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R E S U E L V O:
Notificar a D. José Méndez Santana la Propuesta de Resolución recaída en el expediente que le ha sido instruido, y cuya parte dispositiva dice textualmente:
"Propuesta: que transcurridos quince días de la notificación de la Resolución y salvo que por el expedientado se proceda al pago de las 12.000 (doce mil) pesetas, y de las cantidades devengadas con posterioridad a la incoación del expediente, adeudadas a la Comunidad de Propietarios más el recargo reglamentario del 10% sobre la referida cantidad, se proceda al lanzamiento del mismo de la vivienda adjudicada, así como de las personas que en ella hubiere, y de los muebles y enseres que allí se hallaren.
El lanzamiento será ejecutado por esta Dirección General que designará la/s persona/s que haya/n de llevarlo a efecto, pudiendo si lo estima necesario recabar la ayuda de los Agentes de la Autoridad".
Contra la referida Propuesta de Resolución podrá el interesado formular alegaciones en el plazo de ocho días, conforme a lo establecido en el artículo 142, del Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, aprobado por Decreto 2.114/1968, de 24 de julio.
Las Palmas de Gran Canaria, a 20 de diciembre de 1989.- El Director General de Vivienda, Rafael Pedrero Manchado.
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