Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 124. Viernes 15 de Septiembre de 1989 - 1170

I. DISPOSICIONES GENERALES - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

1170 - DECRETO 234/1989, de 12 de septiembre, por el que se crea una Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales en la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, por transformación en Facultad de la actual Sección de Ciencias Empresariales existente en dicha ciudad, e igualmente se dispone que la Escuela Universi taria de Estudios Empresariales que, conforme al art-. 2 de la Ley 511989, de Reorganización Universitaria de Canarias, se integró en la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, comience su dependencia efectiva de esta Universidad en la fecha que se indica.La Disposición Adicional de la Ley 5/1989, de Reorganización Universitaria de Canarias contiene el mandato de transformar en Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales la actual Sección de Ciencias Empresariales radicada en Las Palmas de Gran Canaria, y dependiente de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales de la Universidad de La Laguna, declarándola adscrita al Rectorado más próximo. Dado que en su momento, la referida transformación fue solicitada por el Consejo Social de la Universidad de La Laguna c, incoado expresamente, éste fue informado favorablemente por el Consejo de Universidades, se procede ahora a la creación de dicha Facultad, en readscripción automática, a la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, en el momento de su creación, según establece la Disposición Transitoria mencionada.

Descargar en formato pdf

Por otra parle, y conforme al art°. 2 de la Ley 5/1989 citada, la Escuela Universitaria de Estudios Empresariales, al estar situada en la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, pasó a integrarse en la nueva estructura de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, debiendo el Gobierno de Canarias, en cumplimiento del mandato legal parlamentario determinar la fecha en que dicha Escuela, con su dotación humana y material, deberá comenzar a desarrollar su función administrativa y académica bajo la dependencia de la Universidad a la que fue readscrita, y dentro del límite temporal señalado en la Disposición Transitoria Segunda de dicha Ley.

En cumplimiento de lo ordenado en la Ley, citada a propuesta del Consejero de Educación, Cultura y Deportes accidental y previa deliberación del Gobierno en la sesión celebrada el 12 de septiembre de 1989,

D I S P O N G O: Artículo 1.- Se crea en la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, y a petición del Consejo Social de la Universidad de La Laguna, una Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales, por transformación de ,la actual Sección de Ciencias Empresariales, que empezará a funcionar el próximo día 1 de octubre de 1989, dependiente de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, en cumplimiento de lo ordenado en el art. 2 de la Ley 5/1989 de Reorganización Universitaria de Canarias.

La nueva Facultad impartirá las enseñanzas conducentes a la obtención de los títulos de Diplomado, Licenciado y Doctor en Ciencias Económicas y Empresariales, tanto en la titulación de Ciencias Económicas como de Ciencias Empresariales.

Artículo 2.- La Escuela Universitaria de Estudios Empresariales, sita en la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, readscrita conforme al art. 2 de la Ley 5/1989, de Reorganización Universitaria de Canarias a la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, comenzará el día 1 de octubre de 1989, a realizar sus funciones como centro dependiente de esta Universidad, en todos los aspectos administrativos y académicos.

Artículo 3.- El personal docente, administrativo y laboral, que se relaciona en los anexos I y II, correspondiente a la hasta ahora Sección de Ciencias Empresariales y Escuela Universitaria de Estudios Empresariales, respectivamente, pasará, desde el día 1 de octubre de 1989, a formar parte de las respectivas plantillas de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, con respeto de los derechos adquiridos. La Universidad de La Laguna, conforme a la legislación vigente, declarará en la situación que corresponda al personal funcionario que deje de prestar servicio en ella con motivo de la aplicación de la Ley 511989 al centro aquí indicado.

Artículo 4.- Los bienes de toda clase, afectos a 171nes docentes, de investigación o administrativos en la referida Sección de Ciencias Empresariales y Escuela Universitaria de Estudios Empresariales formarán parte, desde la fecha mencionada, del patrimonio de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria.

Artículo S.- La Universidad de La Laguna hará entrega a la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, en la citada fecha, de la documentación administrativa precisa para el non-nal funcionamiento de estos centros.

Artículo 6.- La Universidad de Las Palmas de Gran Canaria se subroga, desde la citada fecha, en los derechos, deberes y acciones de toda naturaleza que hubieran sido contraídos en relación a los centros a que se refiere este Decreto.

Artículo 7.- Una vez efectuadas las adaptaciones presupuestarias que exigen el cumplimiento de la integración de centros a que se refiere el presente Decreto, la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, comunicará su resultado final al Gobierno de Canarias a los efectos de su consideración en la subvención a que se refiere el artículo 54.3.a) de la Ley Orgánica 11/83, de 25 de agosto.

DISPOSICION FINAL El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Dado en Santa Cruz de Tenerife, a 12 de septiembre de 1989. EL PRESIDENTE DEL GOBIEPNO, Lorenzo Olarte Cullen.

EL CONSEJERO DE EDUCACION, CULTURA Y DEPORTES ACCIDENTAL, Luis Hernández Pérez.

© Gobierno de Canarias