De conformidad con la propuesta elevada por la Dirección General de la Producción Agraria y Comercialización, relativa a la solicitud de calificación previa como Agrupación de Productores Agrarios, formulada por la Sociedad Cooperativa Agrícola de San Lorenzo, término municipal de Arona (Santa Cruz de Tenerife), acogida a los Reglamentos C.E.E. 1.360/1978 y 559/1988, y habiéndose cumplido los requisitos previstos en el Real Decreto 280/1988, de 18 de marzo, y demás disposiciones complementarias; en virtud de lo dispuesto en el Real Decreto 3.538/1981, de 29 de diciembre, de traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de agricultura, por la presente, D I S P O N G O:
Primero: calificar previamente a la Sociedad Cooperativa Agrícola de San Lorenzo, término municipal de Arona (Santa Cruz de Tenerife), como Agrupación de Productores Agrarios (A.P.A.), de acuerdo con lo establecido en el Reglamento C.E.E. 1.360/1978.
Segundo: la calificación se otorga para el grupo de Frutos Tropicales: plátanos.
Tercero: el ámbito geográfico de actuación de la entidad comprende la provincia de Santa Cruz de Tenerife.
Cuarto: elevar la presente calificación previa al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, para su conocimiento, ratificación e inscripción registral.
Santa Cruz de Tenerife, a 24 de enero de 1990.
EL CONSEJERO DE AGRICULTURA Y PESCA, Antonio A. Castro Cordobez.
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