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De conformidad con la propuesta elevada por la Dirección General de Producción Agraria y Comercialización, relativa a la solicitud de calificación como Agrupación de Productores Agrarios acogida a la Ley 29/1972, de 22 de julio, formulada por la Sociedad Cooperativa Agrícola de San Lorenzo, término municipal de Arona (Santa Cruz de Tenerife), y habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en el Decreto 1.951/1973, de 23 de julio, en el Decreto 698/1975, de 20 de marzo, y en sus disposiciones complementarias, y en virtud de lo dispuesto en el Real Decreto 3.538/1981, de 29 de diciembre, de traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de agricultura, por la presente,
D I S P O N G O:
Primero: la calificación previa como Agrupación de Productores Agrarios (A.P.A.), de acuerdo con el régimen establecido en la Ley 29/1972, de 22 de julio, a la Sociedad Cooperativa Agrícola de San Lorenzo, término municipal de Arona (Santa Cruz de Tenerife).
Segundo: la calificación previa se otorga para el grupo de productos "Hortalizas".
Tercero: el ámbito geográfico de actuación de la entidad como Agrupación de Productores Agrarios comprende la provincia de Santa Cruz de Tenerife.
Cuarto: elevar la presente calificación previa al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, para su conocimiento, ratificación e inscripción registral.
Santa Cruz de Tenerife, a 24 de enero de 1990.
EL CONSEJERO DE AGRICULTURA Y PESCA, Antonio A. Castro Cordobez.
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