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En el recurso contencioso administrativo nº 634/88, seguido ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, entablado por la Cooperativa de Viviendas del Mosaico y sus derivados contra Orden de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas, de fecha 17 de junio de 1989, por la que se desestima recurso interpuesto contra la Resolución de la Dirección General de Vivienda de 8 de febrero de 1988, sobre infracción del Régimen de Viviendas de Protección Oficial, se ha dictado Sentencia con fecha 25 de octubre de 1989, que ha devenido firme, cuya parte dispositiva literalmente dice:
"F A L L O
La Sala acuerda:
1º. Desestimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Cooperativa de Viviendas del Mosaico y sus derivados contra la Resolución de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda de 8 de febrero de 1988 y contra la Orden Departamental de 17 de junio de 1988, que desestimó la alzada contra aquélla, y a que hacen referencia los antecedentes 9 y 10 de esta Sentencia, declarando que ambos actos son conformes a Derecho.
2º. Sin condena en costas".
Esta Consejería ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la referida Sentencia.
Santa Cruz de Tenerife, a 29 de diciembre de 1989.
EL CONSEJERO DE OBRAS PUBLICAS, VIVIENDA Y AGUAS, Ildefonso Chacón Negrín.
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