Examinado el expediente tramitado por la Consejería de Turismo y Transportes para la ampliación de la relación de puestos de trabajo de dicho Departamento.
Considerando justificado el incremento de medios personales de la Consejería de Turismo y Transportes por razón de las funciones que tiene atribuidas.
Vistos los artículos 5, 6, 15 y 16 de la Ley 211987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, el artículo 56 del Decreto 462/1985, de 14 de noviembre y demás normativa de vigente aplicación.
En su virtud, a propuesta del Consejero de la Presi- dencia y previa deliberación del Gobierno en sesión celebrada el día 27 de julio de 1989, DISPONGO: 1.- Aprobar la ampliación de la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Turismo y Transportes, en los términos del anexo I.
2.- El presente Decreto entrará en vigor el mismo dia de su publicacion en el Boletin Oficial de Canarias.
Dado en Santa Cruz de la Palma, a 27 de julio de 1989.
EL PRESIDENTE EL CONSEJERO DE DEL GOBIERNO, LA PRESIDENCIA, Lorenzo Olarte Cullen. Vicente Alvarez Pedreira
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