BOC - 1989/133. Viernes 6 de Octubre de 1989 - 1242

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de La Presidencia

1242 - DECRETO 241/1989, de 25 de septiembre, por el que se declara urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa iniciada por el Cabildo Insular de Tenerife, con motivo de la realización de las obras del "Proyecto de unificación de las intersecciones de las carreteras C-82OlC-823 y C-82OlTF-2232".

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Examinado el expediente tramitado a Instancia del Cabildo Insular de Tenerife, para declarar urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa iniciada con motivo de la realización de las obras del "Proyecto de unificación de las intersecciones de las carreteras C-820/C-823 y C820/ TF-2232", carretera que figura en el Catálogo General de la Red Insular de Carreteras. Considerando que en el expediente constan acreditados los requisitos exigidos para aprobar tal declaración, así los de:

1.- La necesidad de la ocupación de los bienes y derechos afectados por su destino al uso público y su urgencia motivada en atención a que la ejecución de la referida obra persigue la reconducción adecuada del tráfico mediante la referida intersección, evitando de esta forma el alto riesgo de accidentabilidad que presenta la actual intersección.

2.- La definición y situación de los bienes y dere-

chos afectados por las obras resultan idóneas para el objeto pretendido, según se desprende del expediente aportado por el Cabildo.

3.- Se ha oído a los titulares de los bienes y derechos afectados en el periodo de información pública (Boletín Oficial de la Provincia de 3 de junio de 1989) y a través de la notificación individual por plazo de veinte días, sin que se hubiesen producido reclainaciones.

En el ejercicio de la compctencia prevista en el apartado B.4.3 del anexo 1 del Real Decreto 2.613/1982, de 24 de julio, y los artículos 94 y 1 1 0 del Decreto 462/1985, de 14 de noviembre, del Gobiemo de Canaiias, en relación con los artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y 56 de su Reglamento, a propuesta del Consejero de la Presidencia y previa deliberación dcl Gobiemo en su reunión celebrada el día 25 de septiembre de 1989,

D 1 S P 0 N G O: Uno.- Declarar, a solicitud del Cabildo Insular de Tenerife, urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa iniciada con motivo de la ejecución de las obras de "Unificación de las intersecciones de las caffeteras C-820/C823 y C-820/TF-2232", carretera que figuran en el Catálogo General de la Red Insular de Carreteras, con los efectos previstos en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.

Los bienes y derechos cuya ocupación se declare urgente quedan descritos, de forma individualizada y con indicación de sus titulares, en el anexo del presente Decreto.

Dos.- Los interesados podrán fonnular ante el organismo expropiante y hasta el momento del levantamiento de las correspondientes Actas Previas, alegaciones a los únicos efectos de subsanar posibles errores materiales en la enumeración o descripción de los bienes y derechos afectados.

Tres.- Contra el presente acto de trámite en el procedimiento de expropiación podrá interponerse recurso de reposición ante el Gobiemo en el plazo de un

mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación, o en su caso, publicación. Y contra su desestimación cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses a partir de la notificación, si ésta fuero expresa, o de un aílo desde su interposición, si no lo fuero.

Dado en Santa Cruz de Tenerife, a 25 de septiembre de 1989.

EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO, Lorenzo Olarte Cullen.

EL CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA, Vicente Alvarez Pcdrcira.



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