de la extensión del instituto de Bachillerato "Tomás Morales", en Las Palmas de Gran Canaria, domiciliada en el Polígono de San Cristóbal, creada por Orden de 8 de julio de 1986 (B.O.C.A.C. nº 83 del 16).
Segundo.- El instituto creado funcionará en el edificio que ocupa la extensión citada, la cual queda extinguida.
Tercero.- Autorizar al Consejero de Educación, Cultura y Deportes, para fijar la fecha del comienzo de actividades y adoptar cuantas medidas sean necesarias para garantizar el cumplimiento de lo acordado en el presente Decreto.
DISPOSICION FINAL
Los efectos económicos y administrativos del presente Decreto tendrán valor desde el 1 de octubre de 1989.
Dado en Santa Cruz de Tenerife, a 30 de enero de 1990. EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO, Lorenzo Olarte Cullen.
EL CONSEJERO DE EDUCACION, CULTURA Y DEPORTES, Juan M. García Ramos.
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