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Se hace saber a D. Andrés Acosta Castañeda, que se halla en ignorado paradero, que ha sido resuelto el expediente sancionador que se ha incoado por la Dirección General de Justicia e Interior, Consejería de la Presidencia, con el nº 27/89, por infracción al Decreto 93/1988, de 31 de mayo (B.O.C. nº 83, de 1 de julio de 1988), recayendo Resolución del Director General de Justicia e Interior, por la que se impone una sanción de cuatrocientas mil pesetas, contra la cual podrá interponer recurso de alzada, ante el Consejero de la Presidencia, en el plazo de 15 días hábiles, a contar desde el día siguiente a su notificación, y contra su desestimación cabe interponer recurso de reposición con carácter potestativo o recurso contencioso-administrativo, ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses desde la notificación de la desestimación del recurso de alzada.
Santa Cruz de Tenerife, a 18 de enero de 1990.- El Director General de Justicia e Interior, Antonio Cruz Caballero.
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