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La Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el día 19 de septiembre de 1989, adoptó entre otros el Acuerdo siguiente:
"Aprobar definitivamente la Modificación Puntual en Suelo Rústico de las Normas Subsidiarias de Mogán, a la vista de la nueva documentación aportada y del informe favorable de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias, que subsanan las deficiencias advertidas en el Acuerdo de la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias de 15 de diciembre de 1988".
Contra este Acuerdo cabe interponer, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, recurso de reposición ante la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias, y contra su desestimación cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a partir de la notificación de la resolución del recurso, si ésta fuera expresa, o de un año, si fuera por silencio administrativo negativo, en virtud del artº. 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Las Palmas de Gran Canaria, a 17 de noviembre de 1989.- El Director General de Urbanismo, Francisco Montesdeoca Santana.
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